Autor: Kori

  • SII pone foco en contribuyentes con cuentas financieras en el exterior sin declarar por más de $3,2 billones

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII pone foco en contribuyentes con cuentas financieras en el exterior sin declarar por más de $3,2 billones \nSantiago, 21 de Octubre de 2026\nResultados son parte de la intensificación de las acciones de control a nivel internacional:\nSII pone foco en contribuyentes con cuentas financieras en el exterior sin declarar por más de $3,2 billones \n En septiembre de cada año, el Servicio recibe información sobre cuentas de chilenos en el exterior a diciembre del año anterior, a través del acuerdo de intercambio de información que mantiene con distintos países, conocido como el Common Reporting Standard (CRS).\n Este trabajo es parte de la agenda de trabajo internacional que está reforzando el Servicio con el objeto de garantizar el cumplimiento tributario de aquellos contribuyentes que mantienen ingresos y bienes en el exterior, sin cumplir con sus obligaciones tributarias en el país.\nEn el marco del reforzamiento de las acciones de control que el SII aplica a los contribuyentes que mantienen cuentas financieras en el exterior, el organismo está focalizando sus acciones de fiscalización en aquellos contribuyentes que mantienen cuentas, rentas o bienes en el exterior, sin declararlas ni cumplir con sus obligaciones tributarias en el país. En este contexto, luego de la aplicación de los análisis iniciales, selección a 33contribuyentes para análisis en mayor profundidad, dado que registran pagos en sus cuentas internacionales por más de $3,2 billones, sin incorporarlos en sus declaraciones anuales de Renta. “Nuestra misión es asegurar el cumplimiento tributario, justo y equitativo, de todos los contribuyentes. Es por eso que, así como estamos reforzando el control de la evasión en el país, también estamos potenciando nuestra labor internacional. Lo que nos interesa es que todos cumplan y paguen los impuestos que les corresponden, ni más, ni menos. Y para garantizar este objetivo, utilizaremos toda la información, tecnología y las facultades que nos entrega la ley”, enfatizó el Director. “En este contexto, uno de los segmentos con impacto en la recaudación tributaria en los que el SII está focalizando sus próximas acciones de fiscalización, se refiere a aquellos contribuyentes con domicilio en Chile que registran cuentas financieras o inversiones en el extranjero. El objetivo de este control es asegurar la correcta declaración de sus ingresos nacionales y extranjeros en nuestro país, así como el correspondiente pago de impuestos”, agregó. En este sentido, el Servicio ha intensificado su agenda en seminarios y encuentros internacionales en el marco del trabajo de la OCDE, para compartir experiencias y aprender de las mejores prácticas internacionales, para seguir reforzando su capacidad fiscalizadora. En ese marco, ya ha participado en encuentros como la 14ª reunión de la Iniciativa de América Latina en Perú; en la 21ª reunión del equipo de pares en Barbados; y próximamente, en la 25ª reunión de pares que se realizará en Grecia. Lo anterior se suma a las actividades y seminarios realizados de manera remota como, por ejemplo, en reuniones asociadas al análisis del CRS y los intercambios de información, participación en el Grupo CARF y en el encuentro de Capacitación y Soporte Interno del Grupo de Expertos en Criptoactivos del JITSIC, en el marco de la OCDE. En paralelo, el Servicio está intensificando la capacitación en temas internacionales dirigida no solo a los funcionarios de la Dirección Nacional, sino también a fiscalizadores de las distintas Direcciones Regionales a lo largo del país, como el curso sobre Intercambio de información efectivo desde la perspectiva del auditor, por ejemplo. Desde fines de 2025 y durante el primer semestre 2026, el SII trabajó en conjunto con el equipo de la OCDE para fortalecer su estrategia de cumplimiento. Así, durante el 2026 se iniciaron las primeras 7 auditorías dirigidas a evaluar el proceso de due diligence (debida diligencia) de las instituciones financieras en Chile (es decir, el proceso que deben cumplir las instituciones financieras para identificar la residencia fiscal de sus clientes y detectar cuentas reportables bajo el Estándar Común de Información) y,a la fecha, ya se iniciaron otros 8 procesos de auditoría adicionales, en el marco de un plan de fiscalización que busca auditar a 70 instituciones financieras, durante los próximos 3 años. Pero no solo se ha intensificado el trabajo con socios extranjeros de intercambio de información, sino que también se ha realizado un trabajo conjunto con la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), compartiendo información sobre los procesos de revisión de la debida diligencia que realiza cada institución. Esto se suma a las revisiones de escritorio (para verificar la correcta presentación de la DJ 1958) que suman 55 casos en los últimos 3 años. Declaración de CRS en Chile Se realiza mediante la Declaración Jurada 1958, lo que le ha permitido al SII intensificar el trabajo con las asociaciones de Bancos e Instituciones Financieras de Chile (ABIF), Asociación Administradora de Fondos Mutuos (AAFM), y la Asociación Chilena de Administradoras de Fondos de Inversión (ACAFI) para resolver consultas, facilitar el proceso de declaración, y evitar errores frecuentes detectados en procesos anteriores. “A la fecha, nos encontramos analizando las respuestas recibidas respecto a un formulario de evaluación compartido con las instituciones financieras, el cual alimentará la matriz de riesgos y permitirá seleccionar a las próximas entidades a ser fiscalizadas”, explicó la Subdirectora de Fiscalización, Carolina Saravia. Todo lo anterior, se realiza en el marco de un proceso que tanto Chile como los países extranjeros llevan a cabo siguiendo estándares definidos por la OCDE, y que busca asegurar la fiabilidad y certeza de la información que se intercambia. De esta forma, se asegura la calidad de la información recibida en Chile, que es utilizada por el SII en sus procesos de análisis de riesgo para detectar incumplimientos respecto a las rentas extranjeras. ResultadosGracias a herramientas como los acuerdos de intercambios de información con diversos países, como el Common Reporting Standard (CRS), el Servicio recibe en septiembre de cada año la información correspondiente a cuentas en el exterior a diciembre del año anterior. Cabe señalar que el CRS es un reporte que permite a las administraciones tributarias obtener información desde sus instituciones financieras e intercambiarlacon otros países. Esto les permite disponer, en forma periódica, de los antecedentes sobre todas las inversiones que sus contribuyentes mantienen en el exterior. Así, la información analizada durante este año por parte del SII, en relación a los datos entregados en el segundo semestre de 2025, corresponde a cuentas financieras de chilenos en el exterior, con un saldo superior a los $38 billones ($38.806.972.386.470) a diciembre de 2024. Los pagos registrados en estas cuentas en el mismo periodo (es decir, rentas recibidas en la cuenta corriente relacionadas con intereses, dividendos y rescates, entre otros) llegaron a $14 billones de pesos, de acuerdo al siguiente detalle:  Año Balance Cuentas Financieras 2024 $38,8 billones 2023 $28,2 billones 2022 $28 billones 2021 $24 billones 2020 $21 billones   Año Pago Cuentas Financieras 2024 $14 billones 2023 $16,5 billones 2022 $12,8 billones 2021 $11,4 billones 2020 $8,5 billones  De la información recibida, se logró identificar mediante un proceso de “rutificación” (con el nombre, fecha de nacimiento, dirección, entre otras, se identifica el rut