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  • SII implementará medidas de alivio tributario para propiedades afectadas por catástrofes naturales durante 2026

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII implementará medidas de alivio tributario para propiedades afectadas por catástrofes naturales durante 2026\nSantiago, 19 de Octubre de 2026\nEn el marco de la Resolución Exenta SII N°22 de 2024:\nSII implementará medidas de alivio tributario para propiedades afectadas por catástrofes naturales durante 2026\nEntre las medidas que aplicará el Servicio de Impuestos Internos (SII) destacan la rebaja automática del Impuesto Territorial para inmuebles con daños acreditados por el Servicio y la posibilidad de solicitar la revisión del avalúo fiscal o de las contribuciones cuando la propiedad haya sufrido una disminución significativa de su valor producto de incendios, inundaciones, terremotos, temporales u otras catástrofes.\n Con el fin de apoyar a las personas propietarias de bienes raíces afectados por catástrofes naturales ocurridos durante 2026, el SII implementará medidas de alivio tributario en materia de Impuesto Territorial, en línea con las acciones que la institución ha adoptado frente a catástrofes anteriores conforme a lo establecido en la Resolución Exenta N°22 de 2024. Estas medidas permitirán que la carga tributaria de los inmuebles dañados por alguno de estos eventos climáticos sea acorde a su realidad actual.Estas iniciativas están dirigidas a propiedades afectadas por incendios, inundaciones, terremotos, temporales u otros eventos de similar naturaleza que provoquen una disminución relevante en el valor de los bienes raíces.Como primera acción, el SII aplicará una rebaja en proporción a la afectación del bien raíz, del Impuesto Territorial correspondiente al segundo semestre de 2026 para aquellas propiedades efectivamente dañadas por una catástrofe en sectores que hayan sido informados al Servicio por organismos competentes, o conste en los antecedentes disponibles siempre que el SII pueda acreditar la afectación del inmueble.Una vez realizado el proceso de evaluación, el Servicio informará directamente a los contribuyentes beneficiados. Este beneficio será otorgado de manera automática, sin necesidad de que las personas contribuyentes realicen una solicitud.Adicionalmente, los propietarios cuyos inmuebles hayan resultado dañados por una catástrofe y que no se encuentren considerados en la medida automática, podrán solicitar una revisión del avalúo del inmueble, presentando los antecedentes que den cuenta del daño que estos sufrieron.Para acceder a este beneficio, las personas deben ingresar una Solicitud de Bienes Raícesdisponible en sii.cl, acompañando antecedentes que permitan acreditar los daños sufridos, entre ellos: Certificados o documentos emitidos por organismos públicos competentes, tales como municipalidades, secretarías regionales ministeriales, gobiernos regionales u otras entidades encargadas de prestar apoyo en situaciones de emergencia. Fotografías que den cuenta de los daños ocasionados en la propiedad. Cualquier otro antecedente o medio de prueba que permita verificar la magnitud de la afectación y la disminución del valor del inmueble. Con la información aportada, el SII analizará y evaluará cada caso y determinará si corresponde modificar el avalúo fiscal y/o otorgar una rebaja de las contribuciones, permitiendo que las obligaciones tributarias reflejen el estado y valor real de la propiedad después del siniestro.Las personas que requieran asistencia para realizar este trámite pueden acceder a la información disponible en www.sii.cl o acudir a cualquiera de las oficinas del Servicio de Impuestos Internos a lo largo del país, donde recibirán apoyo para presentar su solicitud y reunir los antecedentes necesarios.Asimismo, en caso de registrarse nuevas emergencias durante el 2026, estas medidas podrán aplicarse también a eventuales nuevos afectados.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • En forma anticipada al inicio de la Operación Renta del mes de abril, SII publica por primera vez información relevante sobre validaciones y observaciones para intermediarios y empresas

