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  • SII firma primer acuerdo de cooperacion con Grupo Empresarial después de la publicación de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII firma primer acuerdo de cooperacion con Grupo Empresarial después de la publicación de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias\nSantiago, 4 de Febrero de 2026\nSuscrito con ENEL a comienzos de enero:\nSII firma primer acuerdo de cooperacion con Grupo Empresarial después de la publicación de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias\nAntes de la implementación de esta norma, el Servicio contaba solo con un acuerdo de este tipo con un Grupo Empresarial Multinacional. La institución espera que el nuevo marco legal facilite la suscripción de más convenios de este tipo. \nLa Ley N°21.713, de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, estableció que los contribuyentes podrán obtener una certificación anual que indique que sus operaciones y estrategias fiscales cumplan con la sostenibilidad tributaria. También establece que el Servicio podrá firmar acuerdos de cooperación destinados a promover esta práctica con dos o más empresas, lo que producirá el mismo efecto que la certificación.\n“Fomentar una relación de colaboración permanente entre el Grupo Empresarial y el Servicio de Impuestos Internos, basada en la entrega anticipada de información relevante, la aplicación de buenas prácticas tributarias y el fortalecimiento de la transparencia, la confianza mutua y la gestión de riesgos fiscales, con el fin de prevenir y reducir las contingencias tributarias”. Este es uno de los pilares fundamentales del Acuerdo de Cooperación firmado entre el SII y ENEL, al que adhirieron 13 empresas de este Grupo Empresarial, dentro de las cuales se encuentran 2 de las principales empresas del IPSA, Enel Chile S.A. y Enel Américas S.A. Este acuerdo es el primero que se firma en el marco de la vigencia de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias (Ley COT), que incorporó una serie de normas que buscan promover la sostenibilidad tributaria y el cumplimiento tributario cooperativo. Concretamente, esta Ley establece que “los contribuyentes podrán obtener una certificación anual que indique que sus operaciones y estrategias fiscales cumplan con la sostenibilidad tributaria”. También establece que el Servicio podrá firmar acuerdos de cooperación destinados a promover la sostenibilidad tributaria con dos o más empresas, lo que producirá el mismo efeto que la certificación. Además, define que el SII mantendrá un registro de transparencia tributaria que indique el nombre y rol único tributario de los contribuyentes que cuenten con la certificación o hayan celebrado acuerdos de cooperación. Para la Directora (S) del SII, Carolina Saravia, la firma de este acuerdo “es una gran noticia, porque nos permite empezar a implementar la nueva norma. Como Servicio llevamos algunos años impulsando la sostenibilidad tributaria y, de hecho, ya contábamos con un acuerdo de colaboración, pero entendíamos que sin una norma específica era mucho más difícil lograr acuerdos de cooperación con Grupos Empresariales. Esperamos que este primer acuerdo sea el primero de muchos más con Grupos Empresariales, con el objeto de avanzar hacia el cumplimiento tributario cooperativo”. Desde el Grupo Enel en Chile destacaron que la firma de este acuerdo de colaboración con el Servicio de Impuestos Internos constituye un hito de gran relevancia para sus empresas, ya que marca el inicio de una nueva forma de relacionamiento con la autoridad fiscal, basada en una colaboración más ágil, transparente y alineada a las mejores prácticas internacionales. Este enfoque refuerza la sostenibilidad y la transparencia tributaria, entrega mayor certeza jurídica en materia fiscal a los negocios y se traducirá, finalmente, en una mayor eficiencia de los procesos y en un beneficio mutuo. El Acuerdo con ENEL Su objetivo central es promover la sostenibilidad tributaria por parte del Grupo Empresarial, a través del correcto pago de los impuestos y el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias de las empresas que conforman el grupo y adhieren a este acuerdo. El instrumento base de este tipo de acuerdos es el Plan de Cumplimiento Tributario que deben definir y adaptar las partes de acuerdo con la realidad del Grupo Empresarial, el que incluirá acciones concretas de asistencia, control y mejora continua. Entre los elementos que puede contener este plan, destacan: La implementación o fortalecimiento de la gobernanza fiscal y el marzo de control fiscal del grupo. El desarrollo de medidas de mitigación de riesgos tributarios La evaluación del nivel de contribución impositiva El cumplimiento de estándares internacionales de divulgación y transparencia  A partir de este acuerdo, el SII podrá obtener acceso a información transparente sobre las operaciones del grupo, relacionadas con reorganizaciones, ampliación de giros y mecanismos de financiamiento, entre otras materias. Con estos antecedentes, el SII podrá realizar revisiones preventivas, con el objeto de analizar oportunamente sus efectos tributarios y prevenir riesgos de incumplimiento, otorgando