del contribuyente) a 144.388 titulares directos de cuentas financieras en el exterior, o indirectos a través de sociedades extranjeras controladas que, por si solos, representan pagos por $13 billones, es decir, un 95,35% de los montos totales pagados en las cuentas financieras extranjeras analizadas durante el año. En el proceso de operación renta de este año, en el marco de una acción de carácter preventiva, se comunicó a 8.700 contribuyentes la información recibida por el SII, con el propósito de que dichos contribuyentes pudieran evaluar la necesidad de incorporarla sus declaraciones de impuesto del año tributario 2026. Focos de fiscalizaciónLa Subdirectora de Fiscalización explicó que, “permanentemente estamos potenciando nuestras capacidades y aprendizajes para fortalecer nuestros análisis, utilizando diversas fuentes de información para detectar posibles anomalías o alertas que, si bien por sí solas no constituyen incumplimientos, sí deben ser revisadas en conjunto con otras fuentes de información, actividad del contribuyente, participación en sociedades, entre otros diferentes patrones o atributos, para determinar si efectivamente existe algún tipo de subdeclaración, planificación tributaria agresiva o incluso evasión de impuestos”. En cada proceso de análisis, se va depurando la nómina de contribuyentes a analizar, de acuerdo con el modelo de gestión de cumplimiento de la institución que incorpora diferentes riesgos tributarios, con el objeto de focalizar la fiscalización en aquellos casos de mayores riesgos y consecuencias en términos de recaudación, así como también tomar otras medidas por la vía de la información a contribuyentes que están iniciando inversiones en el exterior para ir informando sus obligaciones. De esta forma, la institución seleccionó, como ya se mencionó, a contribuyentes que cuentas en el extranjero sin declarar, por cerca de $3,2 billones, quienes están siendo incluidos en procesos de auditorías, con el objetivo central de verificar si corresponde que reconozcan estas rentas de fuente extranjera, además de pagar los impuestos correspondientes en nuestro país. Dónde se encuentran los mayores montos informadosLa información recibida por el SII proviene de 90 países. Los montos más altos informados a través del CRS corresponden a cuentas de contribuyentes con domicilio o residencia en Chile, en los siguientespaíses:  País Balance general en $ Suiza 9.913.193.649.945 Luxemburgo 7.843.128.349.823 Islas Caimán 4.362.278.438.540 Nueva Zelanda 2.637.515.991.630 Perú 2.026.293.322.903 Las Bahamas 1.436.750.551.060 Irlanda 1.324.252.187.212 Liechtenstein 1.066.547.666.202 Reino Unido 897.233.332.985 España 691.774.859.490 Total 31.198.167.825.990  Respecto al segmento de los contribuyentes informados, el 93,53% pertenece a personas naturales, mientras que el 6,47% restante corresponde a personas jurídicas. Intercambios de información Chile tiene hoy la posibilidad de intercambiar información con más de 140 jurisdicciones, a través de instrumentos como los Convenios de Doble Tributación, Convenios de Intercambio de Información general y la Convención Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria, este último vigente a contar de noviembre de 2016. Además del Common Reporting Standard, Chile cuenta con el Reporte País por País, para intercambiar información con otras jurisdicciones sobre precios de transferencia entre partes relacionadas, a través de la Declaración Jurada 1937. Así como también, a partir del proceso de Renta 2021, entraron en vigencias las declaraciones juradas 1950 y 1951, con el objeto de contar con información más precisa sobre precios de transferencia. Además, a partir del proceso de Renta 2026, entraron en vigencia las declaraciones juradas 1963 y 1964 que establecen la obligación de presentar información sobre activos digitales para dar cumplimiento al nuevo estándar de la OCDE denominado CARF  (Crypto-Asset Reporting Framework), que permitirá el intercambio automático de información sobre criptoactivos con otras administraciones tributarias y, por otra, contar con la información de aquellos contribuyentes chilenos que cuentan con inversiones en estos activos digitales, lo que permitirá profundizar nuestros procesos de fiscalización. A estas iniciativas se suman otras acciones de colaboración internacional en las que participa nuestro país en el marco del trabajo de la OCDE. Así, por ejemplo, a nivel multilateral la instancia actualmente más visible corresponde a la Red internacional JITSIC (Joint International Taskforce on Shared Intelligence and Collaboration), en la que se comparten experiencias entre los equipos de fiscalización de diferentes administraciones tributarias de la OCDE sobre proyectos asociados a divulgaciones de información (paradise papers, pandora papers, Dubai data leaks), altos patrimonios, propiedad intelectual y criptoactivos, entre otros, lo que permite fortalecer los análisis de riesgos, conocer e implementar buenas prácticas tanto para los procesos como para las nuevas planificaciones que se dan a nivel internacional y que se pueden replicar en nuestro país. Cambios normativos en materia internacionalEl Proyecto de ley de Reconstrucción y Desarrollo Económico y Social estableció un nuevo periodo en que se podrá implementar la repatriación de capitales con un incentivo tributario. Mediante un mecanismo extraordinario, la medida busca incentivar que contribuyentes (personas o empresas) con residencia o domicilio en Chile, que mantienen bienes y/o rentas en el extranjero, que no hayan sido oportunamente declarados o gravados con los impuestos correspondientes en Chile, regularicen su situación tributaria e ingresen esos recursos al país. Al momento de acogerse a este beneficio, el contribuyente podrá acceder a tasas diferenciadas de impuesto: Del 10%, si se regularizan los bienes o rentas en el extranjero Del 7% si, además, se repatrian los fondos y se cumplen las condiciones especiales de inversión en Chile (mantener la inversión en el país al menos durante 5 años. Esta medida entrará en vigencia el tercer mes siguiente a la publicación de la Ley, y su vigencia será de un año.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Ya se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que contiene medidas tributarias y de apoyo a Adultos Mayores

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Ya se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que contiene medidas tributarias y de apoyo a Adultos Mayores\nSantiago, 19 de Octubre de 2026\nYa se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que contiene medidas tributarias y de apoyo a Adultos Mayores\nLa normativa contiene 14 medidas con componentes tributarios, de vigencia transitoria o permanente, con fines recaudatorios o de incentivo a la actividad económica, entre las que destacan el pago de un impuesto Único y Sustitutivo de Impuestos Finales, la rebaja de la tasa del impuesto a las donaciones, repatriación de capitales, la creación de nuevos créditos contra el impuesto de primera categoría, la Invariabilidad Tributaria, la exención de contribuciones para la primera vivienda de los Adultos Mayores de 65 años, la reducción de la tasa de Primera Categoría y la integración total del impuesto corporativo en la tributación final de los propietarios de empresas, entre otras. \nCon el objeto de orientar a los contribuyentes respecto al contenido de las medidas y de la forma de acogerse a determinados beneficios, el SII dispuso de un portal donde es posible encontrar un resumen de cada una de ellas, además del calendario de vigencia de las mismas. También difundirá en redes sociales los principales alcances de las medidas en la medida en que entren en vigencia. \n Ya