    ANÁLISIS CONTABLE:
    En forma anticipada al inicio de la Operación Renta del mes de abril, SII publica por primera vez información relevante sobre validaciones y observaciones para intermediarios y empresas \nSantiago, 16 de Marzo de 2026\nDisponible desde el viernes 13 de marzo en el sitio web del Servicio:\nEn forma anticipada al inicio de la Operación Renta del mes de abril, SII publica por primera vez información relevante sobre validaciones y observaciones para intermediarios y empresas \nEl objetivo central es que estos segmentos cuenten de manera oportuna con toda la información y orientación que requieren para enfrentar el proceso de Declaración de Renta sin dificultades. \nEl contenido incluye por primera vez información detallada respecto de las validaciones más relevantes que el SII aplica durante la etapa de presentación de las Declaraciones Juradas de Renta, así como durante la presentación del Formulario 22.\nDe manera inédita, estamos entregando a las empresas propuestas de códigos que constituyen una importante base y ayuda para sus declaraciones de Renta. \nCon el objeto de resolver con tiempo las diferentes dudas que puedan tener los profesionales tributarios y las empresas respecto de la Operación Renta 2026 y, de esta forma, contribuir a que el proceso se desarrolle sin mayores dificultades, el Servicio de Impuestos Internos publicó por primera vez la información más relevante que estos sectores deben conocerpara cumplir con este proceso correctamente relacionada con las observaciones y validaciones que aplica la institución. En este marco, el Servicio ofrecerá por primera vez una propuesta de montos para determinados códigos del Formulario 22 a las empresas, en base a información tributaria efectiva que el SII ya posee sobre su situación tributaria. Hasta el año pasado, solo advertían inconsistencias en la Declaración, sin mostrar las cifras concretas. Esta propuesta permitirá desde este año mostrar los montos sugeridos en determinados códigos del F22. También levantará alertas de modificación, mediante las validaciones “K”, cuando el usuario cambie un monto propuesto por el Servicio en base a las distintas fuentes de información disponibles, mostrándole la diferencia generada. El contribuyente podrá continuar con su declaración, confirmando el monto editado (lo que podría generar una observación) o bien, utilizar la propuesta ofrecida por el Servicio. En el caso de las validaciones “J”, se activarán cuando el contribuyente intente modificar códigos relacionados a deducciones al impuesto (como PPM., retenciones o créditos, entre otros). En este caso, no podrá continuar con la declaración y deberá previamente corregir la fuente original de información (por ejemplo, los Formularios 29 o 50 o las Declaraciones Juradas correspondientes), para poder enviar la declaración.   La información publicada para intermediarios y empresas también contiene las validaciones que el Servicio aplica al Formulario 22, destacando las más críticas, especialmente aquellas que comparan la Declaración de Renta con otras fuentes de información y cómo evitar posibles observaciones. También se incluye el aplicativo “información para empresas”, donde intermediarios y empresas podrán visualizar, en un solo lugar, toda la información que el SII maneja sobre sus operaciones comerciales Esta información es necesaria para que puedas realizar tu Declaración de Renta de manera simple y sin errores. Este espacio informativo dispuesto por el SII, contiene además las principales Declaraciones Juradas de Renta que intermediarios y empresas deben presentar, y que son fundamentales para que el Servicio pueda construir las propuestas de Declaración de Renta que ofrece a las personas; las características y obligaciones tributarias por régimen tributario; y las principales observaciones y validaciones que se aplican a las Declaraciones Juradas; además de recomendaciones a considerar antes, durante y después de presentar dichos formularios. También está disponible el calendario e instrucciones de presentación de estas declaraciones juradas, y el acceso al Escritorio Contable, aplicativo que le permite a los intermediarios revisar la situación de sus clientes en un solo lugar, optimizando así su tiempo y haciendo más fluido el proceso de presentación de las declaraciones juradas, así como de las Declaraciones de Renta. Para preparar esta Operación Renta 2026, el Servicio ha sostenido desde 2025 e inicios de 2026, distintas reuniones con representantes de los principales colegios de contadores, y con más de 800 generadores de contenidos tributarios para redes sociales, con el propósito de poder resolver con tiempo las diferentes dudas que puedan tener, para disminuir al máximo posible las observaciones en las declaraciones que el Servicio reciba en este proceso de Renta 2026.  En la medida en que la presentación de las Declaraciones Juradas se desarrolle adecuadamente, estaremos garantizando un proceso de Declaración de Renta sin mayores complicaciones.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas\nSantiago, 3 de Junio de 2026\nSII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas\nLa medida busca controlar el cumplimiento tributario en materia de IVA respecto de servicios digitales prestados desde el exterior a usuarios en Chile, habilitando un registro para su inscripción, declaración y pago del impuesto correspondiente.\n El Servicio de Impuestos Internos emitió una resolución mediante la cual establece el sistema de inscripción y fija un mecanismo para que las plataformas sin domicilio ni residencia en Chile que prestan servicios de apuestas, juegos de azar, casinos y análogos o conexos, en línea o a través de plataformas digitales, paguen los impuestos correspondientes por las operaciones realizadas en nuestro país, cumpliendo  desde el punto de vista tributario con sus obligaciones, ya que se trata de actividades gravadas con el IVA.  Específicamente, la Resolución 69, del 2 de junio del 2026, establece que estos prestadores podrán inscribirse en el sistema habilitado por el Servicio, debiendo sujetarse a las normas e instrucciones vigentes sobre inscripción, registro, declaración y pago del impuesto aplicables a los contribuyentes extranjeros que prestan servicios digitales gravados con IVA. De esta forma, la resolución permite fortalecer la equidad tributaria, asegurando que cuando se realizan operaciones en nuestro país de servicios digitales desde el extranjero a personas domiciliadas en Chile, siempre se declare y pague el impuesto respectivo, evitando que se generen espacios sin control y desigualdad respecto de otros contribuyentes que están cumpliendo con el pago correcto y oportuno de sus impuestos. El IVA deberá aplicarse sobre el monto total de contraprestaciones recibidas como remuneración por la prestación de estos servicios, cualquiera sea su naturaleza. Una vez inscritas en el sistema, las plataformas de apuestas online sin domicilio ni residencia en Chile que hayan prestado servicios durante los últimos treinta y seis periodos tributarios deberán pagar el IVA correspondiente adeudado, a través de F129 o formulario IVA Digital. La resolución se refiere exclusivamente al cumplimiento de obligaciones tributarias, ya que las materias vinculadas con la autorización, regulación, fiscalización sectorial o calificación de licitud de estas actividades corresponden a otros organismos competentes, conforme al marco normativo vigente. Dado que las referidas plataformas no autorizadas, en los hechos y como es de público conocimiento, se han mantenido en forma permanente realizando estas operaciones gravadas con IVA, incluso publicitando abiertamente sus operaciones, es deber de este Servicio asegurar que realicen el pago de los impuestos que les corresponden. Para acceder a la Resolución Exenta SII N°69, seleccione aquí