una mayor certeza jurídica a los contribuyentes. Para Grupos Empresariales como ENEL, la principal ventaja de estos Acuerdos de Cooperación es que podrán obtener una solución oportuna y eficaz a las situaciones de riesgo o controversias tributarias y obtener mayor certeza jurídica, entre otras. Así, en el marco de este acuerdo, el SII se compromete a: Aplicar acciones de tratamiento proporcionales al perfil de riesgo del Grupo Empresarial, considerando sus operaciones relevantes y su historial de cumplimiento, entre otras características. Retroalimentar técnicamente a ENEL respecto de sus prácticas de gobernanza fiscal, marco de control fiscal y la gestión de sus riesgos tributarios. Establecer canales de comunicación directos y adecuados para resolver y aclarar dudas. Asistir técnicamente a ENEL en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de registro, información, declaración y pago. Proponer y consensuar un Plan de Cumplimiento Tributario acorde al Grupo Empresarial.  Por su parte, ENEL se compromete a: Diseñar, implementar y mantener una gobernanza fiscal y un marco de control fiscal efectivos. Aplicar buenas prácticas de gestión tributaria y control interno adecuadas a las características y perfil de Riesgo del Grupo. Mantener canales de comunicación efectivos con el SII para la entrega oportuna de información. Mitigar los riesgos y brechas tributarias detectadas, promoviendo la mejora continua y sus controles y procedimientos internos. Asegurar un nivel adecuado de contribución impositiva, acorde con la realidad económica del grupo. Ejecutar íntegramente el Plan de Cumplimiento Tributario que se acuerde con el SII.  Por último, cabe señalar que la suscripción de este acuerdo no afectará el curso regular de los procesos de fiscalización o gestiones administrativas que se encuentre desarrollando el SII respecto de los contribuyentes integrantes del Grupo Empresarial. Experiencia en el mundo La cooperación para el cumplimiento tributario es un mecanismo de trabajo que ha tomado creciente relevancia en el marco de los análisis que realizan los países miembros de la OCDE, porque ha demostrado ser una forma eficaz para solucionar las brechas, riesgos y contingencias tributarias de los contribuyentes. Es por esto que la OCDE recomienda generar relaciones de mayor colaboración con los contribuyentes y sus intermediarios basadas en la confianza y cooperación. Esta mirada partió en el marco del análisis desarrollado por la OCDE respecto de los intermediarios tributarios, y que se reforzó en el foro de Administraciones Tributarias realizado en 2008, en Ciudad del Cabo, oportunidad en la que se entregaron las conclusiones de un estudio sobre estos intermediarios, entre las que destacaban la necesidad de incentivar la cooperación y confianza entre la administración tributaria y los contribuyentes, como un elemento fundamental para potenciar el cumplimiento tributario voluntario;  además de la necesidad de contar con una comunicación transparente entre la administración tributaria y el contribuyente en relación a su situación tributaria.  En base a este y otros análisis, la OCDE definió como principio matriz de la cooperación para el cumplimiento tributario la “Relación institucional que se basa en intenciones expresas y mutuas y no en reglas detalladas, que deben ir más allá de las relaciones legales, basadas en la comprensión, respeto y cooperación, con el objetivo de aplicar la ley de manera eficiente y oportuna, con base a una estricta reciprocidad, reconociendo no sólo la letra de la ley sino el espíritu” De esta forma, se estableció que los principios que deben regir al momento de implementar cualquier estrategia de colaboración tributaria son: Privilegiar la cooperación al control El entendimiento con el contribuyente basado en el conocimiento de su realidad empresarial La imparcialidad y proporcionalidad de los actos de la Administración Tributaria La apertura del contribuyente mediante la entrega de información oportuna y relevante a la Administración Tributaria La Transparencia mutua del Contribuyente y la Administración Tributaria La reactividad, agilidad y oportunidad de la Administración Tributaria en la interacción y respuestas a los contribuyentes

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • Más de 222 mil personas mayores accedieron a la rebaja de contribuciones correspondiente al Beneficio para Personas Mayores (BAM)

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Más de 222 mil personas mayores accedieron a la rebaja de contribuciones correspondiente al Beneficio para Personas Mayores (BAM)\nSantiago, 28 de Agosto de 2026\nMás de 222 mil personas mayores accedieron a la rebaja de contribuciones correspondiente al Beneficio para Personas Mayores (BAM)\nLa medida permitirá a los beneficiados ver su rebaja reflejada en las cuotas de contribuciones del segundo semestre de 2026 y el primer semestre de 2027, según corresponda a cada caso. \nBeneficiados pueden consultar en nuevo portal dispuesto en sii.cl para conocer si accederán a la reducción de 50% o 100% del monto a pagar, según sus ingresos y al cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley.\n El Servicio de Impuestos Internos informó que 222.788 personas mayores, 133.406 mujeres y 89.214 hombres, accedieron al Beneficio para personas Mayores conocido como BAM, el que les permite acceder a una rebaja de 50% o 100% en el monto a pagar de las contribuciones de acuerdo a sus ingresos y el cumplimiento de los requisitos legales.La medida permitirá a los beneficiados ver su rebaja reflejada en las cuotas de contribuciones del segundo semestre de 2026 (cuotas de septiembre y noviembre) y el primer semestre de 2027 (cuotas de abril y junio), según corresponda a cada caso.  Para facilitar el acceso a la información, el SII dispuso de un portal informativo en sii.cl donde se pueden conocer detalles y requisitos del beneficio, así como ingresar una solicitud de revisión en caso de no figurar como beneficiario.Con el nuevo portal, el SII avanza en su objetivo de fortalecer la atención y orientación a las personas mayores, facilitando el acceso a información tributaria sin necesidad de trámites presenciales.Cabe recordar que el Beneficio para Personas Mayores es una medida vigente, distinta de la eventual exención de contribuciones para la vivienda principal contemplada en el Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social que actualmente se encuentra en su trámite en el Tribunal Constitucional.Esta propuesta, que consideraría una exención voluntaria para personas de 65 años o más, sujeta a los requisitos que finalmente establezca la ley, es una iniciativa independiente, que se estima entraría en vigencia el 1 de enero de 2027.Revisa el portal AQUÍ

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • SII presenta nuevo portal sobre Impuesto Territorial para facilitar la comprensión de los contenidos y asistir a los contribuyentes en el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII presenta nuevo portal sobre Impuesto Territorial para facilitar la comprensión de los contenidos y asistir a los contribuyentes en el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias\nSantiago, 24 de Junio de 2026\nSII presenta nuevo portal sobre Impuesto Territorial para facilitar la comprensión de los contenidos y asistir a los contribuyentes en el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias\nEn esta primera instancia, la plataforma explica en lenguaje simple y con ejemplos cómo se calcula el tributo, quiénes están exentos, qué beneficios existen y cómo realizar solicitudes en línea\n El Servicio de Impuestos Internos (SII) puso a disposición de los contribuyentes un nuevo portal dedicado al Impuesto Territorial, diseñado para facilitar la comprensión del tributo y orientar a los propietarios de bienes raíces y a la ciudadanía sobre sus obligaciones, beneficios y trámites disponibles.La plataforma, disponible en sii.cl, aborda de manera clara y ordenada los aspectos fundamentales de este impuesto, el que se aplica sobre el avalúo fiscal de las propiedades conforme a lo establecido en la Ley N°17.235.Uno de los elementos centrales del portal es la explicación didáctica del proceso de cálculo. La plataforma detalla las cuatro etapas que determinan el monto a pagar: el avalúo fiscal, el avalúo afecto, la contribución neta anual y el valor de cada cuota. Además, informa sobre los montos y las exenciones existentes.El portal también incluye la información sobre cómo el impuesto se divide en cuatro cuotas anuales con vencimiento en abril, junio, septiembre y noviembre, y que las correspondientes al segundo semestre se reajustan según la variación del IPC.“Como Servicio sabemos que en este impuesto tenemos desafíos importantes y los estamos abordando, incrementando los niveles de transparencia, para que los contribuyentes tengan claridad del origen del valor de sus contribuciones. Por ejemplo, en esta primera etapa de las acciones, mediante este Portal se busca explicar en forma gráfica y didáctica, cómo se calculan las cuotas. Para el próximo reavalúo general no agrícola, los contribuyentes podrán consultar el cálculo de su caso específico e incluso revisar las muestras consideradas en el proceso”, comentó Pablo Muñoz Carvajal, Subdirector de Avaluaciones.  Ejemplos, solicitudes y beneficiosCon el fin de facilitar aún más la comprensión, el portal incluye ejemplos de cálculo descargables para diferentes tipos de inmuebles: casas, departamentos, estacionamientos, sitios eriazos y propiedades agrícolas de cultivo. Esta herramienta les permite a los propietarios estimar el monto de sus contribuciones según las características de su bien raíz.La plataforma concentra también el acceso a los principales beneficios y trámites relacionados con el Impuesto Territorial, incluyendo el Beneficio Adulto Mayor (BAM), la información sobre el alza gradual de contribuciones, y la posibilidad de ingresar solicitudes de revisión y tasación de propiedades, solicitar certificados, acceder al beneficio para adultos mayores y presentar reposiciones administrativas, todo desde un único punto de acceso en línea.El portal incorpora también un vínculo a la plataforma de Cartografía Digital del SII, que permite consultar en mapas en línea la ubicación de un predio, conocer su rol, destino, avalúo afecto y exento, y compararlo con su entorno. Esta herramienta ofrece una visión territorial integrada que complementa la información tributaria disponible.Finalmente, la plataforma cuenta con información sobre el proceso de reavalúo, es decir, sobre la actualización periódica de los valores de terreno y construcción de los bienes raíces a nivel nacional, conectando los contribuyentes y usuarios con portales especializados sobre procesos anteriores, ampliaciones de límites urbanos y su impacto tributario, y la sobretasa de bienes raíces.Revisa el portal AQUÍ