se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y social que contiene, entre otras, 14 modificaciones tributarias que buscan ir en apoyo del crecimiento económico del país, así como apoyar a las personas Adultas Mayores.Con el objeto de orientar a los contribuyentes respecto de la forma de acogerse a determinados beneficios y medidas, el SII dispuso de un portal donde es posible encontrar un resumen de cada cambio legal,además del calendario de implementación. También difundirá en redes sociales los principales alcances de la ley cuando entren en vigencia.Principales medidas tributarias1. La primera norma tributaria que entra en vigencia junto con la publicación de la ley, es la creación del Impuesto Único y Sustitutivo de Impuestos Finales (IUSIF), que consiste en un mecanismo opcional, con tasa única de 10%, que reemplaza a los impuestos finales (Global Complementario o Adicional) para propietarios de empresas con rentas acumuladas pendientes de tributación en el registro total de Utilidades Tributables  (STUT) y en el registro del Fondo de Utilidades Reinvertidas (FUR) o saldos de retiros en exceso pendientes de imputación.2. El primer día hábil de noviembre entran en vigencia 2 medidas tributarias:a) El Crédito por pago de remuneraciones, beneficio tributario para las empresas destinado a incentivar la contratación y mantención de trabajadores formales, asociados especialmente a la exportación de servicios vinculados con la economía digital. El beneficio es de un 20% si se trata de trabajadores de regiones, y de un 15%, para los trabajadores de la región Metropolitana.b) Modificaciones al Código Tributario. Se faculta al SII a requerir información nominada a todas las entidades de la administración del Estado, y además, se establece la obligación de entregar información a la Dipres respecto de determinados contribuyentes. 3. El primer día hábil de diciembre, entran en vigencia 2 medidas tributariasa)La exención transitoria del IVA a viviendas nuevas, su duración será de un año y consiste en una opción que permite eximir del pago del IVA a la venta de viviendas nuevas, con el fin de contribuir a dinamizar la venta de viviendas nuevas que se mantienen en stock. La norma también considera la devolución del IVA que gravó las ventas de dichos bienes ocurrida entre el 22 de abril de 2026 y la fecha de inicio de vigencia de la norma.b) La rebaja del 50% del impuesto a las donaciones, aplicable por una sola vez, desde diciembre, durante un año, sobre el impuesto a las donaciones respecto de cada donante. El valor de la donación no puede exceder el 50% del total del patrimonio del donante y se accederá a este beneficio a través de la presentación del formulario 4412. 4. El 1 de enero de 2027, entran en vigencia 7 medidas tributarias contenidas en la ley:a) Repatriación de Capitales. También es una medida transitoria, con duración de un año, que establece un mecanismo extraordinario que busca incentivar que contribuyentes (personas y empresas) con residencia o domicilio en Chile, que mantienen bienes y/o rentas en el extranjero, que no hayan sido oportunamente declarados o gravados con los impuestos correspondientes en Chile, regularicen su situación tributaria e ingresen esos recursos al país. La norma contempla la posibilidad de aplicar una tasa del 7% para aquellos contribuyentes que ingresen las rentas al país y de un 10% para aquellos que opten por no hacerlo.b) Estatuto de invariabilidad tributaria. mecanismo permanente que busca dar certeza a los inversionistas nacionales y extranjeros, respecto de las obligaciones tributarias que afectarán a un proyecto de inversión durante un periodo determinadoc) Eliminación del impuesto único para ganancias de capital, que consiste en la eliminación del Impuesto Único del 10% que se aplica a las ganancias de capital de determinados instrumentos financieros, tales como las acciones de sociedades anónimas abiertas y las cuotas de fondos mutuos o fondos de inversión acogidos al artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), dejando este tipo de ganancias como Ingresos no Rentad) Exención del impuesto territorial para adultos mayores. Que consiste en una exención que debe ser solicitada por el adulto mayor y que corresponde al 100% del Impuesto Territorial de la vivienda principal de personas naturales de 65 años o más. Esta medida complementa el beneficio del adulto mayor que se entrega en forma automática.e) Régimen especial DFL2. Es una opción aplicable a las rentas provenientes del arrendamiento de viviendas, para todas aquellas que no superen los 90 m2, las cuales pagarán un impuesto único con una tasa del 5%. Además, esta opción es extensible a las viviendas económicas nuevas de hasta 140 m2 que sean adquiridas dentro de los 12 meses siguientes a la publicación de la leyf) Crédito de financiamiento para enfermedades catastróficas.beneficio que permite al empleador financiar tratamientos de enfermedades catastróficas de sus trabajadores o de algunos familiares de este, utilizando esos desembolsos como un crédito contra el Impuesto de Primera Categoría con un tope de 150 UTM por trabajador.g) La modificación del crédito Sence, corresponde a cambios propuestos al sistema de Franquicia Tributaria (Sence), que permite a las empresas descontar de sus impuestos parte de los gastos destinados a capacitación de trabajadores, con una reducción de la franquicia del 1% al 0,7% y otras limitaciones que detalla la ley. 5. Finalmente, el 1 de enero de 2029, entran en vigencia definitiva, dos medidas tributarias:a) Reintegración del sistema tributario,que implica que el impuesto de primera categoría pagado por las empresas sujetas al régimen de la letra A) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) podrá ser utilizado íntegramente como crédito por los dueños, socios o accionistas al momento de determinar su Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional (impuestos finales). Cabe precisar que esta norma contempla una vigencia gradual a partir del año tributario 2028, la cual se materializa a través de la disminución del porcentaje de restitución que contempla la ley.   Año tributario Impuesto a restituir AT2028 30% AT2029 20% AT2030 (integración total) 0%  b) Reducción de la tasa del impuesto de primera categoría. Consiste en una reducción gradual de la tasa general del Impuesto de Primera Categoría para las empresas, desde 27% a 23%, en un lapso de 3 años. También contempla la reducción de PPM para los contribuyentes del régimen general o parcialmente integrado. Al igual que el caso anterior, esta disposición contempla una vigencia gradual a partir del año tributario 2028, la cual se materializa a través de la disminución de la tasa del impuesto de primera categoría. Aplicación de reducción del Impuesto:   Año tributario Impuesto a restituir AT2028 25,5% AT2029 24% AT2030 23%  Para el Director del Servicio de Impuestos Internos, Jorge Trujillo, “la implementación de las medidas tributarias contenidas en la Ley de Reconstrucción son un importante desafío para nuestra institución y se centra en 5 pilares centrales: información y orientación oportuna a los contribuyentes; facilitación y simplificación del acceso a los beneficios tributarios; acompañamiento y asistencia durante la implementación; coordinación interinstitucional y colaboración pública; y monitoreo y mejora continua de la implementación. A partir de ahora y durante los próximos meses el SII dictará un total de 13 Circulares y 17 Resoluciones con instrucciones específicas para asegurar la correcta implementación de las medidas contenidas en la nueva Ley, proceso en el que ha venido desarrollando un trabajo colaborativo con diversos actores del mundo tributario, como la academia, contadores, gremios y consultores, de manera de escuchar sus sugerencias y anticipar contingencias en forma previa a su publicación.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII estudiará apelar a sobreseimiento definitivo de Sergio Jadue en causa por delitos tributarios vinculada al FIFA Gate