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII y Cochilco reúnen a grandes compañías mineras para promover acuerdos anticipados de precios de transferencia

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII y Cochilco reúnen a grandes compañías mineras para promover acuerdos anticipados de precios de transferencia\nSantiago, 20 de Julio de 2026\nSII y Cochilco reúnen a grandes compañías mineras para promover acuerdos anticipados de precios de transferencia\nLa jornada abordó los beneficios de los APA en operaciones transfronterizas de alto valor, las variables técnicas de comercialización de minerales y una agenda preventiva de coordinación institucional orientada a fortalecer la certeza tributaria y la inversión.\n El pasado 13 de julio, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco) realizaron una conferencia conjunta destinada a promover el uso de los Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia (APA) en la industria minera, como una herramienta para aumentar la certeza jurídica y tributaria en operaciones transfronterizas de alta complejidad. La actividad reunió a autoridades, especialistas tributarios y sectoriales, y representantes de grandes compañías mineras del país.Durante el encuentro, se explicó que un APA permite que un contribuyente residente o domiciliado en Chile en conjunto con el  SII acuerden anticipadamente los criterios para determinar los precios, valores o rentabilidades normales de mercado aplicables a operaciones con empresas relacionadas ubicadas en el exterior y que este instrumento aporta al contribuyente certeza jurídica y tributaria siendo este uno de sus mayores beneficios.En la ocasión, Cochilco expuso su rol en el análisis del mercado del cobre y otros minerales, la elaboración de estadísticas, estudios sectoriales, y la fiscalización de las condiciones de comercialización de las exportaciones de cobre y sus subproductos. Además se destacó el páorte de este conocimiento técnico que puede contribuir a mejorar la comprensión de las operaciones y apoyar los análisis de comparabilidad en el sector minero. No obstante, se precisó que Cochilco no negocia, no suscribe ni resuelve APAs ya que la revisión, negociación, decisión, seguimiento, renovación o término de estos acuerdos corresponde exclusivamente al SII, por lo que su colaboración se circunscribe al uso de información pública, agregada, anónima o legalmente compartible, y a materias técnicas relacionadas con operaciones de compra y venta de minerales.Una herramienta con creciente aplicación en ChileDe acuerdo con las cifras presentadas por el SII, a julio de 2026, Chile contabiliza 24 acuerdos firmados, siendo en Latinoamérica uno de los que más acuerdos han suscritos conforme a las normas OCDE.Las autoridades destacaron que el uso de estas herramientas adquiere especial relevancia para la minería por el elevado valor de sus transacciones, la extensión de sus cadenas de comercialización y la incidencia de variables técnicas que pueden modificar el precio final de los productos.Entre las operaciones que podrían ser cubiertas por un APA se encuentran la compra o venta de cobre y otros minerales entre partes relacionadas; los pagos a traders, distribuidores o comercializadores vinculados; los servicios y costos intragrupo; y las regalías por el uso de intangibles.Cabe destcar que el sector minero representó el 13,1% del Producto Interno Bruto nacional en 2025 y el 59% de las exportaciones del país, mientras que la minería del cobre aportó el 10% de los ingresos fiscales, de acuerdo con los antecedentes presentados en la conferencia. Estas cifras refuerzan la importancia de contar con instrumentos que contribuyan a la predictibilidad, el cumplimiento tributario y la inversión de largo plazo.Agenda preventiva para la industria mineraComo parte de la actividad, el SII y Cochilco presentaron una propuesta de trabajo conjunta que busca fortalecer una agenda preventiva que permita anticipar riesgos, reducir controversias y otorgar mayor predictibilidad tributaria y sectorial, sin alterar las competencias legales de cada institución. El trabajo técnico se limitará a operaciones de compra o venta de minerales y a sus principales variables comerciales, sin establecer precios obligatorios ni reemplazar el análisis individual que corresponde efectuar a cada entidad.En la jornada expusieron Carolina Saravia Morales, Subdirectora de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos y Karina Ochoa, Directora de Fiscalización de la Comisión Chilena del Cobre. El anfitrión del evento fue la Sociedad Nacional de Minería de Chile (SONAMI), y se contó con la colaboración del Centro de Estudios Tributarios de la Universidad de Chile y el Consejo Minero.Para Edson Orellana, Director Corporativo de Gestión Tributaria de Codelco, “este tipo de presentaciones, en el tema de los acuerdos anticipados de precios, creo que es una instancia super importante para la economía en Chile en general, por que como se dijo en la presentación, da certeza jurídica, y facilita un sin número de actividades posteriores en el tema de la exportación…” “…siempre la relación con el Servicio de Impuestos Internos tiene que ser una relación de colaboración y transparencia”.De la misma forma, Nara Miorini, Gerenta de Contabilidad y Administración Financiera de Lundin Mining en Chile, señaló que «esta instancia es muy positiva, ya que nos permite analizar y evaluar la predisposición de la autoridad y de las distintas instituciones lo que nos da esa certeza jurídica que necesitamos para invertir en Chile”.Al cierre del encuentro, el SII invitó a las empresas del sector a evaluar la presentación de solicitudes de APA o BAPA y a canalizar sus consultas a través del Área de Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia, mediante el correo area.apa@sii.cl.

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  • SII actualiza exigencias para facturas y guías de despacho

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII actualiza exigencias para facturas y guías de despacho\nSantiago, 23 de Octubre de 2026\nSII actualiza exigencias para facturas y guías de despacho\nLa medida deja sin efecto la Resolución N° 154 de 2025 e incorpora adecuaciones para responder a las distintas modalidades de transporte y operación logística\n El Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó el 23 de octubre de 2026 la Resolución Ex. SII N° 144, que actualiza y reúne en un solo cuerpo normativo las exigencias aplicables a las facturas y guías de despacho que respaldan el traslado de bienes corporales muebles. A partir de su entrada en vigencia, quedará sin efecto la Resolución Ex. SII N° 154 de 2025. La normativa establece la información que deberá incorporarse en estos documentos tributarios, entre la que se encuentra el origen y destino efectivo de los bienes, la identificación del conductor y del transportista, la patente del vehículo y la descripción de la carga. Estos datos permitirán fortalecer la trazabilidad y contar con mejores herramientas para favorecer el cumplimiento tributario. Para la elaboración de estas instrucciones se consideraron las opiniones recogidas en las mesas de trabajo desarrolladas por el Servicio en conjunto con otras instituciones públicas, gremios del comercio y del transporte, agencias de aduana, operadores logísticos y representantes de diversos sectores vinculados a estas operaciones. Entre dichas instancias, destacan las múltiples actividades realizadas con la Cámara Nacional de Comercio, las reuniones sostenidas con la Confederación Nacional del Transporte de Carga Terrestre de Chile, el levantamiento de observaciones e inquietudes efectuado por el Colegio de Contadores de Chile y las opiniones formuladas por empresas de diversos tamaños y sectores económicos, entre otras entidades y organizaciones relacionadas con la materia. Asimismo, se analizaron diversas modalidades operativas asociadas al transporte y la logística intermodal, incluyendo la participación de múltiples operadores, el transporte tercerizado, los cambios de vehículos o conductores y la ausencia de ciertos datos al momento de emitir los documentos tributarios, entre otras particularidades. A partir de este trabajo, se incorporaron disposiciones que recogen las diferentes realidades operativas. Para ello, se distinguen dos modalidades: transporte autogestionado y transporte tercerizado; también se considera un régimen especial para actividades que requieren emitir una guía de despacho para realizar trámites ante organismos fiscalizadores sectoriales. Además, se contemplan alternativas para complementar electrónicamente la información que no se encuentre disponible al momento de emitir el documento original, especialmente cuando el transporte sea realizado por terceros o intervengan distintos operadores. Esta resolución establece como plazo el 1 de mayo de 2027 para que los contribuyentes que no dispongan de la información relativa al traslado al momento de emitir los documentos tributarios puedan realizar los desarrollos y adecuaciones necesarios para cumplir con la nueva normativa e incorporar dichos antecedentes. Por otra parte, aquellos contribuyentes que ya se encuentren en condiciones de informar estos datos en sus documentos tributarios deberán comenzar a operar conforme a la nueva normativa a partir del 1 de noviembre del presente año. La elaboración de este instrumento fue liderada por la Oficina de Documentos Tributarios Electrónicos de la Subdirección de Asistencia al Contribuyente, con el apoyo de distintas áreas del Servicio, que aportaron información desde sus respectivos ámbitos de competencia. El SII agradece el compromiso de las funcionarias y los funcionarios involucrados en esta iniciativa, así como la colaboración de los gremios, las empresas y las demás instituciones públicas que compartieron sus experiencias y conocimientos. Sus aportes permitieron incorporar diversas realidades y avanzar hacia una regulación que responde a las necesidades actuales del transporte y la logística. El texto completo se encuentra disponible en el siguiente enlace: Revisar la Resolución Ex. SII N° 144 de 2026 Noticia relacionada:SII inicia mesa de trabajo con la CNC para facilitar implementación de nuevas exigencias en el traslado de bienes  https://www.sii.cl/noticias/2026/300426noti02smn.htm 

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Núcleos de Apoyo Fiscal refuerzan la asistencia a contribuyentes en la Operación Renta 2026

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Núcleos de Apoyo Fiscal refuerzan la asistencia a contribuyentes en la Operación Renta 2026\nSantiago, 27 de Abril de 2026\nNúcleos de Apoyo Fiscal refuerzan la asistencia a contribuyentes en la Operación Renta 2026\nMás de 1.700 estudiantes de educación superior se suman en apoyo a la Operación Renta a través de los Núcleos de Apoyo Fiscal (NAF), fortaleciendo la orientación gratuita a contribuyentes en todo el país.\n En el marco de la Operación Renta 2026, los NAF reafirman su rol como puente entre el conocimiento académico y el servicio a la ciudadanía. Este año más de 1.700 estudiantes, provenientes de 15 instituciones de educación superior, se han preparado para entregar orientación gratuita y oportuna a los contribuyentes en 69 puntos de atención distribuidos estratégicamente a través del país, donde estudiantes de carreras del ámbito contable —capacitados y acompañados por nuestro Servicio— brindan apoyo de forma presencial y en línea para la correcta realización de la Declaración de Impuestos a la Renta 2026. El fortalecimiento de esta iniciativa ha implicado un importante esfuerzo en la coordinación y formación, realizada con el apoyo de funcionarios de Asistencia al Contribuyentes de la Dirección Nacional y la Dirección Regional Rancagua, quienes capacitaron a los estudiantes del programa. Esta iniciativa refleja no solo una excelente planificación, sino el compromiso sostenido con una atención más cercana, inclusiva y eficiente de todos los actores involucrados en el programa. A través de esta experiencia, los estudiantes profundizan sus conocimientos tributarios, desarrollan habilidades prácticas y se vinculan activamente con las necesidades reales de la comunidad. Asimismo, las instituciones de educación superior fortalecen su rol público, consolidando vínculos con el entorno y contribuyendo a la formación de profesionales con sentido social. De este modo, los NAF continúan configurando un círculo virtuoso donde el aprendizaje, la colaboración y el servicio convergen en beneficio de los contribuyentes y la ciudadanía. “Este año, destacamos la participación de 2.051 alumnos matriculados y 1.700 seleccionados para entregar orientación cumpliendo un rol fundamental en la atención. El compromiso, vocación de servicio y preparación de estos estudiantes han sido clave para fortalecer la asistencia a contribuyentes, facilitando el cumplimiento oportuno y correcto de sus obligaciones tributarias, y poniendo en valor el aporte de la formación académica al servicio de la ciudadanía. Además, los resultados 2025 muestran que el 94,5% de los contribuyentes atendidos recomendaría la atención en NAF y el 92,7% indica que su consulta fue resuelta y que el 94,1% de los contribuyentes califica con nota 6 y 7 su atención. Esto demuestra el positivo impacto de esta iniciativa”, señaló Christian Soto, subdirector (S) de Asistencia al Contribuyente del Servicio de Impuestos Internos. Asimismo, Marianela Salgado, jefa (S) de la Oficina de Cultura Tributaria y Gestión de Contenidos relevó que “Los Núcleos de Apoyo Fiscal constituyen un programa integral que promueve la participación activa de los estudiantes en labores de orientación, brindando una atención completa, oportuna y cercana, en sintonía con las necesidades reales de los contribuyentes, reafirmando así, su vocación de servicio y su impacto transformador en la ciudadanía”. Invitamos a los contribuyentes a visitar el Portal de Renta en la página web del SII y revisar los puntos de atención disponibles.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII publica la Tasación Fiscal de Vehículos 2026

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    SII publica la Tasación Fiscal de Vehículos 2026\nSantiago, 22 de Enero de 2026\nTambién incluye el valor de los permisos de circulación:\nSII publica la Tasación Fiscal de Vehículos 2026\nPara este año, el listado considera un total de 81.611 tasaciones de vehículos livianos. El valor mínimo del permiso de circulación en el país es de $34.876, monto que pagarán las variedades de autos con más años de antigüedad y que se encuentren bajo los $3.487.600 de tasación fiscal.\nLos vehículos eléctricos e híbridos con recarga eléctrica exterior, cuyo año de fabricación sea de 2021 en adelante, pagarán un 25% del impuesto anual por permiso de circulación. Este beneficio rige para 661 vehículos, distribuidas en 63 marcas y en 181 modelos.\nEl Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó las nóminas de Tasación Fiscal de vehículos livianos y pesados, vigentes para este año 2026, las que se encuentran disponibles en nuestro sitio web, en la sección Servicios online, Tasación Fiscal de Vehículos. Además, en el apartado “Consulta Tasación de Vehículos” podrá conocer el monto a pagar por su permiso de circulación, para lo cual debe seleccionar el año de tasación 2026, elegir una categoría (Liviano, Moto o Pesado) y completar los filtros de búsqueda opcionales con los datos del vehículo. Para vehículos livianos, como automóviles, camionetas, furgones, minibuses, todo terreno y motos, entre otros, la tasación fiscal se utiliza para determinar el valor del permiso de circulación, el cual debe ser pagado al municipio que otorga dicho permiso. Si un modelo no se encuentra en la nómina de tasación, le corresponderá al Director del Tránsito del municipio respectivo, asimilar el vehículo a uno que se encuentre registrado en dicha nómina y que reúna características similares en cuanto a origen, tipo, antigüedad y especificaciones técnicas.Para este periodo el listado de vehículos livianos publicado considera un total de 81.611 tasaciones. El valor mínimo del permiso de circulación en el país es de $34.876, monto que pagarán las variedades de vehículos con más años de antigüedad y con una tasación fiscal inferior a $3.487.600. En promedio, el resto de los vehículos registra una disminución de 12% en su tasación respecto al año anterior. Por otra parte, los vehículos eléctricos e híbridos con recarga eléctrica exterior, cuyo año de fabricación sea 2021 en adelante, pagarán un 25% del impuesto anual por permiso de circulación. Este beneficio rige para 661 tasaciones del listado, distribuidas en 63 marcas y en 181 modelos.En el caso de los vehículos pesados como camiones, buses urbanos, buses rurales, tracto camiones y acoplados, entre otros, la tasación permite calcular la base imponible sobre la cual debe aplicarse la presunción de renta, con el objeto de calcular el impuesto a la renta y el monto de los pagos provisionales mensuales establecidos en la normativa.Para llevar a cabo el proceso de tasación, las empresas importadoras, distribuidoras y comercializadoras de vehículos de todas las marcas, declaran al SII la información de las unidades comercializadas con su respectivo precio. Para este ciclo de tasación, participaron de esta instancia 72 empresas importadoras, distribuidoras y comercializadoras de marcas. Los recursos que provienen del pago del permiso de circulación son destinados exclusivamente al financiamiento de bienes y servicios comunales, que buscan mejorar la calidad de vida de sus habitantes, ya que permiten a los municipios realizar avances en áreas como programas sociales, alumbrado público, áreas verdes, zonas de recreación, entre otras. Según la normativa, el 37,5% de lo recaudado por un municipio se destina al presupuesto comunal, mientras que el 62,5% se integra al Fondo Común Municipal (FCM) para luego ser distribuido entre las 345 municipalidades del país, privilegiando a aquellas con mayores necesidades.Puede revisar la información asociada a este proceso en el Portal de Tasación de Vehículos. 

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  • Más de 104 mil personas han regularizado sus cuotas impagas de Préstamos Solidarios 2020 y 2021 por un total de $23 mil 230millones

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Más de 104 mil personas han regularizado sus cuotas impagas de Préstamos Solidarios 2020 y 2021 por un total de $23 mil 230millones\nSantiago, 1 de Septiembre de 2026\nMás de 104 mil personas han regularizado sus cuotas impagas de Préstamos Solidarios 2020 y 2021 por un total de $23 mil 230millones\nPara el Director del SII, Jorge Trujillo, estos resultados muestran dos cosas muy importantes: “el interés de las personas por regularizar su situación y la capacidad de los equipos del SII de enfrentar situaciones exigentes logrando gestionar la atención de las personas, así como también generar soluciones efectivas, lo que es muy destacable”.\nHasta el 31 de agosto, 104.916 personas que adeudaban una o más cuotas de los Préstamos Solidarios 2020 y 2021 regularizaron su situación por un total de $23.230 millones de pesos.Ello se tradujo en la presentación de 225.457 Declaraciones de Renta, dado que la normativa que rige estos beneficios estableció que la vía de pago de las cuotas era en las Operaciones Renta de los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.Las personas regularizaron su situación por dos vías: pagando su deuda aceptando la propuesta de Declaración de Renta de cada año adeudado o bien solicitando el cupón de pago o giro respectivo para realizar un convenio de pago con la Tesorería General de la República.Las regiones que registran los mayores montos regularizados son la Metropolitana ($11.345.228.567), Valparaíso ($2.235.196.922) y Biobío ($2.029.391.755). En tanto, las regiones que registraron los mayores montos solicitados a través de los Préstamos Solidarios 2020 y 2021 fueron la RM, con un monto superior a los $2.225 millones, el Maule, con más de $912 millones y Valparaíso, con más de $440 millones.Proceso de regularizaciónEl Director del Servicio de Impuestos Internos, Jorge Trujillo, recalcó que estos resultados muestran dos cosas muy importantes: “el interés de las personas por regularizar su situación y la capacidad de los equipos del SII de enfrentar situaciones exigentes logrando gestionar la atención de las personas, así como también generar soluciones efectivas, lo que es muy destacable”.En este sentido, recordó que “la entrega de estos beneficios representó siempre un desafío para nuestra institución, porque se trata de una tarea que excede lo tributario, pero que era muy necesaria dado el contexto que vivía el país en pandemia. Se realizó de la mejor forma posible con los recursos que contábamos, y hoy, en el marco del proceso de cobro de cuotas impagas, nuevamente los equipos se vieron exigidos, pero han logrado, una vez más, entregar el apoyo que las personas requieren para regularizar su situación”.Explicó que quienes solicitaron este beneficio no necesariamente estaban en contacto con el SII a través de la realización de trámites o presentación de declaraciones de impuestos. Por eso, si bien el trámite puede realizarse en línea, muchos requerían orientación y prefirieron ir a las oficinas del Servicio”. En este marco, “es más meritorio aún que los funcionarios les estén entregando apoyo y facilitando el trámite sumando esta labor a las que cumplen normalmente. Quiero reconocer este esfuerzo, porque estos resultados muestran que vale la pena su dedicación”, relevó el Director del Servicio.La autoridad indicó que “los primeros días hubo un aumento muy importante de atenciones en nuestras oficinas. Como Servicio, y en coordinación con los equipos de todo el país, fuimos adoptando medidas para mitigar esta situación y mantener la atención que requerían las personas. De esta forma, en conjunto con la Tesorería General de la República, facilitamos la obtención de los cupones de pago o giros para que las personas que hoy no pueden pagar igualmente puedan regularizar su situación a través de convenios de pago. También abrimos puntos de atención exclusivos en las zonas con más público, como Santiago Centro. Y hemos estado comunicando estas medidas en forma muy intensiva a través de distintos medios de comunicación”.El Servicio continuará siguiendo atentamente el desarrollo de este proceso para ir implementando los ajustes necesarios en cada etapa. “El compromiso de todos quienes integramos el SII es acompañar a las personas para que puedan regularizar su situación”, concluyó el Director.Opciones para regularizar la deudaCabe recordar que las personas tienen dos vías para regularizar sus cuotas impagas de los Préstamos Solidarios. Por una parte, si pueden pagar hoy, no necesitan ir a las oficinas del Servicio, dado que internet solo deben aceptar la propuesta de Declaración de Renta de cada uno de los años en que tienen cuotas impagas.Por otro lado, si no están en condiciones de pagar hoy su deuda, tienen dos opciones: Pueden esperar al 14 de septiembre, cuando podrán solicitar en el sitio web del SII el cupón de pago o giro, luego de presentar su Declaración de Renta por cada uno de los años adeudados, seleccionando la opción sin pago. Con dicho cupón, pueden suscribir un convenio de pago con la TGR. Pueden presentar una Petición Administrativa en sii.cl. Para acelerar su trámite, se creó especialmente la materia “F22 – Solicitar presentar F22 Préstamo Solidario”. Esta opción permite también obtener un cupón de pago por cada préstamo adeudado, con el que podrá suscribir, 8 días después, el convenio de pago ante la TGR y, de esta forma, regularizar su situación.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • SII invita a participar a empresas que desarrollan software para declarar el Formulario 22 por internet

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII invita a participar a empresas que desarrollan software para declarar el Formulario 22 por internet\nSantiago, 6 de Febrero de 2026\nSII invita a participar a empresas que desarrollan software para declarar el Formulario 22 por internet\nEl Servicio de Impuestos Internos invita a las empresas de informática, asesoría tributaria y a las que desarrollan internamente softwares para generar archivos conteniendo la Declaración Anual de Impuestos a la Renta (Formulario 22), a realizar la certificación correspondiente para el año tributario 2026.El plazo de presentación vencerá a las 12:00 horas del lunes 23 de febrero de 2026.REQUISITOS PARA PARTICIPAR: Breve solicitud enviada por el representante de la empresa, mediante correo electrónico, manifestando el interés por participar del proceso de certificación correspondiente al año tributario 2026, detallando lo siguiente: Razón social y RUT de la empresa. Identificación del(las) personas(s) que la va(n) a representar ante el SII, para efectos del proceso de certificación, detallando para cada uno de ellos: Nombre Ubicación física (dirección exacta) Número de teléfono (fijo directo, anexo y/o celular) Correo electrónico Archivo escaneado (PDF), del “Certificado de deuda” fiscal, emitido por la Tesorería General de la República con una antigüedad no superior a 20 días contados desde la fecha de Recepción de Proposiciones. No se aceptará otro tipo de certificados o pantallas.No participarán en este proceso de certificación aquellas empresas que posean deuda fiscal o giro de impuestos sin convenio vigente con Tesorería. Detallar la plataforma, versión y browser a utilizar en el desarrollo de la aplicación. Archivo escaneado (PDF) del RUT de la empresa. (*) (*): Requisito exigido sólo a aquellas empresas que participan por primera vez en este proceso.CONSIDERACIONES: El SII recuerda a los participantes del proceso de certificación, que éste se realizará en forma autónoma en el sitio web habilitado para tal efecto, por lo tanto, el Servicio de Impuestos Internos acreditará la correcta recepción de la información enviada por los participantes, pero no certificará el contenido y consistencia del Formulario 22 enviado. RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES: Las solicitudes deben ser dirigidas a la casilla de correo electrónico F22upload@sii.cl. Las propuestas serán recibidas hasta las 12:00 horas del lunes 23 de febrero de 2026.  CRITERIOS DE CERTIFICACIÓN:Para que la Casa de Software sea certificada debe cumplir con el envío exitoso al menos 6 casos con declaraciones con devolución y calzadas. Declaración persona natural Declaración persona natural con préstamo solidario Declaración persona natural con cotizaciones previsionales Declaración persona natural pro pyme Declaración persona natural pro pyme transparente Declaración persona natural 14A Declaración persona jurídica Régimen pro pyme Declaración persona jurídica Régimen pro pyme transparente Declaración persona jurídica Régimen 14A Declaración persona jurídica Régimen renta presunta Declaración persona jurídica con moneda extranjera Solo será válido un envío para persona natural, por lo tanto, el resto de los envíos exitosos debe ser proveniente de las distintas opciones de personas jurídicas.Si la casa de software no cuenta con alguno de estos casos, puede solicitar su reemplazo con el equipo de renta del SII a través del correo F22upload@sii.cl  

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Director del SII y Alcalde de Huechuraba presentan avances de la implementación de la Ley de Ferias Libres

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Director del SII y Alcalde de Huechuraba presentan avances de la implementación de la Ley de Ferias Libres \nSantiago, 11 de Abril de 2026\nRecorrieron la Feria La Pincoya:\nDirector del SII y Alcalde de Huechuraba presentan avances de la implementación de la Ley de Ferias Libres \n La norma, que entró en vigencia en enero, permite a los feriantes acogerse a un régimen de tributación especial para el sector, consistente en la aplicación de un impuesto sustitutivo del 1,5% sobre el monto total de cada venta, siempre que se inscriban en un registro dispuesto por el SII.  \nEn la comuna de Huechuraba existen 364 feriantes con patente municipal, de los cuales 194 ya están inscritos en el registro de ferias libres del SII. La Feria La Pincoya, en tanto, cuenta con 359 comerciantes de los cuales 181 ya se inscribieron en el registro, lo que equivale al 50,4% del total. Los feriantes que aún no lo han hecho, tienen plazo para registrarse hasta el 30 de junio próximo. \nDesde La Feria La Pincoya, de Huechuraba, el Director del Servicio de Impuestos Internos, Jorge Trujillo y el Alcalde de Huechuraba, Maximiliano Luksic, presentaron los principales avances de la implementación de la Ley N°21.745, que regula a las ferias libres y estableció un régimen de tributación especial para el sector, consistente en un impuesto sustitutivo del 1,5% sobre el monto total de cada venta, en lugar del 19% habitual del IVA. Hay que recordar que, para acogerse a este Régimen Especial, la Ley estableció entre otros requisitos: Contar con permiso o patente otorgado por la municipalidad en la que realicen la actividad. Esto será informado por la Municipalidad al SII. Que hayan iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, exclusivamente con el giro de ferias libres y otras actividades complementarias (servicios). Que el pago de sus ventas se realice por medios electrónicos autorizados por el SII Que se inscriban en el registro de Ferias Libres, a través del sitio web del SII  Con el objeto de facilitar el proceso de adaptación para los feriantes que presentaban dudas o dificultades para cumplir a la brevedad con los requisitos establecidos por Ley, el SII informó a fines de 2025 que estos contribuyentes contaban con un periodo de implementación progresiva que se extenderá durante el primer semestre de 2026, es decir, hasta el 30 de junio, para poder acogerse a este nuevo régimen de tributación.   Respecto de los operadores, administradores o proveedores de medios de pago electrónico que deben ser autorizados por el SII, el Ministerio de Hacienda publicó en el Diario Oficial el Reglamento N° 871, que estableció los requisitos, deberes de información y condiciones mínimas de servicio que deben cumplir estos operadores al ofrecer sus servicios a los comerciantes de ferias libres. Feria La PincoyaEn la comuna de Huechuraba existen 364 feriantes con patente municipal, de los cuales 194 ya están inscritos en el registro de ferias libres del SII. La Feria La Pincoya, en tanto, cuenta con 359 comerciantes de los cuales 181 ya se inscribieron en el registro, lo que equivale al 50,4% deltotal. Estas cifras “ reflejan el gran compromiso de estos comerciantes por informarse y cumplir con los requisitos para inscribirse en este régimen especial de tributación, cumpliendo así también, de manera correcta, con sus obligaciones tributarias”, destacó el Director del SII, Jorge Trujillo. ”Sabemos  -agregó-  que a nivel nacional otras ferias, en otras comunas y regiones, también están avanzando en este proceso,  por lo que el llamado es a acercarse al Servicio si tienen dudas e inscribirse a través de Internet, ya que de esta forma estarán aportando también a disminuir el comercio informal y combatir el comercio ilícito”. Por su parte, el alcalde de Huechuraba, Maximiliano Luksic, señaló que “este es un avance muy importante para nuestra comuna, y creemos que puede ser un modelo replicable en todo el país: más del 50% de los feriantes de La Pincoya ya se encuentran formalizados, lo que refleja un trabajo serio y conjunto entre el municipio, el Servicio de Impuestos Internos y los propios sindicatos. La formalización no sólo ordena la actividad, también abre oportunidades, entrega mayor seguridad y permite que nuestros feriantes puedan crecer con más herramientas y estabilidad”. En este proceso de implementación, los feriantes han contado con el apoyo del SII y de las propias municipalidades, mediante distintas charlas y capacitaciones para explicarles los beneficios de incorporarse a este nuevo régimen. Además, el SII dispuso de un espacio informativo en su sitio web, donde los contribuyentes pueden conocer los requisitos y funcionamiento, además de inscribirse en el Registro de Ferias Libres y estar al tanto de los medios de pago que pueden contratar para comenzar a operar en este nuevo sistema.  Respecto de la feria la Pincoya, el SII instaló un stand informativo donde los feriantes que aún no se inscrito pudieron aclarar sus dudas y cumplir con esta obligación. El sistema está hecho para guiarlos paso a paso en su inscripción: Si no ha hecho inicio de actividades, el sistema lo guiará paso a paso para que pueda completar este trámite en forma simple y desde la misma aplicación. Si tiene inicio de actividades, pero no tiene registrada alguna de las actividades que corresponden a ferias libres (478100 o 478900). La aplicación ajustará lo que corresponda para que quede debidamente inscrito. Avisará si no puede registrarse porque la Municipalidad no informó que cuenta con patente al día.  En este caso debe ponerse en contacto con el Municipio para que revise y rectifique la información.  Cabe señalar que, a nivel nacional, ya se han inscrito 11.840 contribuyentes, de los cuales 8.337 corresponden a la Región Metropolitana. De los inscritos, más del 55% realizó el inicio de actividades de manera simplificada, al momento de inscribirse en este registro. Respecto de los proveedores de medios de pago autorizados para prestar sus servicios a feriantes, ya se han inscrito 5: Sumup, BancoEstado, Compraquí, TUU, y Getnet (de Banco Santander). 

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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