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • Servicio de Impuestos Internos y Consejo de Defensa del Estado firman convenio de intercambio de información y colaboración para potenciar la eficiencia y modernización de sus procesos

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Servicio de Impuestos Internos y Consejo de Defensa del Estado firman convenio de intercambio de información y colaboración para potenciar la eficiencia y modernización de sus procesos\nSantiago, 16 de Enero de 2026\nServicio de Impuestos Internos y Consejo de Defensa del Estado firman convenio de intercambio de información y colaboración para potenciar la eficiencia y modernización de sus procesos\nEn el marco de este convenio, ambas instituciones se comprometen a trabajar coordinadamente y prestarse colaboración en procesos o acciones de fiscalización mediante la entrega de información necesaria para el apoyo de estos procedimientos. \nEl Servicio de Impuestos Internos, a través de su Directora (S), Carolina Saravia, y el Consejo de Defensa del Estado, representado por su presidente, Raúl Letelier, firmaron un convenio de intercambio de información con el objetivo de potenciar la eficiencia y modernización de la gestión de ambas instituciones. Así lo explicó la Directora del SII, al destacar que “como Servicio buscamos trabajar de manera permanente con las distintas instituciones del Estado y poder colaborar con información relevante para el trabajo de cada institución. En este marco, la firma de este convenio es una muy buena noticia, porque nos permite seguir avanzando en modernizar nuestros procesos y convertirnos en instituciones cada día más eficientes”. Entre los alcances del acuerdo, ambas Instituciones se comprometen a trabajar coordinadamente y prestarse colaboración en procesos o acciones de fiscalización que se determinen y acuerden entre ambos organismos, en relación con intercambios de información que apoyen estos procedimientos. Cabe destacar que, como un elemento central del documento, ambas instituciones se obligan a utilizar la información recibida por su contraparte solo para los fines definidos por las partes, para lo que deberán mantener la confidencialidad de los datos.  Asimismo, se obligan a permitir el acceso a la información que forma parte de este servicio solo a los funcionarios que estrictamente tengan la autorización y la obligación de conocerla, evitando el acceso a terceros no autorizados. Además, se establece que, a petición de alguna de las instituciones firmantes, se brindará apoyo técnico mediante diversas acciones de capacitación, con el objeto de contribuir al buen cumplimiento de las funciones de cada uno de los organismos. Este convenio comenzará a regir el primer día del mes siguiente a aquel en que se produzca la total tramitación de la última resolución y/o decreto que lo apruebe.

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    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • Jorge Trujillo y Eduardo Cerna se reúnen para potenciar el trabajo conjunto en el combate de delitos tributarios y el comercio informal e ilícito

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Jorge Trujillo y Eduardo Cerna se reúnen para potenciar el trabajo conjunto en el combate de delitos tributarios y el comercio informal e ilícito\nSantiago, 9 de Abril de 2026\nPrimer encuentro entre Directores del SII y la PDI:\nJorge Trujillo y Eduardo Cerna se reúnen para potenciar el trabajo conjunto en el combate de delitos tributarios y el comercio informal e ilícito\n A comienzos de abril se realizó la primera reunión entre el Director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Jorge Trujillo y el Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, Eduardo Cerna, ocasión en la que acordaron potenciar el trabajo conjunto con estrategias investigativas innovadoras.Ambas autoridades reconocieron las labores realizadas especialmente en los últimos dos años, que ha permitido detectar casos complejos y ligados al crimen organizado, gracias a las investigaciones sustentadas  en el análisis criminal e inteligencia policial.Durante la reunión, se acordó continuar con el trabajo interagencial, con la generación de mesas de trabajo o reuniones para analizar situaciones específicas que requieran la vinculación de los equipos regionales.Finalmente, durante la cita se revisaron hitos desarrollados por ambas instituciones, asociados a operativos conjuntos, además de capacitaciones relacionadas al ecosistema de seguridad.Cabe destacar que en el encuentro también participaron la Subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia, y la Subdirectora (S) Jurídica de la institución, Bárbara Olivares y Lucio Martínez.