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII estudiará apelar a sobreseimiento definitivo de Sergio Jadue en causa por delitos tributarios vinculada al FIFA Gate\nSantiago, 28 de Julio de 2026\nDecretado hoy por el 13 Juzgado de Garantía de Santiago:\nSII estudiará apelar a sobreseimiento definitivo de Sergio Jadue en causa por delitos tributarios vinculada al FIFA Gate\nExdirigente lleva una década en Estados Unidos, donde enfrentó un proceso en el que aceptó cooperar, reconociendo haber recibido sobornos y pagos ilegales a cambio de adjudicar irregularmente derechos de transmisión y televisación de torneos internacionales.\nHasta la fecha, el imputado sigue en ese país, manteniéndose pendiente su extradición a territorio nacional.\nEl Servicio de Impuestos Internos anunció que estudiará presentar una apelación a los tribunales superiores de justicia para revertir la determinación del 13° tribunal de Garantía de Santiago de sobreseer definitivamente la causa por delitos tributarios iniciada el 2016 en contra del expresidente de la ANFP, Sergio Jadue,  vinculada a los ingresos ilegales que recibió mediante soborno en el contexto del escándalo de corrupción del llamado FIFA Gate, por adjudicar irregularmente derechos de transmisión y televisación de torneos internacionales de fútbol profesional. En la arista penal por este caso, el SII interpuso el 01 de abril de 2016 una querella criminal por la presentación de declaraciones de impuesto a la renta maliciosamente falsas o incompletas, al omitir ingresos por más de US$1,6 millones percibidos mediante una sociedad constituida en Islas Vírgenes.  Posteriormente, con fecha 17 de enero de 2017, presentó una ampliación de la querella primitiva, por los Años Tributarios no comprendidos en la acción anterior.El 18 de enero de 2017, el imputado fue formalizado en ausencia, con fines de extradición, siendo acogida dicha solicitud por parte del 13° Juzgado de Garantía de Santiago y confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 26 de enero de 2017. Hasta la fecha, el imputado sigue en Estados Unidos, manteniéndose pendiente su extradición a territorio nacional.La persecución penal de quienes cometen delitos tributarios es fundamental para asegurar el cumplimiento de las obligaciones que a todos nos corresponden como ciudadanos desde el punto de vista de los impuestos, y, en esa perspectiva, el SII agotará todas las instancias que considera el ordenamiento jurídico para conseguir que así sea.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Servicio de Impuestos Internos destaca colaboración de instituciones de educación superior en el desarrollo de la Operación Renta 2026

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Servicio de Impuestos Internos destaca colaboración de instituciones de educación superior en el desarrollo de la Operación Renta 2026 \nSantiago, 16 de Junio de 2026\nEn actividad de cierre del Programa Núcleos de Apoyo Fiscal:\nServicio de Impuestos Internos destaca colaboración de instituciones de educación superior en el desarrollo de la Operación Renta 2026 \nEn la actividad, el SII reconoció el aporte de 15 instituciones de educación superior, cuyos estudiantes realizaron más de 55 mil atenciones a contribuyentes en todo el país, alcanzando altos niveles de satisfacción ciudadana..\nCon la participación de representantes de las 15 instituciones de educación superior que brindaron apoyo de forma presencial y en línea durante la Operación Renta 2026, el Servicio de Impuestos Internos realizó la actividad de cierre del programa Núcleos de Apoyo Fiscal (NAF) correspondiente al proceso de Renta de este año.Durante el evento, que se realizó en formato híbrido y fue organizada por la Oficina de Cultura Tributaria y Gestión de Contenidos de la Subdirección de Asistencia al Contribuyente, el Subdirector(S) de la SDAC, Christian Soto, destacó el compromiso de las casas de estudio con el programa y el valioso apoyo brindado durante la Operación Renta 2026. “Las instituciones de educación superior cumplen un rol fundamental en el desarrollo del programa NAF, permitiendo que miles de contribuyentes accedan a orientación gratuita y de calidad, al mismo tiempo que los estudiantes fortalecen sus competencias profesionales y su compromiso con el servicio público, para contribuir activamente a acercar los servicios y la información tributaria a la comunidad”, señaló.Uno de los momentos centrales de la jornada fue la entrega de certificados de reconocimiento a cada casa de estudio participante, en agradecimiento por su colaboración y aporte al fortalecimiento de la educación fiscal y tributaria en el país.Durante el encuentro también se presentaron los principales resultados obtenidos por el programa NAF durante el período de Renta 2026, destacando entre los hitos más relevantes  la realización de más de 55 mil atenciones a contribuyentes en todo el país y la aprobación de cerca de 1.700 estudiantes en el curso habilitante que les permite entregar orientación tributaria a la ciudadanía.En la presentación de resultados también se dieron a conocer los indicadores de satisfacción ciudadana obtenidos en los distintos puntos de atención NAF,  cifras que reflejaron una alta valoración por parte de las personas atendidas: un 95% señaló que su consulta fue resuelta, mientras que un 96% calificó positivamente el nivel de satisfacción con la atención y el servicio recibido. Asimismo, un 96% indicó que recomendaría este punto de atención a otras personas, evidenciando la confianza y utilidad que el programa representa para los contribuyentes.\nTrabajo colaborativoPara Iván Triviño, coordinador de los Núcleos de Apoyo Fiscal (NAF) de la Universidad de Los Lagos, “este tipo de actividades fortalecen significativamente el trabajo colaborativo entre las instituciones de educación superior y el Servicio, permitiendo que nuestros estudiantes continúen desarrollando competencias técnicas, éticas y de compromiso social, en beneficio de la comunidad y de los contribuyentes que requieren orientación tributaria. Como Universidad de Los Lagos, reafirmamos nuestro compromiso con el desarrollo y fortalecimiento de los Núcleos de Apoyo Fiscal, valorando el permanente apoyo, acompañamiento y confianza entregada por el Servicio en esta importante labor de formación y servicio a la comunidad”, señaló.Por su parte, Ana María Betanzo, coordinadora de AIEP, destacó que “fue una instancia enriquecedora, compartir buenas prácticas con un otro, siempre en pos de nuestros estudiantes de cara al desarrollo profesional y a la contribución desde la mirada profesional hacia la comunidad. Además de las redes que se generan para crear, construir y contribuir al desarrollo profesional de los futuros profesionales”.La actividad concluyó con una instancia de trabajo colaborativo orientada a identificar oportunidades de mejora y propuestas para fortalecer la gestión del programa de cara al proceso 2027, reafirmando el compromiso conjunto entre el Servicio y las instituciones educativas para seguir acercando la educación tributaria y el apoyo a los contribuyentes.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII habilita nueva alternativa para solicitar cupón de pago de Préstamo Solidario por internet y suscribir convenio con TGR