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    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • SII habilita punto de atención presencial en Santiago para atender consultas por proceso de pago de cuotas adeudadas de Préstamos Solidarios

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII habilita punto de atención presencial en Santiago para atender consultas por proceso de pago de cuotas adeudadas de Préstamos Solidarios\nSantiago, 25 de Agosto de 2026\nSII habilita punto de atención presencial en Santiago para atender consultas por proceso de pago de cuotas adeudadas de Préstamos Solidarios\n ·         El módulo de atención se encuentra ubicado en San Isidro 85, Santiago, a pasos del Metro Santa Lucía, y el horario de funcionamiento es de lunes a viernes de 9 a 14 horas.\n·         La medida busca asistir a los contribuyentes de manera especializada (solo consultas de Préstamo Solidario) sin tener que recurrir a las oficinas del Servicio donde se atienden todo tipo de consultas tributarias.\n El Servicio de Impuestos Internos habilitó a partir de hoy y hasta el 10 de septiembre próximo, un punto de atención especializado para recibir las consultas y gestionar el pago de las personas que mantienen cuotas pendientes del Préstamo Solidario 2020 o 2021 y que deben regularizar su situación.El módulo de atención se encuentra ubicado en San Isidro 85, Santiago, a pasos del Metro Santa Lucía, y el horario de funcionamiento es de lunes a viernes de 9 a 14 horas.La iniciativa busca asistir a los contribuyentes de manera especializada (solo consultas de Préstamo Solidario) y presencial, sin tener que recurrir a las oficinas del Servicio donde se atienden consultas de todo tipo.Cabe recordar que a partir del 14 de septiembre las personas que no puedan pagar ahora su deuda tendrán la opción de acceder en sii.cl a un cupón de pago con el que podrán suscribir 8 días después (es decir, el 22 de septiembre) un convenio ante la Tesorería General de la República (TGR), para regularizar su situación.  Reintegro del Préstamo Solidario A mediados de agosto el SII informó que cerca de un millón de contribuyentes que solicitaron algunos de los préstamos solidarios otorgados por el Estado en 2020 y 2021, no realizaron su declaración Anual de Impuestos al menos en una oportunidad, dentro del plazo establecido para el reintegro de los montos otorgados (es decir, entre 2022 y 2026), a pesar de contar con ingresos en dichos periodos.Según lo establecido por la legislación vigente, las personas que se encuentran en esta situación  (cerca de 900 mil) deberán reintegrar las cuotas del Préstamo Solidario que quedaron impagas producto de su declaración de impuesto en uno o más periodos hasta el 30 de noviembre. La primera opción, en caso de deuda, es presentar sus formularios de Renta de los años no declarados antes de fines de noviembre a través del sitio web del SII y utilizando la propuesta elaborada por el Servicio, y de esta forma, evitar cobros posteriores. Para pagar la deuda a través de la presentación de la Declaración de Renta del año o años adeudados, los contribuyentes encontrarán en sii.cl un paso a paso que los guiará en este proceso.La opción de pago, para quienes no cuentan hoy con recursos para pagar el préstamo, es como ya se mencionó, esperar al 14 de septiembre para contar con su cupón, con el que podrán realizar un convenio de pago con la TGR.El punto presencial se encuentra ubicado en:  

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • SII firma primer acuerdo de cooperacion con Grupo Empresarial después de la publicación de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII firma primer acuerdo de cooperacion con Grupo Empresarial después de la publicación de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias\nSantiago, 4 de Febrero de 2026\nSuscrito con ENEL a comienzos de enero:\nSII firma primer acuerdo de cooperacion con Grupo Empresarial después de la publicación de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias\nAntes de la implementación de esta norma, el Servicio contaba solo con un acuerdo de este tipo con un Grupo Empresarial Multinacional. La institución espera que el nuevo marco legal facilite la suscripción de más convenios de este tipo. \nLa Ley N°21.713, de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, estableció que los contribuyentes podrán obtener una certificación anual que indique que sus operaciones y estrategias fiscales cumplan con la sostenibilidad tributaria. También establece que el Servicio podrá firmar acuerdos de cooperación destinados a promover esta práctica con dos o más empresas, lo que producirá el mismo efecto que la certificación.\n“Fomentar una relación de colaboración permanente entre el Grupo Empresarial y el Servicio de Impuestos Internos, basada en la entrega anticipada de información relevante, la aplicación de buenas prácticas tributarias y el fortalecimiento de la transparencia, la confianza mutua y la gestión de riesgos fiscales, con el fin de prevenir y reducir las contingencias tributarias”. Este es uno de los pilares fundamentales del Acuerdo de Cooperación firmado entre el SII y ENEL, al que adhirieron 13 empresas de este Grupo Empresarial, dentro de las cuales se encuentran 2 de las principales empresas del IPSA, Enel Chile S.A. y Enel Américas S.A. Este acuerdo es el primero que se firma en el marco de la vigencia de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias (Ley COT), que incorporó una serie de normas que buscan promover la sostenibilidad tributaria y el cumplimiento tributario cooperativo. Concretamente, esta Ley establece que “los contribuyentes podrán obtener una certificación anual que indique que sus operaciones y estrategias fiscales cumplan con la sostenibilidad tributaria”. También establece que el Servicio podrá firmar acuerdos de cooperación destinados a promover la sostenibilidad tributaria con dos o más empresas, lo que producirá el mismo efeto que la certificación. Además, define que el SII mantendrá un registro de transparencia tributaria que indique el nombre y rol único tributario de los contribuyentes que cuenten con la certificación o hayan celebrado acuerdos de cooperación. Para la Directora (S) del SII, Carolina Saravia, la firma de este acuerdo “es una gran noticia, porque nos permite empezar a implementar la nueva norma. Como Servicio llevamos algunos años impulsando la sostenibilidad tributaria y, de hecho, ya contábamos con un acuerdo de colaboración, pero entendíamos que sin una norma específica era mucho más difícil lograr acuerdos de cooperación con Grupos Empresariales. Esperamos que este primer acuerdo sea el primero de muchos más con Grupos Empresariales, con el objeto de avanzar hacia el cumplimiento tributario cooperativo”. Desde el Grupo Enel en Chile destacaron que la firma de este acuerdo de colaboración con el Servicio de Impuestos Internos constituye un hito de gran relevancia para sus empresas, ya que marca el inicio de una nueva forma de relacionamiento con la autoridad fiscal, basada en una colaboración más ágil, transparente y alineada a las mejores prácticas internacionales. Este enfoque refuerza la sostenibilidad y la transparencia tributaria, entrega mayor certeza jurídica en materia fiscal a los negocios y se traducirá, finalmente, en una mayor eficiencia de los procesos y en un beneficio mutuo. El Acuerdo con ENEL Su objetivo central es promover la sostenibilidad tributaria por parte del Grupo Empresarial, a través del correcto pago de los impuestos y el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias de las empresas que conforman el grupo y adhieren a este acuerdo. El instrumento base de este tipo de acuerdos es el Plan de Cumplimiento Tributario que deben definir y adaptar las partes de acuerdo con la realidad del Grupo Empresarial, el que incluirá acciones concretas de asistencia, control y mejora continua. Entre los elementos que puede contener este plan, destacan: La implementación o fortalecimiento de la gobernanza fiscal y el marzo de control fiscal del grupo. El desarrollo de medidas de mitigación de riesgos tributarios La evaluación del nivel de contribución impositiva El cumplimiento de estándares internacionales de divulgación y transparencia  A partir de este acuerdo, el SII podrá obtener acceso a información transparente sobre las operaciones del grupo, relacionadas con reorganizaciones, ampliación de giros y mecanismos de financiamiento, entre otras materias. Con estos antecedentes, el SII podrá realizar revisiones preventivas, con el objeto de analizar oportunamente sus efectos tributarios y prevenir riesgos de incumplimiento, otorgando una mayor certeza jurídica a los contribuyentes. Para Grupos Empresariales como ENEL, la principal ventaja de estos Acuerdos de Cooperación es que podrán obtener una solución oportuna y eficaz a las situaciones de riesgo o controversias tributarias y obtener mayor certeza jurídica, entre otras. Así, en el marco de este acuerdo, el SII se compromete a: Aplicar acciones de tratamiento proporcionales al perfil de riesgo del Grupo Empresarial, considerando sus operaciones relevantes y su historial de cumplimiento, entre otras características. Retroalimentar técnicamente a ENEL respecto de sus prácticas de gobernanza fiscal, marco de control fiscal y la gestión de sus riesgos tributarios. Establecer canales de comunicación directos y adecuados para resolver y aclarar dudas. Asistir técnicamente a ENEL en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de registro, información, declaración y pago. Proponer y consensuar un Plan de Cumplimiento Tributario acorde al Grupo Empresarial.  Por su parte, ENEL se compromete a: Diseñar, implementar y mantener una gobernanza fiscal y un marco de control fiscal efectivos. Aplicar buenas prácticas de gestión tributaria y control interno adecuadas a las características y perfil de Riesgo del Grupo. Mantener canales de comunicación efectivos con el SII para la entrega oportuna de información. Mitigar los riesgos y brechas tributarias detectadas, promoviendo la mejora continua y sus controles y procedimientos internos. Asegurar un nivel adecuado de contribución impositiva, acorde con la realidad económica del grupo. Ejecutar íntegramente el Plan de Cumplimiento Tributario que se acuerde con el SII.  Por último, cabe señalar que la suscripción de este acuerdo no afectará el curso regular de los procesos de fiscalización o gestiones administrativas que se encuentre desarrollando el SII respecto de los contribuyentes integrantes del Grupo Empresarial. Experiencia en el mundo La cooperación para el cumplimiento tributario es un mecanismo de trabajo que ha tomado creciente relevancia en el marco de los análisis que realizan los países miembros de la OCDE, porque ha demostrado ser una forma eficaz para solucionar las brechas, riesgos y contingencias tributarias de los contribuyentes. Es por esto que la OCDE recomienda generar relaciones de mayor colaboración con los contribuyentes y sus intermediarios basadas en la confianza y cooperación. Esta mirada partió en el marco del análisis desarrollado por la OCDE respecto de los intermediarios tributarios, y que se reforzó en el foro de Administraciones Tributarias realizado en 2008, en Ciudad del Cabo, oportunidad en la que se entregaron las conclusiones de un estudio sobre estos intermediarios, entre las que destacaban la necesidad de incentivar la cooperación y confianza entre la administración tributaria y los contribuyentes, como un elemento fundamental para potenciar el cumplimiento tributario voluntario;  además de la necesidad de contar con una comunicación transparente entre la administración tributaria y el contribuyente en relación a su situación tributaria.  