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII habilita nueva alternativa para solicitar cupón de pago de Préstamo Solidario por internet y suscribir convenio con TGR\nSantiago, 27 de Agosto de 2026\nVía Petición Administrativa\nSII habilita nueva alternativa para solicitar cupón de pago de Préstamo Solidario por internet y suscribir convenio con TGR\nEsta iniciativa se suma a otras alternativas dispuestas para que las personas pueden realizar este trámite en forma rápida y segura en el sitio web, sin tener que ir presencialmente a una de las oficinas.\n En el marco del cobro de las cuotas impagas de los Préstamos Solidarios 2020 y 2021, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dispuso en su sitio web la opción de solicitar vía Petición Administrativa un cupón de pago por cada préstamo adeudado, con el que se podrá suscribir, 8 días después, un convenio de pago ante la Tesorería General de la República (TGR) y regularizar la situación.Para ello, las personas deben entrar a sii.cl, menú “ayudas”, opción “servicios online” y seleccionar “Petición Administrativa”. Una vez ahí, deben ingresar con su clave tributaria, y elegir la alternativa “F22 Pendientes de Préstamo Solidario”. En ese punto el solicitante deberá completar la información con lo que habrá quedado ingresada su petición administrativa. Una vez recibido el cupón de pago, los contribuyentes deberán espera 8 días para solicitar el convenio de pago con TGR.Esta iniciativa se suma a otras alternativas dispuestas por el ente fiscalizador, con las que los contribuyentes pueden realizar este trámite en forma rápida y segura en el sitio web, sin tener que ir presencialmente a una de las oficinas. Entre ellas, declarar los periodos de renta correspondientes y realizar el pago directo en el sitio web con rebaja de multas e intereses en caso de que cuente con los recursos. También puede obtener, a partir del 14 de septiembre, el cupón de pago para suscribir posteriormente un convenio con TGR (8 días después).A lo dispuesto en el sitio web, el SII agregó in punto de atención presencial exclusivo para Préstamo Solidario dispuesto en San Isidro 85, Santiago, donde se estarán atendiendo consultas hasta el 10 de septiembre, entre las 9 y 14 horas.Toda la información y ayudas, se encuentran disponibles en https://www.sii.cl/destacados/prestamo_solidario/pago/para acompañar a las personas en cada una de las etapas del proceso y que puedan regularizar su situación de forma expedita.Reintegro del Préstamo SolidarioCabe recordar que a mediados de a agosto el SII informó que cerca de un millón de contribuyentes que solicitaron algunos de los préstamos solidarios otorgados por el Estado en 2020 y 2021, no realizaron su declaración Anual de Impuestos al menos en una oportunidad, dentro del plazo establecido para el reintegro de los montos otorgados (es decir, entre 2022 y 2026), a pesar de contar con ingresos en dichos periodos.Según lo establecido por la legislación vigente, las personas que se encuentran en esta situación y que cuentan con menos ingresos (cerca de 900 mil) deberán reintegrar las cuotas del Préstamo Solidario que quedaron impagas producto de su declaración de impuesto en uno o más periodos hasta el 30 de noviembre. Préstamo Solidario 2020 y 2021La normativa estableció que este beneficio -destinado a apoyar a las personas a enfrentar las consecuencias de la pandemia del Covid- debería ser pagado en 4 cuotas anuales, a través del proceso de declaración de Renta. La primera cuota correspondía al 10% del monto total solicitado, mientras las tres restantes, equivalían a un 30% de dicho total.Cada pago anual no podía superar el 5% de los ingresos obtenidos cada año. Si por la aplicación de este límite, luego de la cuarta cuota se mantenía un saldo por reintegrar, la ley estableció que éste sería condonado.Con el objeto de facilitar el pago de las cuotas anuales asociadas a este beneficio, a través de la Declaración de Renta, se estableció también la obligación, tanto para trabajadores dependientes como independientes y empresarios individuales, de someterse a una retención adicional del 3% mensual de sus impuestos.Si producto de estas retenciones se producían excedentes, luego del pago de la cuota respectiva del préstamo, el contribuyente podía abonarlos a las cuotas siguientes o bien, solicitar su devolución en la misma Operación Renta.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • SII habilita plataforma para acceder a un nuevo beneficio para Micro, Pequeñas y medianas empresas destinado a apoyar el pago del aumento del sueldo mínimo

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII habilita plataforma para acceder a un nuevo beneficio para Micro, Pequeñas y medianas empresas destinado a apoyar el pago del aumento del sueldo mínimo \nSantiago, 22 de Abril de 2026\nTras publicación del Decreto N°1783 del Ministerio de Hacienda: \nSII habilita plataforma para acceder a un nuevo beneficio para Micro, Pequeñas y medianas empresas destinado a apoyar el pago del aumento del sueldo mínimo \nEl Nuevo Subsidio al Sueldo Mínimodebe solicitarse una sola vez, hasta el 30 de abril de 2026, si se cumple con los requisitos legales. El beneficio se pagará en 2 cuotas (en mayo y agosto) \nLas cuotas se calculan en base a la vigencia del contrato, el número de trabajadores o nuevas contrataciones y tamaño de la empresa. \nEste beneficio temporal, también aplica a cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades.\nYa está disponible en www.sii.cl la opción para que las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (como fundaciones) y comunidades puedan solicitar el Nuevo Subsidio al Sueldo Mínimo, beneficio que les entrega un apoyo para el pago del aumento del sueldo mínimo, luego de la publicación del Decreto N°1783 del Ministerio de Hacienda sobre esta materia.Las Mipymes, cooperativas y comunidades que cumplan con los requisitos y podrán solicitar este subsidio una sola vez, hasta el 30 de abril de 2026, a través de la plataforma disponible en sii.cl. El subsidio será pagado por TGR en 2 cuotas, correspondientes a mayo y agosto de este año.De esta manera, el SII está poniendo toda su experiencia y capacidad a disposición de las micro, pequeñas y medianas empresas del país, para que puedan solicitar este beneficio que hace posible que las trabajadoras y los trabajadores del país accedan a este mayor ingreso mínimo.Cómo funcionaEl beneficio consiste en un aporte en dinero por cada trabajador dependiente que recibió el sueldo mínimo de acuerdo a información de los trabajadores, entregada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).El monto corresponde a $9.500 al mes (considerando de enero y abril), si la empresa inició actividades hasta el 30 de abril de 2025. El monto en cambio será de $3.150 al mes (considerando de enero a abril), si la empresa informó inicio de actividades entre el 1 de mayo de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.La normativa que regula este subsidio estableció un máximo de 200 trabajadores para considerar en el pago de este subsidio. Es decir, si la AFC informa a 215 trabajadores con sueldo mínimo, solo se pagará el subsidio por 200.Cabe destacar que el monto de la segunda cuota puede ser mayor a la primera si es que la empresa registró un aumento en el número de trabajadores en los primeros meses de 2026, respecto del mes base (mes con mayor número de trabajadores contratados) de 2025; o menor, si es que se registra una disminución en el número de trabajadores.Este factor de empleo se calcula automáticamente, de acuerdo a la información que entregue la AFC, para el cálculo de la segunda cuota.¿Quiénes pueden acceder al beneficio? Empresas y cooperativas de menor tamaño que cumplan con los siguientes requisitos: Ser personas naturales y jurídicas Haber informado inicio de actividades en primera categoría ante el SII al 31 de diciembre de 2025. Contar con ingresos anuales por ventas y servicios del giro superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100 mil UF. Personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades. Se considerarán para el cálculo de este beneficio las personas trabajadoras que contaban con el Ingreso Mínimo Mensual durante 2025, de acuerdo con lo informado por la AFC.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Con foco en la asistencia al contribuyente, la formalización, el cumplimiento tributario cooperativo y el combate a la evasión, al delito tributario y al crimen organizado, el SII presenta su PGCT 2026

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Con foco en la asistencia al contribuyente, la formalización, el cumplimiento tributario cooperativo y el combate a la evasión, al delito tributario y al crimen organizado, el SII presenta su PGCT 2026\nSantiago, 29 de Enero de 2026\nDe acuerdo a lo establecido en la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias: \nCon foco en la asistencia al contribuyente, la formalización, el cumplimiento tributario cooperativo y el combate a la evasión, al delito tributario y al crimen organizado, el SII presenta su PGCT 2026\nLa Ley N°21.713 estableció que una vez al año, el Servicio debe presentar el Plan con la estrategia integral para promover el cumplimiento voluntario, prevenir el incumplimiento, fiscalizar la evasión, detectar y sancionar el fraude y delito tributario, de tal forma asegurar el cumplimiento y la correcta y oportuna recaudación de los impuestos. Previamente, tal como lo señala la Ley, durante los meses de noviembre y diciembre, se compartió el Plan y recibió comentarios preliminares del Consejo Tributario, instancia creada por la misma normativa para revisar anualmente los resultados del plan y efectuar recomendaciones. \nEl Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario del SII es el marco orientador con el que el Servicio busca gestionar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con el objetivo de disminuir la evasión y asegurar la recaudación de impuestos. \nEl SII presentó su Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario 2026 (PGCT), con foco en la asistencia al contribuyente, la formalización, el cumplimiento tributario cooperativo y el combate a la evasión, delito tributario y al crimen organizado. Esto, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°21.713, de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, en el sentido de que el SII debe presentar este Plan y sus resultados tanto al Consejo Tributario, creado por la misma ley, así como ante la Comisión de Hacienda del Senado, una vez al año. La Directora (S) del SII, Carolina Saravia, explicó que “este Plan establece el marco orientador para promover el cumplimiento voluntario, prevenir el incumplimiento, disminuir la evasión y por tanto, asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la correcta y oportuna recaudación de los impuestos”. Carolina Saravia agregó que este plan se fundamenta en la gestión de riesgos y el fortalecimiento de las capacidades institucionales, con un enfoque integral de acciones de tratamiento que combina facilitación, prevención, educación tributaria, fiscalizaciones focalizadas, procesos de control masivos y la aplicación de querellas y denuncias a los contribuyentes que deliberadamente no cumplen con sus obligaciones tributarias. PGCT 2026Las temáticas incorporadas en el Plan de este año se fundamentan en los resultados y aprendizajes del Servicio del año 2025 y se estructuran en torno a 3 estrategias: la Estrategia de Facilitación y Prevención, la Estrategia de Control y Fiscalización y la Estrategia contra el Fraude y el Delito tributario. En este marco, en materia de facilitación y prevención, se abordan temáticas como la Formalización de Personas que realizan actividades comerciales, destacando las iniciativas para facilitar y promover el inicio de actividades a pequeños comerciantes, así como también el acompañamiento necesario para los vendedores de ferias libres, para que se inscriban en el Registro dispuesto para ellos. Para facilitar este proceso de formalización, el SII continuará avanzando en poner a disposición de los contribuyentes distintas ayudas focalizadas, para guiarlos en este proceso. En este ámbito también se buscará fortalecer la calidad, oportunidad y pertinencia en la atención a los contribuyentes, reforzando los protocolos de atención en oficinas, mejorando la calidad y disminuyendo los plazos de las respuestas e incorporando atención mediante videollamadas en los trámites más frecuentes como verificación de actividades y rectificatorias de las declaraciones de IVA y Renta. En los procesos masivos como la presentación de la declaraciones juradas y declaración de renta se reforzarán las ayudas en Internet para un correcto cumplimiento y se incorporarán alertas en línea con información que permita a los contribuyentes y sus asesores evitar errores en su presentación. El Servicio implementará también acciones preventivas para apoyar el cumplimiento tributario, cooperativo, simple y oportuno, como el desarrollo de un Código de Buenas Prácticas, que se realizará en conjunto con las Asociaciones y Agrupaciones de Intermediarios Tributarios y la creación de un procedimiento para la suscripción de acuerdos cooperativos con medianas y pequeñas empresas sobre la base de indicadores de sostenibilidad tributaria adaptados a estos segmentos, de tal forma de contribuir al cumplimiento oportuno. Respecto del segmento de Grupos Empresariales y Multinacionales, el Servicio incentivará la suscripción de acuerdos de cooperación con los grupos más grandes del país y con mejor comportamiento tributario, además de continuar la promoción con Multinacionales y otras administraciones tributarias de Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia (Apas y Bapas). Otra medida asociada a la asistencia apunta a la implementación de una herramienta digital que facilite la comunicación y el reporte voluntario de construcciones o ampliaciones, con el fin de promover la participación de los contribuyentes en la actualización y conocimiento de los bienes raíces registrados en el catastro del SII. Respecto la educación tributaria, el foco estará puesto en el segmento de los jóvenes de último año de enseñanza media y estudiantes universitarios o técnicos de carreras comerciales, para orientarlos respecto de cómo formalizarse y la normativa tributaria que deben conocer al momento de comenzar con sus negocios. Lo anterior, considerando el auge que tiene el emprendimiento entre los jóvenes estudiantes y profesionales. Estrategia de control y fiscalización En materia de control, continuarán siendo focos relevantes aquellos sectores de mayor impacto en la recaudación fiscal, entre los que están los Grupos Empresariales o Multinacionales, así como los contribuyentes de Altos Patrimonios. Con este objeto, el SII transparentará metodologías de valoración con el objeto de disminuir contingencias en esta materia y en la misma línea la creación una nueva área de valoración, destinada a apoyar a los equipos de fiscalización a nivel nacional en esta materia, siguiendo el ejemplo de Administraciones Tributarias reconocidas internacionalmente como por ejemplo Canadá, Reino Unido o Australia. En el caso de los contribuyentes de Altos Patrimonios, el SII seguirá utilizando diversas fuentes de información, por ejemplo, la proveniente del Common Reporting Standard (CRS), como insumo para la fiscalización de aquellos contribuyentes que presentan riesgo de subdeclaración de Impuesto Global Complementario y/o Impuestos a las Herencias y Donaciones, fortaleciendo así el control tributario y la fiscalización de incumplimientos. Otros focos de trabajo del SII apuntan a disminuir la brecha de cumplimiento asociado al Impuesto a la Renta, fortalecer las herramientas tecnológicas de apoyo a contribuyentes y a los equipos de fiscalización e intensificar el control del cumplimiento tributario en terreno incorporando nueva tecnología como cámaras en el Control de Angostura. Además, asegurar la calidad, integridad y trazabilidad de la información proveniente de los Documento Tributarios Electrónicos (DTE) creando el nuevo proceso de Operación Factura para asegurar recibir información de calidad que le permita, a través de análisis avanzados, determinar espacios de no emisión de documentos, así como también a quienes puedan estar no declarando o subdeclarando el IVA, para lo cual fortalecerá los equipos internos, creando un área especializada en el análisis y procesos de control de los documentos. Estrategia contra el fraude y el delito tributarioEn el combate contra el comercio ilícito, potenciando lo iniciado a finales de 2024, continuará el trabajo colaborativo mutisectorial para mejorar la detección de estos casos, con medidas como la implementación de un modelo de trazabilidad de operaciones comerciales en rubros con mayor informalidad, para controlar el origen y destino de las transacciones, por ejemplo, el acopio y venta de chatarras de cobre, entre otros. Por otro lado, el SII avanzará en seguir fortaleciendo el control en la emisión y uso de documentos tributarios para detectar a quienes emiten documentos tributarios falsos o crean empresas ficticias, a través de medidas como la implementación de indicadores de riesgo en la aplicación de inicio de actividades, verificación de actividades, o la emisión de documentos tributarios. El objetivo es detectar y controlar a los contribuyentes que sólo buscan crear empresas para defraudar el sistema tributario, distinguiendo oportunamente y entregando todas las facilidades al resto de contribuyentes que buscan realizar sus negocios, cumpliendo adecuadamente sus obligaciones tributarias. En materia de crimen organizado, la institución avanzará en la detección y análisis de actividades ilegales mediante el rastreo de información tributaria y transacciones anómalas; en la detección de sectores emergentes de la economía con comportamientos que puedan estar vinculados al crimen organizado; además de fortalecer las capacidades institucionales para promover acciones fiscales y jurídicas más efectivas y coordinadas con otros actores relevantes. Por último, en el proceso de sanción del delito tributario, el Servicio continuará fortaleciendo la capacidad operativa y generación temprana de posibles casos de ilícitos tributarios para la recopilación de antecedentes y la persecución penal oportuna y eficaz de estos delitos detectados, con especial énfasis en los casos de delitos tributarios asociados al crimen organizado. Principales resultados PGCT 2025Respecto de los resultados del Plan correspondiente a 2025, en materia de Facilitación y Prevención, destaca el aumento en un 15,4% del inicio de actividades en primera categoría durante el año 2025, respecto del año anterior. Respecto del cumplimiento tributario cooperativo, entre enero y octubre de 2025 se firmaron 8 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia, es decir, 3 acuerdos más que los registrados durante 2024. Así, desde 2019 a la fecha, se han firmado 23 APas, de los cuales 4 son bilaterales. Nuestro país registra también resultados relevantes en la presentación electrónica de la declaración de impuestos, así como en el uso de la propuesta de declaración elaborada por el SII. Por ejemplo, mientras las propuestas de declaraciones electrónicas de Renta de personas naturales en Chile llegan al 95%, el promedio de países de la OCDE se ubica en torno al 56%. Si revisamos el uso de la propuesta de declaración de IVA, mientras en Chile es superior al 97%, el promedio de los países de la OCDE solo llega al 11%, por lo que son procesos que deben continuar operando y fortaleciendo su calidad y entrega a los contribuyentes.    El alto uso de las propuestas de declaraciones, sumado a las distintas acciones preventivas desarrolladas por el Servicio para asegurar el cumplimiento tributario, ha permitido que las situaciones detectadas sean de menor complejidad, lo que se confirma con que el 76% de los contribuyentes observados pudieron resolver sus observaciones sin la necesidad de una fiscalización, sino que rectificando directamente su declaración de renta a través del sitio web del Servicio. Estos resultados permiten focalizar las horas de fiscalización en Auditorías, donde se abordan contribuyentes con riesgos e incumplimientos mayores, lo que implica una mayor complejidad e intensidad en el proceso de fiscalización. En materia de control y fiscalización, y siguiendo las recomendaciones de la OCDE, se destaca el control a las Operaciones Internacionales, los Grupos Empresariales y los contribuyentes de Alto Patrimonio. Las acciones de control para Grupos Empresariales y Multinacionales se focalizaron en temáticas relacionadas con planificaciones tributarias internacionales (uso de pérdidas en el extranjero, uso de intangibles, correcta tributación del impuesto adicional, precios de transferencia, entre otras). La estrategia para controlar de manera integral a los Grupos Empresariales comenzó durante el año 2023 con la reestructuración de la Dirección de Grandes Contribuyentes. Luego, durante el año 2024 se abordaron 28 grupos empresariales y el año 2025 fueron 46 los grupos controlados. En el caso de Altos Patrimonios, los principales riesgos controlados fueron la subdeclaración del impuesto global complementario y las diluciones patrimoniales, fiscalizándose a 780 contribuyentes de este segmento, un 22,6% más que el año anterior. En cumplimiento tributario en terreno, se realizaron 467.860 acciones un 104,3% más que el año 2024, destacando los 202.826 controles carreteros. En ese contexto se cursaron 14.663 infracciones (el 85% por no emitir documentos tributaros) y 5.879 clausuras, un 59,7% y 73% más que el año 2024 respectivamente. Por otro lado, el mejoramiento de los modelos de análisis de datos implementados por el SII permitió identificar un 30,8% más deemisores y un 34,9% más de receptores agresivos respecto del año anterior, llegando a 18.060 emisores y 81.720 receptores detectados. Gracias a este aumento en la efectividad, con menos acciones de control intensivas se evitó el uso indebido de crédito fiscal por $189.400 millones. Respecto del combate contra el crimen organizado, se avanzó en la presentación de acciones judiciales asociadas a la comercialización ilegal de salmón robado y de vehículos robados, así como en la detección de proveedores del comercio informal. Por último, en materia de persecución penal de los delitos tributarios, durante el 2025, el SII presentó 227 querellas, con 677 imputados o querellados (un 8,6% y 3,5% más que en 2024, respectivamente), y un perjuicio fiscal total que llegó a $158.000 millones.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Mas de 1,3 millones de contribuyentes presentaron su declaración de renta al SII dentro del primer plazo para obtener la devolución anticipada de excedentes

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Mas de 1,3 millones de contribuyentes presentaron su declaración de renta al SII dentro del primer plazo para obtener la devolución anticipada de excedentes\nSantiago, 9 de Abril de 2026\nRecibirán depósito en cuenta bancaria, si corresponde, el 29 de abril:\nMas de 1,3 millones de contribuyentes presentaron su declaración de renta al SII dentro del primer plazo para obtener la devolución anticipada de excedentes\n ·         Cifra representa el 26,7% del total de declaraciones que se espera recibir en el proceso de este año.\n Un total de 1.366.253 declaraciones recibió el Servicio de Impuestos Internos dentro del primer plazo establecido para obtener la devolución anticipada de excedentes de la Operación Renta 2026, que venció este 8 de abril. Los contribuyentes que declararon en este período y que hayan solicitado el depósito en cuenta bancaria, recibirán la devolución de impuestos, si corresponde, el 29 de este mes.La cifra de declaraciones recibidas en este periodo representa un 26,7% del total esperado para el proceso de este año.En tanto, el monto de devoluciones solicitadas dentro de este primer plazo llegó a $493.320.659.759.Para este año se espera que declaren el Impuesto a la Renta 5.100.000 contribuyentes, de los cuales 4.100.000 contarán con una propuesta de declaración elaborada por el SII.La Subdirectora de Fiscalización, Carolina Saravia, recordó que la Operación Renta continúa de acuerdo a los plazos establecidos y reiteró el llamado a los contribuyentes a “revisar la información contenida en la propuesta que hemos elaborado para que, en el caso de detectar alguna diferencia, puedan complementar la información o contactar a sus agentes retenedores para que corrijan la información y recibir su devolución sin problemas”.Para acompañar en este proceso de Declaración a los contribuyentes, el SII está reforzando sus canales de atención, poniendo a disposición de los contribuyentes más de 115 puntos de atención presencial a lo largo del país mediante convenios con instituciones educativas, los que se suman a la atención que se entrega en las 71 oficinas del Servicio.Los plazos de Declaración de Renta son los siguientes: DECLARACIONES CON DEVOLUCIÓN FECHA PRESENTACIÓN FECHA DE DEVOLUCIÓN SEGÚN MEDIO DE PAGO Desde – Hasta Depósito Emisión de cheque1 9 al 23 de abril 15 de mayo 29 de mayo 24 de abril al 8 de mayo 27 de mayo 1. Si el monto de la devolución es superior a $3 millones, el cheque se enviará al domicilio del contribuyente. Si es inferior a $3 millones, el cheque quedará disponible para pago en las cajas de BancoEstado. DECLARACIONES CON PAGO FECHA PRESENTACIÓN 8 al 30 de abril  Para conocer los principales contenidos y novedades de este proceso, ingresa aquí.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII amplía el plazo para 900 mil contribuyentes que mantienen cuotas pendientes del Préstamo Solidario a fin de que puedan resolver su situación hasta el 30 de noviembre

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII amplía el plazo para 900 mil contribuyentes que mantienen cuotas pendientes del Préstamo Solidario a fin de que puedan resolver su situación hasta el 30 de noviembre\nSantiago, 20 de Agosto de 2026\nSII amplía el plazo para 900 mil contribuyentes que mantienen cuotas pendientes del Préstamo Solidario a fin de que puedan resolver su situación hasta el 30 de noviembre\nLa medida busca facilitar el pago de esta deuda por parte de los contribuyentes que originalmente debían declarar hasta el 30 de agosto.\nAdemás, a partir del 14 de septiembre a través de SII.cl se podrá declarar sin pagar en línea y generar el comprobante de deuda que permitirá pagar posteriormente o acogerse a un convenio en TGR.\n Con el objetivo de entregar mayores facilidades para que las personas que mantengan alguna deuda pendiente asociada a los Préstamos Solidarios de los años 2020 y 2021 puedan solucionar su situación y pagar la deuda correspondiente, el Servicio de Impuestos Internos informó hoy su decisión de ampliar el plazo para que 900 mil contribuyentes de menores ingresos puedan presentar las declaraciones de renta faltantes y, de esta forma, regularizar su situación. Así, los contribuyentes que podrán beneficiarse con esta ampliación de plazo (originalmente hasta el 30 de agosto), recibirán la información mediante un correo electrónico que será enviada por el SII.  De esta forma, las personas que se encuentren en esta situación podrán cumplir con esta obligación a través de internet, ingresando al sitio web del Servicio de Impuestos Internos opción: Servicios online > Declaración de renta > Declarar Renta (F22) > Seleccionar año tributario > revisar su propuesta de Formulario F22 > Realizar el pago por internet.“Declaración sin pago”En paralelo, a partir del 14 de septiembre de 2026, se habilitará en nuestro sitio web, la opción para declarar sin pagar en línea y generar el comprobante de deuda que le permita pagar posteriormente o acogerse a un convenio en TGR, para que los contribuyentes no deban asistir a las oficinas del Servicio.A quienes se encuentran en esta situación, los invitamos a visitar el portal de reintegro del Préstamo Solidario, donde podrá revisar su deuda, revisar ejemplos y encontrar orientación respecto de cómo pagar las cuotas del Préstamos pendientes, a través de internet.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas\nSantiago, 3 de Junio de 2026\nSII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas\nLa medida busca controlar el cumplimiento tributario en materia de IVA respecto de servicios digitales prestados desde el exterior a usuarios en Chile, habilitando un registro para su inscripción, declaración y pago del impuesto correspondiente.\n El Servicio de Impuestos Internos emitió una resolución mediante la cual establece el sistema de inscripción y fija un mecanismo para que las plataformas sin domicilio ni residencia en Chile que prestan servicios de apuestas, juegos de azar, casinos y análogos o conexos, en línea o a través de plataformas digitales, paguen los impuestos correspondientes por las operaciones realizadas en nuestro país, cumpliendo  desde el punto de vista tributario con sus obligaciones, ya que se trata de actividades gravadas con el IVA.  Específicamente, la Resolución 69, del 2 de junio del 2026, establece que estos prestadores podrán inscribirse en el sistema habilitado por el Servicio, debiendo sujetarse a las normas e instrucciones vigentes sobre inscripción, registro, declaración y pago del impuesto aplicables a los contribuyentes extranjeros que prestan servicios digitales gravados con IVA. De esta forma, la resolución permite fortalecer la equidad tributaria, asegurando que cuando se realizan operaciones en nuestro país de servicios digitales desde el extranjero a personas domiciliadas en Chile, siempre se declare y pague el impuesto respectivo, evitando que se generen espacios sin control y desigualdad respecto de otros contribuyentes que están cumpliendo con el pago correcto y oportuno de sus impuestos. El IVA deberá aplicarse sobre el monto total de contraprestaciones recibidas como remuneración por la prestación de estos servicios, cualquiera sea su naturaleza. Una vez inscritas en el sistema, las plataformas de apuestas online sin domicilio ni residencia en Chile que hayan prestado servicios durante los últimos treinta y seis periodos tributarios deberán pagar el IVA correspondiente adeudado, a través de F129 o formulario IVA Digital. La resolución se refiere exclusivamente al cumplimiento de obligaciones tributarias, ya que las materias vinculadas con la autorización, regulación, fiscalización sectorial o calificación de licitud de estas actividades corresponden a otros organismos competentes, conforme al marco normativo vigente. Dado que las referidas plataformas no autorizadas, en los hechos y como es de público conocimiento, se han mantenido en forma permanente realizando estas operaciones gravadas con IVA, incluso publicitando abiertamente sus operaciones, es deber de este Servicio asegurar que realicen el pago de los impuestos que les corresponden. Para acceder a la Resolución Exenta SII N°69, seleccione aquí

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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