En base a este y otros análisis, la OCDE definió como principio matriz de la cooperación para el cumplimiento tributario la “Relación institucional que se basa en intenciones expresas y mutuas y no en reglas detalladas, que deben ir más allá de las relaciones legales, basadas en la comprensión, respeto y cooperación, con el objetivo de aplicar la ley de manera eficiente y oportuna, con base a una estricta reciprocidad, reconociendo no sólo la letra de la ley sino el espíritu” De esta forma, se estableció que los principios que deben regir al momento de implementar cualquier estrategia de colaboración tributaria son: Privilegiar la cooperación al control El entendimiento con el contribuyente basado en el conocimiento de su realidad empresarial La imparcialidad y proporcionalidad de los actos de la Administración Tributaria La apertura del contribuyente mediante la entrega de información oportuna y relevante a la Administración Tributaria La Transparencia mutua del Contribuyente y la Administración Tributaria La reactividad, agilidad y oportunidad de la Administración Tributaria en la interacción y respuestas a los contribuyentes

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • En forma anticipada al inicio de la Operación Renta del mes de abril, SII publica por primera vez información relevante sobre validaciones y observaciones para intermediarios y empresas

    ANÁLISIS CONTABLE:
    En forma anticipada al inicio de la Operación Renta del mes de abril, SII publica por primera vez información relevante sobre validaciones y observaciones para intermediarios y empresas \nSantiago, 16 de Marzo de 2026\nDisponible desde el viernes 13 de marzo en el sitio web del Servicio:\nEn forma anticipada al inicio de la Operación Renta del mes de abril, SII publica por primera vez información relevante sobre validaciones y observaciones para intermediarios y empresas \nEl objetivo central es que estos segmentos cuenten de manera oportuna con toda la información y orientación que requieren para enfrentar el proceso de Declaración de Renta sin dificultades. \nEl contenido incluye por primera vez información detallada respecto de las validaciones más relevantes que el SII aplica durante la etapa de presentación de las Declaraciones Juradas de Renta, así como durante la presentación del Formulario 22.\nDe manera inédita, estamos entregando a las empresas propuestas de códigos que constituyen una importante base y ayuda para sus declaraciones de Renta. \nCon el objeto de resolver con tiempo las diferentes dudas que puedan tener los profesionales tributarios y las empresas respecto de la Operación Renta 2026 y, de esta forma, contribuir a que el proceso se desarrolle sin mayores dificultades, el Servicio de Impuestos Internos publicó por primera vez la información más relevante que estos sectores deben conocerpara cumplir con este proceso correctamente relacionada con las observaciones y validaciones que aplica la institución. En este marco, el Servicio ofrecerá por primera vez una propuesta de montos para determinados códigos del Formulario 22 a las empresas, en base a información tributaria efectiva que el SII ya posee sobre su situación tributaria. Hasta el año pasado, solo advertían inconsistencias en la Declaración, sin mostrar las cifras concretas. Esta propuesta permitirá desde este año mostrar los montos sugeridos en determinados códigos del F22. También levantará alertas de modificación, mediante las validaciones “K”, cuando el usuario cambie un monto propuesto por el Servicio en base a las distintas fuentes de información disponibles, mostrándole la diferencia generada. El contribuyente podrá continuar con su declaración, confirmando el monto editado (lo que podría generar una observación) o bien, utilizar la propuesta ofrecida por el Servicio. En el caso de las validaciones “J”, se activarán cuando el contribuyente intente modificar códigos relacionados a deducciones al impuesto (como PPM., retenciones o créditos, entre otros). En este caso, no podrá continuar con la declaración y deberá previamente corregir la fuente original de información (por ejemplo, los Formularios 29 o 50 o las Declaraciones Juradas correspondientes), para poder enviar la declaración.   La información publicada para intermediarios y empresas también contiene las validaciones que el Servicio aplica al Formulario 22, destacando las más críticas, especialmente aquellas que comparan la Declaración de Renta con otras fuentes de información y cómo evitar posibles observaciones. También se incluye el aplicativo “información para empresas”, donde intermediarios y empresas podrán visualizar, en un solo lugar, toda la información que el SII maneja sobre sus operaciones comerciales Esta información es necesaria para que puedas realizar tu Declaración de Renta de manera simple y sin errores. Este espacio informativo dispuesto por el SII, contiene además las principales Declaraciones Juradas de Renta que intermediarios y empresas deben presentar, y que son fundamentales para que el Servicio pueda construir las propuestas de Declaración de Renta que ofrece a las personas; las características y obligaciones tributarias por régimen tributario; y las principales observaciones y validaciones que se aplican a las Declaraciones Juradas; además de recomendaciones a considerar antes, durante y después de presentar dichos formularios. También está disponible el calendario e instrucciones de presentación de estas declaraciones juradas, y el acceso al Escritorio Contable, aplicativo que le permite a los intermediarios revisar la situación de sus clientes en un solo lugar, optimizando así su tiempo y haciendo más fluido el proceso de presentación de las declaraciones juradas, así como de las Declaraciones de Renta. Para preparar esta Operación Renta 2026, el Servicio ha sostenido desde 2025 e inicios de 2026, distintas reuniones con representantes de los principales colegios de contadores, y con más de 800 generadores de contenidos tributarios para redes sociales, con el propósito de poder resolver con tiempo las diferentes dudas que puedan tener, para disminuir al máximo posible las observaciones en las declaraciones que el Servicio reciba en este proceso de Renta 2026.  En la medida en que la presentación de las Declaraciones Juradas se desarrolle adecuadamente, estaremos garantizando un proceso de Declaración de Renta sin mayores complicaciones.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII habilita nueva alternativa para solicitar cupón de pago de Préstamo Solidario por internet y suscribir convenio con TGR

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII habilita nueva alternativa para solicitar cupón de pago de Préstamo Solidario por internet y suscribir convenio con TGR\nSantiago, 27 de Agosto de 2026\nVía Petición Administrativa\nSII habilita nueva alternativa para solicitar cupón de pago de Préstamo Solidario por internet y suscribir convenio con TGR\nEsta iniciativa se suma a otras alternativas dispuestas para que las personas pueden realizar este trámite en forma rápida y segura en el sitio web, sin tener que ir presencialmente a una de las oficinas.\n En el marco del cobro de las cuotas impagas de los Préstamos Solidarios 2020 y 2021, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dispuso en su sitio web la opción de solicitar vía Petición Administrativa un cupón de pago por cada préstamo adeudado, con el que se podrá suscribir, 8 días después, un convenio de pago ante la Tesorería General de la República (TGR) y regularizar la situación.Para ello, las personas deben entrar a sii.cl, menú “ayudas”, opción “servicios online” y seleccionar “Petición Administrativa”. Una vez ahí, deben ingresar con su clave tributaria, y elegir la alternativa “F22 Pendientes de Préstamo Solidario”. En ese punto el solicitante deberá completar la información con lo que habrá quedado ingresada su petición administrativa. Una vez recibido el cupón de pago, los contribuyentes deberán espera 8 días para solicitar el convenio de pago con TGR.Esta iniciativa se suma a otras alternativas dispuestas por el ente fiscalizador, con las que los contribuyentes pueden realizar este trámite en forma rápida y segura en el sitio web, sin tener que ir presencialmente a una de las oficinas. Entre ellas, declarar los periodos de renta correspondientes y realizar el pago directo en el sitio web con rebaja de multas e intereses en caso de que cuente con los recursos. También puede obtener, a partir del 14 de septiembre, el cupón de pago para suscribir posteriormente un convenio con TGR (8 días después).A lo dispuesto en el sitio web, el SII agregó in punto de atención presencial exclusivo para Préstamo Solidario dispuesto en San Isidro 85, Santiago, donde se estarán atendiendo consultas hasta el 10 de septiembre, entre las 9 y 14 horas.Toda la información y ayudas, se encuentran disponibles en https://www.sii.cl/destacados/prestamo_solidario/pago/para acompañar a las personas en cada una de las etapas del proceso y que puedan regularizar su situación de forma expedita.Reintegro del Préstamo SolidarioCabe recordar que a mediados de a agosto el SII informó que cerca de un millón de contribuyentes que solicitaron algunos de los préstamos solidarios otorgados por el Estado en 2020 y 2021, no realizaron su declaración Anual de Impuestos al menos en una oportunidad, dentro del plazo establecido para el reintegro de los montos otorgados (es decir, entre 2022 y 2026), a pesar de contar con ingresos en dichos periodos.Según lo establecido por la legislación vigente, las personas que se encuentran en esta situación y que cuentan con menos ingresos (cerca de 900 mil) deberán reintegrar las cuotas del Préstamo Solidario que quedaron impagas producto de su declaración de impuesto en uno o más periodos hasta el 30 de noviembre. Préstamo Solidario 2020 y 2021La normativa estableció que este beneficio -destinado a apoyar a las personas a enfrentar las consecuencias de la pandemia del Covid- debería ser pagado en 4 cuotas anuales, a través del proceso de declaración de Renta. La primera cuota correspondía al 10% del monto total solicitado, mientras las tres restantes, equivalían a un 30% de dicho total.Cada pago anual no podía superar el 5% de los ingresos obtenidos cada año. Si por la aplicación de este límite, luego de la cuarta cuota se mantenía un saldo por reintegrar, la ley estableció que éste sería condonado.Con el objeto de facilitar el pago de las cuotas anuales asociadas a este beneficio, a través de la Declaración de Renta, se estableció también la obligación, tanto para trabajadores dependientes como independientes y empresarios individuales, de someterse a una retención adicional del 3% mensual de sus impuestos.Si producto de estas retenciones se producían excedentes, luego del pago de la cuota respectiva del préstamo, el contribuyente podía abonarlos a las cuotas siguientes o bien, solicitar su devolución en la misma Operación Renta.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Contribuyentes pueden declarar y pagar IVA hasta el 23 de febrero sin multas e intereses

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Contribuyentes pueden declarar y pagar IVA hasta el 23 de febrero sin multas e intereses\nSantiago, 20 de Febrero de 2026\nContribuyentes pueden declarar y pagar IVA hasta el 23 de febrero sin multas e intereses\n El Servicio de Impuestos Internos informó que los contribuyentes podrán presentar su declaración de IVA hasta el 23 de febrero sin multas ni intereses, debido a dificultades técnicas que afectaron en forma intermitente la disponibilidad de este sistema en www.sii.cl.Esta medida, que busca facilitar el cumplimiento tributario de aquellos contribuyentes que intentaron presentar su declaración en los momentos en que el sitio presentó estás dificultades de acceso, se aplicará en forma automática.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre