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  • SII inicia mesa de trabajo con la CNC para facilitar implementación de nuevas exigencias en el traslado de bienes

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII inicia mesa de trabajo con la CNC para facilitar implementación de nuevas exigencias en el traslado de bienes\nSantiago, 30 de Abril de 2026\nNueva normativa entrará en vigor el 1 de noviembre de 2026\nSII inicia mesa de trabajo con la CNC para facilitar implementación de nuevas exigencias en el traslado de bienes\n Con el objetivo de facilitar la correcta implementación de la normativa que establece nuevos requisitos para los documentos que respaldan el traslado de bienes corporales muebles, el Subdirector de Asistencia al Contribuyente (S) del Servicio de Impuestos Internos, Christian Soto, se reunió con la secretaria general de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), María Ignacia Rodríguez, y el fiscal de la CNC, Sebastián Hurtado, para dar inicio a una mesa de trabajo entre ambas instituciones, orientada a facilitar la preparación adecuada y oportuna de todos los actores involucrados en el cumplimiento de las nuevas obligaciones a partir de noviembre del presente año.En la reunión, en la que también participaron Óscar Bizama, jefe (S) de Sistemas y Operaciones de Documentos Tributarios Electrónicos, y Alexis Vera, jefe de gabinete, ambos de la SDAC, se acordó la realización de mesas de trabajo por sector, que permitan abordar y relevar adecuadamente las particularidades de los distintos rubros que agrupa la organización gremial, con el fin de dar respuesta oportuna a sus consultas, considerando las necesidades de cada negocio.El Subdirector de Asistencia al Contribuyente (S), Christian Soto, explicó que “la nueva normativa fortalece la trazabilidad y moderniza la fiscalización en la cadena logística durante el traslado de bienes y como Servicio buscamos que su puesta en marcha se realice de la mejor forma posible y de manera coordinada con todos los actores involucrados. Por ello, valoramos estas instancias, que permiten resolver inquietudes y entregar la información y herramientas necesarias para una correcta implementación”. En ese marco, agregó: “En los próximos meses, como Servicio, seguiremos promoviendo este tipo de actividades y desarrollando un plan intensivo de capacitación y difusión con los actores involucrados”.Para el jefe (S) de la Oficina de Documentos Tributarios Electrónicos, Oscar Bizama, “es importante contar con la información de todos los grupos de interés en el mercado chileno, que nos ayuda a entender los distintos modelos de negocio que operan con el documento electrónico guía de despacho, para fortalecer nuestra misión institucional. Esta mesa de trabajo se suma a las ya sostenidas con las Asociaciones de Agentes de Aduana, Ministerio de Transportes, entre otras agrupaciones.”Principales cambiosLa nueva normativa busca fortalecer la fiscalización en el traslado de bienes corporales, por su importancia en el control del comercio informal, el cumplimiento tributario y la trazabilidad. El SII postergó su entrada en vigor para el 1 de noviembre de 2026, a través de la publicación de la Resolución Exenta N° 52 del 10 de abril de 2026. Los cambios apuntan a incluir información detallada y específica en los documentos que amparan el traslado de bienes corporales muebles afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre estos: Mayor precisión de la información: Dirección exacta de origen y destino. Identificación detallada del transporte: Datos del chofer, RUT del transportista y placa patente. Especificación acuciosa de los bienes: Cantidad, peso, volumen y valores unitarios. Clasificación de tipos de traslado: Diferenciación entre ventas y movimientos internos. Control de traslados prolongados: Registro de fecha y hora de inicio efectivo. También se contempla la creación de un Registro de Guías de Despacho que contribuirá a la modernización de la gestión y control para los contribuyentes y del SII.Más información en:Resolución Exenta N°154 del 5 de noviembre de 2025Resolución Exenta N°52 del 10 de abril de 2026

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Bajan las declaraciones con observaciones del SII en cerca de un 13% y TGR devuelve excedentes aproximadamente a 2,8 millones de contribuyentes

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Bajan las declaraciones con observaciones del SII en cerca de un 13% y TGR devuelve excedentes aproximadamente a 2,8 millones de contribuyentes \nSantiago, 7 de Julio de 2026\nBalance de Operación Renta 2026: \nBajan las declaraciones con observaciones del SII en cerca de un 13% y TGR devuelve excedentes aproximadamente a 2,8 millones de contribuyentes \nLas declaraciones recibidas por el SII totalizaron 5.111.367. Los montos pagados superaron los $6,1 billones, mientras que los solicitados como devolución alcanzaron los $4,9 billones, con lo que con lo que el resultado neto del proceso, por segundo año consecutivo, fue positivo.\nLa suma total transferida por TGR a los contribuyentes ascendió a $3,2 billones, mientras que se aplicaron compensaciones a 131.119 deudores CAE y retenciones a 36.817 deudores de pensiones de alimentos.\nEn la Operación de Renta 2026, el SII recibió un total de 5.111.367 declaraciones, cifra que representó un aumento cercano al 1% respecto a las recibidas el año anterior. De este total, 3.534.132 correspondieron a personas naturales y 1.577.235 a empresas.    Declaraciones 2025 Declaraciones 2026   Con pago Devolución calzadas Con pago Devolución Calzadas Personas 528.609 2.683.276 327.123 462.352. 2.678.707 393.073 Empresas 265.152 748.533 508.900 270.783 770.427 536.025 Total 793.761 3.431.809 836.093 733.135 3.449.134 929.098  Las declaraciones que resultaron con pago en este proceso llegaron a $6,1 billones, mientras que las que solicitaron devolución alcanzaron a $4,9 billones, con lo que con lo que el resultado neto del proceso, por segundo año consecutivo, fue positivo.   SEGMENTO # Total Solicitudes devolución Monto Solicitado (MM$) Monto Autorizado (MM$) # Solicitudes autorizadas total o parcialmente % solicitudes autorizadas total o parcialmente Personas 2.678.707 948.647 836.065 2.601.493 97% Empresas 770.427 3.951.934 2.906.273 697.625 91% Total 3.449.134 4.900.581 3.742.337 3.299.118 96%  Por otro lado, las declaraciones de Renta de 465.223 contribuyentes resultaron observadas, cifra que representa una disminución de 12,7% respecto de las declaraciones observadas en 2025. Devoluciones efectivas y retenciones TGRDe acuerdo con los datos de Tesorería General de la República, del total de las declaraciones que solicitaban devolución de impuestos, 2.797.715 contribuyentes recibieron efectivamente su devolución, por un total $3,25 billones. Esto, luego de aplicar retenciones y/o compensaciones a 740.512 personas por $162.766 millones.  De los contribuyentes beneficiados con las devoluciones, 2.537.285 son personas naturales y 260.430 empresas. Dentro de las compensaciones aplicadas por TGR destacan las realizadas a los deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), que afectó a 131.119 contribuyentes en 2026. A estos TGR les retuvo $20.208 millones. Recaudación por compensación a deudores CAE   Fases Cantidad de deudores Montos $ 1ª emisión 43.721 5.711.568.849 2ª emisión 47.899 7.763.120.715 3ª emisión 39.499 6.733.358.661 Total general 131.119 20.208.048.225  Respecto de los deudores de pensión de alimentos, en Operación Renta 2026 TGR aplicó retenciones a 36.817 contribuyentes, por un total de $5.797 millones, cifra superior a las retenciones de este tipo realizadas en años anteriores. Retenciones a deudores de pensión de alimentos Años Contribuyentes con retenciones Cantidad beneficiarios/as Montos $ 2023 8.019 8.276 1.668.428.849 2024 22.009 23.971 4.390.627.295 2025 26.978 30.051 5.106.805.325 2026 32.250 36.817 5.797.000.827 Total 89.256 99.115 16.962.862.296  Otras compensaciones aplicadas corresponden a deudos por subsidio al empleo (Sence), a instituciones de salud y previsionales, entre otras. Total de retenciones y compensaciones   Total Retenciones y compensaciones Cantidad  Monto $ Compensaciones (incluye CAE TGR) 438.450 95.657.018.473 Retención Crédito Universitario (Fondo Solidario) 81.100 22.796.353.079 Retención CAE (bancos) 31.812 5.500.646.441 Retención deudores de pensiones de alimentos 36.817 5.797.000.827 Retención subsidio al empleo (Sence) 62.918 2.414.438.809 Retención judicial y previsional 43.159 26.721.191.749 Retención instituciones de salud 26.963 1.348.025.997 Retención quiebras y egresos cuestionados 9.552 1.931.209.945 Otras retenciones 9.417 134.196.348 Retención mandatos normales 324 465.643.233 Total compensaciones + retenciones 740.512 162.765.724.901   Otros resultados del Proceso En este año se recibieron 2.386.845 Declaraciones Juradas, lo que representa un alza del 6,6% respecto del año anterior. Dentro de ellas destaca la recepción de las Declaraciones Juradas de Sueldos (1887) y Honorarios (1879), que representan más de 40% del total, y que son el insumo principal para para generación de propuestas para las personas naturales. El SII, en su compromiso de facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes utilizando la información disponible y, tal como en años anteriores, realizó una propuesta de la Declaración Jurada de Honorarios a 594.000 contribuyentes y de la Declaración Jurada de Sueldos a 113.000 contribuyentes, simplificando su obligación.  Del total de declaraciones de renta recibidas, el 86% utilizó la propuesta preparada por el SII. Este porcentaje llegó al 95,5% en el caso de las declaraciones de personas y al 64,8%, en el caso de las empresas. Asimismo, 3.449.134 declaraciones correspondieron a solicitudes de devolución; 733.135 a declaraciones con pago de impuestos y 929.098 a declaraciones calzadas, es decir, sin devolución ni pago.   \n   Respecto de las cotizaciones previsionales, en esta Operación Renta 509.481 trabajadores independientes las pagaron con cargo a su declaración de impuestos. De estas personas, 420.375 eligieron cobertura parcial, mientras que 89.106 trabajadores independientes optaron por cobertura total.    AT2026 AT2025 Cobertura Cantidad Pagos con Rentenciones (MM$) Cantidad Pagos con Rentenciones (MM$) Total 89.106 127.037 68.065 81.600 Parcial 420.375 631.558 458.654 582.094 Total 509.481 758.595 526.719 663.694     Préstamo SolidarioEste año, 394 mil declaraciones pagaron la última cuota del Préstamo Solidario 2021, por un total de $104.000 millones. Sin embargo, existe cerca de un millón de contribuyentes que, luego de haber solicitado alguno de los préstamos, no realizaron su Declaración de Impuestos en al menos una oportunidad, en el plazo establecido para el reintegro de los dineros solicitados (2022-2026). Los contribuyentes que se encuentren en esta situación deberán reintegrar las cuotas del préstamo solidario que quedaron impagas producto de su no declaración de impuestos en uno o más periodos. El llamado a este grupo es a presentar los formularios de Renta de los años no declarados, para evitar cobros posteriores, que el Servicio iniciará en las próximas semanas. Rectificatorias 2026El SII dispuso en el sitio sii.cl,un portal especialmente diseñado para facilitar el cumplimiento tributario de las personas y empresas cuyas declaraciones presentan observaciones por diferencias con la información obtenida a partir de las Declaraciones Juradas. En la sección, “Renta Rectificatorias”, opción «Corregir o rectificar declaración», los usuarios pueden realizar un seguimiento en línea y acceder a una propuesta de rectificatoria ofrecida por el SII, en los casos en que el sistema detecte diferencias subsanables automáticamente. También puso a disposición de los contribuyentes información sobre las principales observaciones de renta, donde se explican los algoritmos de cálculo y las razones específicas de dichas observaciones para personas y empresas. Además de identificar el error, la herramienta entrega guías directas para resolver las Observaciones y una lista de documentos que se deben presentar, en caso que corresponda subsanar la inconsistencia. Evolución de Impuestos totales Los impuestos totales declarados en esta Operación Renta 2026 aumentaron un 1,8% real respecto al año anterior, pasando de US$ 21.267 millones a US$ 21.654 millones, lo que equivale a una mayor recaudación de US$388 millones. Este resultado respondió, principalmente, a un alza liderada por los impuestos asociados a la actividad minera, que crecieron un 12,8% real (US$ 308 millones) con una incidencia de 1,4 puntos porcentuales (79,5% del total).Este incremento se explica por la consolidación del Royalty Minero (Ley 21.591), que entró en vigor en enero 2024 y que, para el ejercicio tributario 2026, generó US$ 2.432 millones. El Impuesto de Primera Categoría explica la mayor parte del aumento restante, evidenciando el año tributario 2026 un incremento del 1,4% (US$ 227 millones), con una incidencia de 1,1 puntos porcentuales llegando al 58,6% del total de los impuestos determinados de la Operación Renta. Los sectores económicos que más aportaron a este resultado del Impuesto de Primera Categoría fueron Minería y Construcción. Así, en Minería, el impuesto aumentó en 20% real, equivalente a US$ 725,5 millones, mientras que, en Construcción, el Impuesto de Primera Categoría aumentó 27% real en el período, equivalente a US$ 203,2 millones.  Grandes empresas minerasSi bien los resultados muestran que las 10 grandes empresas mineras privadas, registraron un aumento del 2,7% en la declaración de Impuesto de Primera Categoría, hay que destacar que este resultado considera la caja consolidada en pesos, expresada en dólares de abril de 2026. Esto es relevante desde el punto de vista metodológico, ya que el resultado de las grandes empresas mineras tiene una doble transformación, que este año impacta negativamente, tanto por el efecto del IPC, como por la apreciación del tipo de cambio. Si se comparan directamente los montos declarados en dólares, moneda en que dichas empresas presentan su declaración de impuestos a la renta, el crecimiento supera el 16%. Por otro lado, si se amplía el listado, considerando a las 20 empresas mineras privadas de cobre que pagan impuesto de primera categoría, el incremento del año tributario 2026, respecto del año tributario 2025, es del 36,3%. Detalle Impuestos Declarados Operación Renta 2026 vs Operación Renta 2025    Operación RentaMillones US$ Abril 20261 Diferencia     2026 2 2025 3 Mill. US$ Abril 2026 % Primera Categoría4 16.180 15.952 227 1,4% Grandes Mineras Privadas5 2.870 2.796 74 2,7% Otras Empresas 13.309 13.156 152 1,2% Impuesto Adicional6 587 762 -175 -22,9% Impuesto Actividad Minera 2.710 2.402 308 12,8% Impuesto Específico a la Minería 278 183 94 51,4% Royalty Minero7 2.432 2.218 213 9,6% Global Complementario 1.594 1.672 -78 -4,7% Adicional Empresas del Estado 399 347 52 15,1% Otros8 182 129 53 40,9% Total 21.654 21.266 387 1,8%  Notas: La información proviene de las cifras declaradas en todos los Formularios 22 enviados dentro del plazo legal de las Operaciones Renta 2026 y 2025.1) Cifras originales en pesos reales de abril de 2026, expresados en dólares con el tipo de cambio observado el 04 mayo 2026: 903,05$/US$. Las declaraciones presentadas en moneda extranjera son contabilizadas en pesos con el tipo de cambio de la Operación Renta respectiva.2) Cifras en base a declaraciones válidas a última emisión de operación renta 2026.3) Cifras en base a declaraciones válidas a última emisión de operación renta 2025.4) Impuesto de Primera Categoría considera: empresas acogidas al Régimen Propyme, según art 14 D) N°3; empresas acogidas al régimen de imputación parcial de créditos, según art. 14 letra A) LIR; contribuyentes o entidades sin vínculo directo o indirecto con propietarios afectos a IGC o IA, según art. 14 G); rentas presuntas, según art. 34; rentas efectivas determinadas sin contabilidad completa; pago voluntario a título de IDPC, según art. 14 letra A) N° 6 LIR; Diferencia de créditos por IDPC otorgados en forma indebida o en exceso, según art. 14 letra A) N° 7 LIR.5) Grupo de Grandes Empresas Mineras definido por Dirección de Presupuestos para monitoreo del sector minero privado.6) Impuesto Adicional considera: Impuesto adicional en carácter de único de activos subyacentes; Impuesto Adicional en carácter de único con tasa 35 % sobre exceso de endeudamiento de contribuyentes domiciliados, residentes, constituidos o establecidos en Chile; Impuesto adicional por retiros remesados al exterior; Diferencia de Impuesto Adicional por crédito indebido por IDPC o por crédito indebido art. 41 A) para empresas del régimen de imputación parcial de créditos y Pro-Pyme General; Tasa adicional 10% sobre gastos rechazados y otras partidas según art. 21 inciso 3° LIR; Retención de IA con tasa 45% sobre gastos rechazados y otras partidas según art. 21 inciso 3° LIR para empresas del régimen de imputación parcial de créditos y Pro-Pyme General; Retención de IA con tasa 35% sobre rentas atribuidas por empresas acogidas a los regímenes sin contabilidad completa (incluye Pro-Pyme transparente) y/o Rentas Presuntas; Débito Fiscal por restitución crédito por Impuesto de Primera Categoría.7) Royalty minero creado en Ley 21.591 del 10 de agosto de 2023. Agrega los dos componentes de este impuesto (ad valorem y del margen).8) Partida Otros para ambos años incorpora: Impuesto Único de 10% por enajenación de bienes raíces según letra b) N° 8 del Art. 17 y/o Art. 4 Ley N° 21.078; Impuesto único de 40% sobre gastos rechazados y otras partidas, según art. 21 inc. 1°, art. 14 letra A) N° 9 LIR; Impuesto único de 10% por enajenación o rescate de acciones de S.A. con presencia bursátil, de cuotas de fondos de inversión y fondos mutuos, según art. 107 LIR vigente a partir del 02.09.2022; Contribución para el desarrollo regional según art. 32° Ley N° 21.210; Impuesto Único 10% según Art. 82 Ley N° 20.712; Impuesto Único tasa 25% por distribuciones desproporcionadas, según artículo 39 transitorio Ley N° 21.210; Impuesto único talleres artesanales; Impuesto único pescadores artesanales; Impuesto Único por Retiros de Ahorro Previsional Voluntario, según N° 3 inciso 1° Art. 42 bis.    

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • En el marco de la Ley de Reconstrucción estamos escuchando a distintos asesores y expertos para considerar sus opiniones durante su implementación

    ANÁLISIS CONTABLE:
    En el marco de la Ley de Reconstrucción estamos escuchando a distintos asesores y expertos para considerar sus opiniones durante su implementación \nSantiago, 16 de Octubre de 2026\nDirector Jorge Trujillo en Seminario organizado por SOFOFA y KPMG:\nEn el marco de la Ley de Reconstrucción estamos escuchando a distintos asesores y expertos para considerar sus opiniones durante su implementación \n Al participar en el Seminario “Implementación de la Reforma Tributaria y una mirada al proyecto MK4”, el Director del SII destacó que “la institución cuenta con una amplia experiencia en materia de reformas tributarias, lo que nos ha permitido desarrollar las capacidades necesarias para lograr que la implementación de esta Ley sea de manera efectiva”.\nEl Director del Servicio de Impuestos Internos, Jorge Trujillo, junto al Subdirector Normativo del SII, Simón Ramirez, participaron en el Seminario “Implementación de la Reforma Tributaria y una mirada al Proyecto MK4, organizado por la SOFOFA y KPMG. En la ocasión, el Director del SII destacó “la experiencia que tienen los distintos equipos del SII en la implementación de reformas tributarias, lo que nos ha permitido desarrollar las capacidades necesarias para lograr la implementación de la Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social de manera efectiva”. La autoridad agregó que, desde la presentación del proyecto de Ley, los equipos del SII han estado trabajando en la preparación de su implementación, buscando garantizar la simplicidad de las medidas y la entrega de información oportuna, a través de la publicación de las correspondientes resoluciones y circulares, que contendrán las instrucciones y elementos operativos de cada norma. En este punto, destacó que un elemento clave para la institución es el desarrollo de la confianza de los contribuyentes y la ciudadanía en general, es por ello que relevó el trabajo que se viene desarrollando con distintos especialistas y actores relacionados con esta ley, para ir abordando sus dudas y opiniones, y considerarlas en la construcción de las instrucciones normativas que correspondan. “De hecho, después de esta actividad, participaremos en una reunión con un grupo de asesores y expertos para escuchar sus opiniones antes de emitir las instrucciones respectivas. A esto se suman las reuniones con el Consejo Tributario y luego el proceso de consulta pública, donde se van a terminar de afinar las instrucciones”. Consultado por la nueva norma de Repatriación de capitales, el Director sostuvo que “el espíritu de la ley es que esta oportunidad de regularización de las inversiones en el exterior sea bien aprovechada. Estamos diseñando una implementación que incentive a que los contribuyentes se acojan a esta medida y consulten en forma previa las dudas que puedan tener producto, especialmente de la complejidad de las rentas provenientes de algunas inversiones en el exterior” “Ya ha habido procesos como este, así es que creo que es muy importante que los contribuyentes aprovechen este nuevo espacio que se abre. Las posibles sanciones para quienes no se acojan a esta modalidad en el plazo establecido son parte del trabajo habitual de análisis de riesgos del SII”, explicó Jorge Trujillo. El Director del SII recordó que “la institución que dirige tiene cada vez más información de las inversiones de chilenos en el exterior, hay convenios de intercambio de información, hay más de 140 jurisdicciones que reportanantecedentes. Nosotros recibimos cada año en septiembre, información del cierre del año anterior, y estamos generando constantemente evaluaciones respecto de dichos antecedentes”. Por último, respecto del uso de la Inteligencia Artificial, el Director señaló que lo ve como una oportunidad, “en especial para nuestro Servicio, que se ha caracterizado siempre por tener un buen desarrollo tecnológico. Esta ha sido la base de la eficiencia y eficacia del Servicio en las tareas que emprende. Lo vimos con las declaraciones por internet, lo vimos luego con el desarrollo de la factura electrónica, con las propuestas de declaración de impuestos, en las cuales nos destacamos por sobre muchos países de la OCDE”. Agregó que “la tecnología nos permite procesar de manera más eficiente la información con la que contamos, además permite permanentemente entregar mayores herramientas de facilitación, que sean más simples y cercanas para los contribuyentes, y nos permitirá potenciar los análisis de los riesgos de incumplimiento y focalizar nuestras acciones de control hacia aquellas áreas de mayor impacto en la recaudación, siempre resguardando la seguridad de los datos de nuestros contribuyentes. Finalmente, el Director del SII sostuvo que el desafío que tienen por delante todos los actores involucrados del sistema tributario es lograr “que el cumplimiento sea un proceso natural del desarrollo de los negocios, camino que contará con el apoyo permanente del Servicio.  Aspiramos a hacer cada vez más simple el cumplimiento tributario y en materia de fiscalización, el foco está en la informalidad y en el comercio ilícito y todas las conductas que están detrás de estas malas prácticas”, concluyó. Posteriormente, en el foro de conversación en el que participaron la directora CEF ESE Business School, de la Universidad de Los Andes, Cecilia Cifuentes, Economista Jefe de Scotiabank, Jorge Selaive y el Socio de Tax & Legal de KPMG, junto al Subdirector Normativo del SII, Simón Ramírez, este último señaló que “ya tenemos lista prácticamente el 100% de las instrucciones asociadas a la Ley, a la espera de su publicación, para someterlas a consulta pública y del Consejo Tributario, previo a su publicación”. Explicó que “para la preparación de estas instrucciones se utilizan 2 criterios: la fecha de entrada en vigencia de la norma y si tiene efecto inmediato. En ese contexto, las normas más inmediatas se refieren al Impuesto Sustitutivo sobre impuestos finales (IUSIF), luego el régimen especial para la compraventa de viviendas nuevas acogidas al DFL-2, luego está el régimen especial de exención de IVA para la venta de viviendas nuevas, la norma de repatriación y la norma de donaciones”.   

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII habilita punto de atención presencial en Santiago para atender consultas por proceso de pago de cuotas adeudadas de Préstamos Solidarios

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII habilita punto de atención presencial en Santiago para atender consultas por proceso de pago de cuotas adeudadas de Préstamos Solidarios\nSantiago, 25 de Agosto de 2026\nSII habilita punto de atención presencial en Santiago para atender consultas por proceso de pago de cuotas adeudadas de Préstamos Solidarios\n ·         El módulo de atención se encuentra ubicado en San Isidro 85, Santiago, a pasos del Metro Santa Lucía, y el horario de funcionamiento es de lunes a viernes de 9 a 14 horas.\n·         La medida busca asistir a los contribuyentes de manera especializada (solo consultas de Préstamo Solidario) sin tener que recurrir a las oficinas del Servicio donde se atienden todo tipo de consultas tributarias.\n El Servicio de Impuestos Internos habilitó a partir de hoy y hasta el 10 de septiembre próximo, un punto de atención especializado para recibir las consultas y gestionar el pago de las personas que mantienen cuotas pendientes del Préstamo Solidario 2020 o 2021 y que deben regularizar su situación.El módulo de atención se encuentra ubicado en San Isidro 85, Santiago, a pasos del Metro Santa Lucía, y el horario de funcionamiento es de lunes a viernes de 9 a 14 horas.La iniciativa busca asistir a los contribuyentes de manera especializada (solo consultas de Préstamo Solidario) y presencial, sin tener que recurrir a las oficinas del Servicio donde se atienden consultas de todo tipo.Cabe recordar que a partir del 14 de septiembre las personas que no puedan pagar ahora su deuda tendrán la opción de acceder en sii.cl a un cupón de pago con el que podrán suscribir 8 días después (es decir, el 22 de septiembre) un convenio ante la Tesorería General de la República (TGR), para regularizar su situación.  Reintegro del Préstamo Solidario A mediados de agosto el SII informó que cerca de un millón de contribuyentes que solicitaron algunos de los préstamos solidarios otorgados por el Estado en 2020 y 2021, no realizaron su declaración Anual de Impuestos al menos en una oportunidad, dentro del plazo establecido para el reintegro de los montos otorgados (es decir, entre 2022 y 2026), a pesar de contar con ingresos en dichos periodos.Según lo establecido por la legislación vigente, las personas que se encuentran en esta situación  (cerca de 900 mil) deberán reintegrar las cuotas del Préstamo Solidario que quedaron impagas producto de su declaración de impuesto en uno o más periodos hasta el 30 de noviembre. La primera opción, en caso de deuda, es presentar sus formularios de Renta de los años no declarados antes de fines de noviembre a través del sitio web del SII y utilizando la propuesta elaborada por el Servicio, y de esta forma, evitar cobros posteriores. Para pagar la deuda a través de la presentación de la Declaración de Renta del año o años adeudados, los contribuyentes encontrarán en sii.cl un paso a paso que los guiará en este proceso.La opción de pago, para quienes no cuentan hoy con recursos para pagar el préstamo, es como ya se mencionó, esperar al 14 de septiembre para contar con su cupón, con el que podrán realizar un convenio de pago con la TGR.El punto presencial se encuentra ubicado en:  

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Mas de 1,3 millones de contribuyentes presentaron su declaración de renta al SII dentro del primer plazo para obtener la devolución anticipada de excedentes

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Mas de 1,3 millones de contribuyentes presentaron su declaración de renta al SII dentro del primer plazo para obtener la devolución anticipada de excedentes\nSantiago, 9 de Abril de 2026\nRecibirán depósito en cuenta bancaria, si corresponde, el 29 de abril:\nMas de 1,3 millones de contribuyentes presentaron su declaración de renta al SII dentro del primer plazo para obtener la devolución anticipada de excedentes\n ·         Cifra representa el 26,7% del total de declaraciones que se espera recibir en el proceso de este año.\n Un total de 1.366.253 declaraciones recibió el Servicio de Impuestos Internos dentro del primer plazo establecido para obtener la devolución anticipada de excedentes de la Operación Renta 2026, que venció este 8 de abril. Los contribuyentes que declararon en este período y que hayan solicitado el depósito en cuenta bancaria, recibirán la devolución de impuestos, si corresponde, el 29 de este mes.La cifra de declaraciones recibidas en este periodo representa un 26,7% del total esperado para el proceso de este año.En tanto, el monto de devoluciones solicitadas dentro de este primer plazo llegó a $493.320.659.759.Para este año se espera que declaren el Impuesto a la Renta 5.100.000 contribuyentes, de los cuales 4.100.000 contarán con una propuesta de declaración elaborada por el SII.La Subdirectora de Fiscalización, Carolina Saravia, recordó que la Operación Renta continúa de acuerdo a los plazos establecidos y reiteró el llamado a los contribuyentes a “revisar la información contenida en la propuesta que hemos elaborado para que, en el caso de detectar alguna diferencia, puedan complementar la información o contactar a sus agentes retenedores para que corrijan la información y recibir su devolución sin problemas”.Para acompañar en este proceso de Declaración a los contribuyentes, el SII está reforzando sus canales de atención, poniendo a disposición de los contribuyentes más de 115 puntos de atención presencial a lo largo del país mediante convenios con instituciones educativas, los que se suman a la atención que se entrega en las 71 oficinas del Servicio.Los plazos de Declaración de Renta son los siguientes: DECLARACIONES CON DEVOLUCIÓN FECHA PRESENTACIÓN FECHA DE DEVOLUCIÓN SEGÚN MEDIO DE PAGO Desde – Hasta Depósito Emisión de cheque1 9 al 23 de abril 15 de mayo 29 de mayo 24 de abril al 8 de mayo 27 de mayo 1. Si el monto de la devolución es superior a $3 millones, el cheque se enviará al domicilio del contribuyente. Si es inferior a $3 millones, el cheque quedará disponible para pago en las cajas de BancoEstado. DECLARACIONES CON PAGO FECHA PRESENTACIÓN 8 al 30 de abril  Para conocer los principales contenidos y novedades de este proceso, ingresa aquí.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII extiende hasta el 31 de diciembre el plazo para que Municipios exijan Inicio de Actividades a contribuyentes de ferias libres

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII extiende hasta el 31 de diciembre el plazo para que Municipios exijan Inicio de Actividades a contribuyentes de ferias libres \nSantiago, 12 de Junio de 2026\nResolución N°79 del 11 de junio:\nSII extiende hasta el 31 de diciembre el plazo para que Municipios exijan Inicio de Actividades a contribuyentes de ferias libres \nLa medida busca facilitar su incorporación al Régimen de Tributación Especial que les permite acogerse a un impuesto sustitutivo del 1,5% sobre el monto total de cada venta, en lugar del 19% habitual del IVA.\nCon el objetivo de facilitar la correcta incorporación de los contribuyentes de ferias libres al Régimen de Tributación Especial establecido por la Ley N°21.745, el Servicio de Impuestos Internos publicó la Resolución N°79, del 11 de junio de 2026, mediante la cual extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo durante el cual las municipalidades estarán eximidas de exigir la acreditación del inicio de actividades para otorgar o renovar permisos y patentes municipales a personas naturales dedicadas a la venta de bienes en ferias libres.“Nuestro objetivo es facilitar el proceso para todos los actores involucrados, permitiendo que quienes aún no han realizado su inicio de actividades puedan acceder a su patente municipal, que es parte de los requisitos para incorporarse al Régimen de Tributación Especial para feriantes que estableció la Ley. Con esta medida también estamos recogiendo las inquietudes planteadas por asociaciones de feriantes y municipalidades en las instancias de coordinación y trabajo desarrolladas con el Servicio”, señaló el Director del SII, Jorge Trujillo.La extensión del plazo permitirá a los municipios otorgar y/o renovar permisos y patentes para Ferias Libres, sin necesidad de exigir la acreditación del inicio de actividades, hasta el 31 de diciembre del presente año, favoreciendo así la regularización gradual de los comerciantes y su incorporación al nuevo régimen tributario.Pedro Cabrera, Presidente de la Asociación Gremial Feria Emilia Téllez, de Ñuñoa, calificó la publicación de la resolución como una “muy buena noticia, ya que nos ayuda agilizar mucho más el proceso a todos los comerciantes que necesitan acogerse a este régimen, que es una gran ayuda hacia los comerciantes de ferias libres del país”.  Régimen de Ferias LibresLa norma, vigente desde enero de 2026, permite a los comerciantes de ferias libres acogerse a un régimen tributario simplificado y especial, consistente en la aplicación de un impuesto sustitutivo de 1,5% sobre las ventas realizadas mediante medios electrónicos autorizados por el SII.Los contribuyentes incorporados a este régimen quedan liberados de presentar declaraciones de IVA y de llevar contabilidad. Asimismo, el impuesto es retenido, declarado y pagado directamente por los operadores de medios de pago autorizados por el SII.Para acogerse a este Régimen Especial, la Ley estableció entre otros requisitos: Contar con permiso o patente otorgado por la municipalidad en la que realicen la actividad. Esto será informado por la Municipalidad al SII. Que hayan iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, exclusivamente con el giro de ferias libres y otras actividades complementarias (servicios). Que el pago de sus ventas se realice por medios electrónicos autorizados por el SII Que se inscriban en el registro de Ferias Libres, a través del sitio web del SII. Durante el proceso de implementación, el SII ha desarrollado actividades de difusión, capacitación y asistencia en distintas regiones del país, orientadas a resolver dudas y apoyar a los comerciantes en el cumplimiento de los requisitos necesarios para acceder al nuevo régimen.Adicionalmente, se encuentra disponible en sii.cl una página especial dedicada al Régimen de Ferias Libres, donde los contribuyentes pueden acceder a información sobre requisitos, inscripción, medios de pago autorizados, preguntas frecuentes y material de apoyo.Cabe señalar que, a nivel nacional, ya se han inscrito 21.372 contribuyentes.  

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Proyectan recibir más de 5,1 millones de declaraciones y se ofrecerá propuestas para 4,1 millones de contribuyentes

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Proyectan recibir más de 5,1 millones de declaraciones y se ofrecerá propuestas para 4,1 millones de contribuyentes \nSantiago, 31 de Marzo de 2026\nSII y TGR inician Operación Renta 2026: \nProyectan recibir más de 5,1 millones de declaraciones y se ofrecerá propuestas para 4,1 millones de contribuyentes \nEn sii.cl ya se pueden revisar las propuestas de declaración elaboradas por el organismo, las que podrán ser enviadas solo a partir del 1 de abril.\nA quienes declaren entre el 1 y el 8 de abril, TGR les depositará en sus cuentas corrientes las primeras devoluciones de impuestos el 29 de este mismo mes.\nNuevamente se aplicará el procedimiento de retención para los deudores de pensiones de alimentos y del Crédito con Aval del Estado.\nPor primera vez el SII publicó las principales validaciones que aplica para verificar la consistencia de la información que los contribuyentes entregan tantomediante las declaraciones juradas como las declaraciones de Renta, material especialmente dirigido para intermediarios y empresas, con el objetivo de reducir al máximo posible las observaciones.\nMás de 5.120.000 declaraciones espera recibir el Servicio de Impuestos Internos durante la Operación Renta de este año, cuya etapa de declaración se inicia mañana miércoles 1 de abril. Para preparar este proceso, desde hoy, el organismo puso a disposición de más de 4,1 millones de contribuyentes (personas y empresas) una propuesta de declaración elaborada por la propia institución, quienes, una vez que verifiquen que la información está correcta, podrán aceptarla en línea y cumplir de esta manera con su obligación.  Calendario Operación Renta 2026Como una forma de apoyar a quienes presentan de manera oportuna su Declaración, nuevamente se adelantó la devolución de Renta para quienes declaren entre el 1 y el 8 de abril, los que podrán recibirla en forma anticipada el 29 de abril.En detalle, las principales fechas de la Operación Renta de este año son las siguientes: Fecha devolución según medio de pago Fecha presentación Depósito Cheque Otros vencimientos 1 al 8 de abril* Mi 29-04-2026 Vi 29-05-2026 Reemplazos Vi 24 de abril 9 al 23 de abril Vi 15-05-2026 Vi 29-05-2026 PEC Mi 29 de abril 24 de abril al 8 de mayo Mi 27-05-2026 Vi 29-05-2026 PEL Ju 30 de abril Primera emisión solo devolución para personas naturales Si el monto de la devolución es superior a $3 millones, el cheque se enviará al domicilio del contribuyente.Si es inferior a $3 millones, el cheque quedará disponible para pago en las cajas de BancoEstado.   DECLARACIONES CON PAGO FECHA PRESENTACIÓN 08 de abril al 30 de abril  El SII recomendó a personas y empresas revisar previamente su propuesta de declaración en detalle, de manera que, si detectan alguna inconsistencia, puedan comunicarse con la entidad informante respectiva, para pedir la corrección, con el objeto de que esto no afecte su declaración, recordando que, si la información es correcta, se puede aceptar en línea y enviarsolo a partir del 1 de abril.NOVEDADESEn esta Renta y a partir de los aprendizajes logrados durante 2025 y en un trabajo colaborativo con los intermediarios tributarios, el SII implementó una serie de medidas para facilitar el proceso de declaración para intermediarios y empresas. Concretamente, puso por primera vez a su disposición información sobre las validaciones o cruces informáticos que el SII realiza respecto de las principales Declaraciones Juradas de Renta, así como de las propias Declaraciones de Renta.En este marco, primero desde inicios de febrero, el Servicio puso a disposición de los profesionales tributarios, con el tiempo necesario, toda la información respecto de las validaciones más relevantes que aplica la institución para verificar si las declaraciones juradas cuentan o no con inconsistencias y, de esta forma, evitar que resulten observadas.Adicionalmente, durante marzo se agregó a este espacio la información relativa a las validaciones que operan en el formulario 22, cuáles son las validaciones más críticas, especialmente aquellas que comparan el F22 contra otras fuentes de información; el aplicativo “Información para empresas” y la propuesta de códigos del F22 para empresas de Primera Categoría, además de ejemplos concretos de validaciones y, finalmente, una breve descripción de cambios aplicados en el F22 este año.Lo que se busca con esta medida es poder resolver con tiempo las diferentes dudas que puedan tener los profesionales tributarios, para disminuir al máximo posible las observaciones en las declaraciones que recibamos en este proceso de Renta 2026.  En la medida en que el proceso de presentación de las Declaraciones Juradas de Renta se desarrolla adecuadamente, sin mayores observaciones, estaremos garantizando un proceso de Declaración de Renta fluido y con menos observaciones.Se incorpora desde este año que los contribuyentes de Primera Categoría cuentan con un nuevo esquema declarativo basado en información tributaria efectiva que el Servicio ya posee, consistente en la propuesta de algunos códigos del Formulario 22. Este desarrollo tecnológico permitirá desde este año mostrar los montos sugeridos en determinados códigos del F22. También levantará alertas de modificación, mediante ciertas validaciones, de forma que cuando el usuario cambie un monto propuesto por el Servicio en base a las distintas fuentes de información disponibles, le mostrará la diferencia determinada. El contribuyente igualmente podrá continuar con su declaración, confirmando el monto editado (lo que podría generar una observación posterior) o bien, utilizar el código propuesto por el Servicio. El objetivo del Servicio es facilitar el cumplimiento tributario de todos los contribuyentes, por lo que este año se ajustaron y desarrollaron nuevas funcionalidades en los Asistentes que permitan presentar la Declaración de Renta de la forma más sencilla posible. Por una parte, se potenciaron las funcionalidades del asistente de Renta Presunta, que entrega una navegación personalizada según la actividad del contribuyente: Agrícola, Transporte de Pasajeros y/o Carga, y Venta de Minerales. Recoge datos de todas las fuentes de información del Servicio, como el Catastro de Bienes Raíces Agrícolas y Forestales, y de otras instituciones públicas, como el Catastro de Vehículos del Registro Civil e Identificación, para que completarlo sea simple para los contribuyentes, permitiendo a Sociedades o Personas Jurídicas acceder a la propuesta de códigos para su Formulario 22. En el ámbito de Bienes Raíces, además del asistente de arriendos, que facilita la declaración de los ingresos recibidos durante 2025 por concepto de arriendo y/o usufructos de Bienes Raíces, el Servicio adecuó el Asistente de Venta o Enajenación de bienes raíces, con el objeto de entregar nuevas facilitades para que los contribuyentes puedan declarar de manera más simple estos ingresos y facilitar el pago de impuestos, cuando corresponda. Además, el SII sigue potenciando la herramienta Escritorio Contable, creada especialmente para que quienes se desempeñan en contabilidad o asesoría tributaria, puedan realizar todos los trámites de sus clientes asociados a la Declaración de Renta en su mismo lugar. Esta herramienta permite que contadores y asesores tributarios accedan a la información de sus clientes con su propia clave, evitando el riesgo que implica que los contribuyentes compartan información tan sensible. Además, cuando los contribuyentes lo requieran, podrán revocar o ampliar la autorización. Finalmente, para acompañar en este proceso de Declaración, a los contribuyentes, el SII reforzará sus canales de atención, poniendo a disposición de los contribuyentes 115 puntos de atención presencial a lo largo del país mediante convenios con 49 instituciones educativas, culturales y públicas, los que se suman a la atención que se entrega en las 71 oficinas del Servicio y a través de su mesa de ayuda (232525575), plataforma que será reforzada este año mediante el uso de mensajería automatizada en el IVR, que considerará las preguntas más frecuentes de Renta para ser respondidas mediante este mecanismo automático.  INFORMACIÓN DISPONIBLEHasta la fecha se han recibido 2..028.095 declaraciones juradas al 30 de marzo, que son las que permiten ofrecer las propuestas de Renta a los contribuyentes.Hay que considerar que el Servicio viene recibiendo la información de saldos y abonos en cuentas financieras, cuando superan 1.500 UF al mes, a lo que se suma la información de transferencias bancarias por más de 50 Rut diferentes en un mes o 60 Rut diferentes en un semestre. Esta información no es utilizada para proponer ingresos en las declaraciones de renta, sino que para verificar posteriormente que los contribuyentes, personas o empresas, declaren ingresos consistentes con dicha información. Con este objetivo, los contribuyentes podrán revisar estos datos en nuestra página para que, en caso de detectar diferencias, se comuniquen con la institución financiera correspondiente para que las corrija y así evitar fiscalizaciones posteriores.Asimismo, el SII está disponiendo de la información recibida por inversiones en el exterior de otras administraciones tributarias, correspondientes a más de 8.000 contribuyentes con montos superiores a $10 billones en pagos recibidos en sus cuentas corrientes en el extranjero, y más de $25 billones en saldos en dichas cuentas al término del ejercicio, para que los contribuyentes puedan revisar e incorporar en sus declaraciones las rentas de fuente extranjera que correspondan.También, en base a los análisis de riesgo, hemos detectado personas naturales que podrían estar haciendo uso de bienes de sus empresas, autos de alto valor, propiedades con destino habitacional, yates o aeronaves; quienes deberían declarar y pagar los impuestos correspondientes por uso. A ellos les entregaremos la información necesaria, al momento de presentar su declaración, para orientarlos en el proceso y ayudarlos a incorporar correctamente esta información en su declaración de renta, información que también está disponible en el Portal de Renta 2026.Por otra parte, durante el mes de marzo y abril, continuaremos enviando correos electrónicos para que los contribuyentes que realizan operaciones comerciales a través de marketplace o utilizando sistemas de pago electrónico, sin haber tenido durante el año comercial 2025 inicio de actividades, incluyan esas rentas en su declaración.  MEDIDAS NO TRIBUTARIASPago del Préstamo Solidario del Estado El SII espera recibir cerca de 610 mil declaraciones asociadas al Préstamo Solidario solicitado en 2021, a los que les corresponde pagar la cuarta cuota, equivalente al 30% del monto solicitado, siempre con un tope del 5% de los ingresos anuales de quien solicitó el préstamo.Quienes tienen excedentes por concepto de retenciones del 3% mensual de los ingresos, o por prepago del préstamo, pueden solicitar su devolución al presentar la Declaración de Renta, según el siguiente calendario:   Devolución préstamo Desde – hasta Depósito cheque 01 al 21 de abril Ju 14 de mayo Vi 29 de mayo 22 al 28 de abril Vi 22 de mayo Vi 29 de mayo 29 de abril al 08 de mayo Vi 29 de mayo Vi 29 de mayo  Cotizaciones PrevisionalesEn esta Operación Renta, cerca de 535 mil trabajadoresindependientes deberán pagar sus cotizaciones previsionales (Ley N° 21.133).Tendrán la opción de hacerlo sobre el 100% de la base imponible, lo que les otorgará cobertura total, o sobre el 80%, que les entregará una cobertura parcial. RetencionesTGR informó que en la Operación Renta 2026 nuevamente aplicará el procedimiento de retención para las y los deudores de pensiones de alimentos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21.389. Asimismo, dijo que también se aplicarán retenciones para las y los contribuyentes que están con deudas vencidas del Crédito Universitario y del Crédito con Aval del Estado (CAE).Respecto de las retenciones y/o compensaciones aplicadas en la Operación Renta del año pasado, informó que alcanzaron a 625.000, por un total de $137.915 millones. De este total, 88.042 correspondieron a deudores del Crédito Universitario y 30.860 a deudores CAE.Otras retenciones aplicadas a contribuyentes que presentaron su declaración el año pasado y solicitaron devolución correspondieron a 50.296 deudores de instituciones de salud y a 43.154 deudores en obligaciones previsionales judicializadas.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Director del SII y Alcalde de Huechuraba presentan avances de la implementación de la Ley de Ferias Libres

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Director del SII y Alcalde de Huechuraba presentan avances de la implementación de la Ley de Ferias Libres \nSantiago, 11 de Abril de 2026\nRecorrieron la Feria La Pincoya:\nDirector del SII y Alcalde de Huechuraba presentan avances de la implementación de la Ley de Ferias Libres \n La norma, que entró en vigencia en enero, permite a los feriantes acogerse a un régimen de tributación especial para el sector, consistente en la aplicación de un impuesto sustitutivo del 1,5% sobre el monto total de cada venta, siempre que se inscriban en un registro dispuesto por el SII.  \nEn la comuna de Huechuraba existen 364 feriantes con patente municipal, de los cuales 194 ya están inscritos en el registro de ferias libres del SII. La Feria La Pincoya, en tanto, cuenta con 359 comerciantes de los cuales 181 ya se inscribieron en el registro, lo que equivale al 50,4% del total. Los feriantes que aún no lo han hecho, tienen plazo para registrarse hasta el 30 de junio próximo. \nDesde La Feria La Pincoya, de Huechuraba, el Director del Servicio de Impuestos Internos, Jorge Trujillo y el Alcalde de Huechuraba, Maximiliano Luksic, presentaron los principales avances de la implementación de la Ley N°21.745, que regula a las ferias libres y estableció un régimen de tributación especial para el sector, consistente en un impuesto sustitutivo del 1,5% sobre el monto total de cada venta, en lugar del 19% habitual del IVA. Hay que recordar que, para acogerse a este Régimen Especial, la Ley estableció entre otros requisitos: Contar con permiso o patente otorgado por la municipalidad en la que realicen la actividad. Esto será informado por la Municipalidad al SII. Que hayan iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, exclusivamente con el giro de ferias libres y otras actividades complementarias (servicios). Que el pago de sus ventas se realice por medios electrónicos autorizados por el SII Que se inscriban en el registro de Ferias Libres, a través del sitio web del SII  Con el objeto de facilitar el proceso de adaptación para los feriantes que presentaban dudas o dificultades para cumplir a la brevedad con los requisitos establecidos por Ley, el SII informó a fines de 2025 que estos contribuyentes contaban con un periodo de implementación progresiva que se extenderá durante el primer semestre de 2026, es decir, hasta el 30 de junio, para poder acogerse a este nuevo régimen de tributación.   Respecto de los operadores, administradores o proveedores de medios de pago electrónico que deben ser autorizados por el SII, el Ministerio de Hacienda publicó en el Diario Oficial el Reglamento N° 871, que estableció los requisitos, deberes de información y condiciones mínimas de servicio que deben cumplir estos operadores al ofrecer sus servicios a los comerciantes de ferias libres. Feria La PincoyaEn la comuna de Huechuraba existen 364 feriantes con patente municipal, de los cuales 194 ya están inscritos en el registro de ferias libres del SII. La Feria La Pincoya, en tanto, cuenta con 359 comerciantes de los cuales 181 ya se inscribieron en el registro, lo que equivale al 50,4% deltotal. Estas cifras “ reflejan el gran compromiso de estos comerciantes por informarse y cumplir con los requisitos para inscribirse en este régimen especial de tributación, cumpliendo así también, de manera correcta, con sus obligaciones tributarias”, destacó el Director del SII, Jorge Trujillo. ”Sabemos  -agregó-  que a nivel nacional otras ferias, en otras comunas y regiones, también están avanzando en este proceso,  por lo que el llamado es a acercarse al Servicio si tienen dudas e inscribirse a través de Internet, ya que de esta forma estarán aportando también a disminuir el comercio informal y combatir el comercio ilícito”. Por su parte, el alcalde de Huechuraba, Maximiliano Luksic, señaló que “este es un avance muy importante para nuestra comuna, y creemos que puede ser un modelo replicable en todo el país: más del 50% de los feriantes de La Pincoya ya se encuentran formalizados, lo que refleja un trabajo serio y conjunto entre el municipio, el Servicio de Impuestos Internos y los propios sindicatos. La formalización no sólo ordena la actividad, también abre oportunidades, entrega mayor seguridad y permite que nuestros feriantes puedan crecer con más herramientas y estabilidad”. En este proceso de implementación, los feriantes han contado con el apoyo del SII y de las propias municipalidades, mediante distintas charlas y capacitaciones para explicarles los beneficios de incorporarse a este nuevo régimen. Además, el SII dispuso de un espacio informativo en su sitio web, donde los contribuyentes pueden conocer los requisitos y funcionamiento, además de inscribirse en el Registro de Ferias Libres y estar al tanto de los medios de pago que pueden contratar para comenzar a operar en este nuevo sistema.  Respecto de la feria la Pincoya, el SII instaló un stand informativo donde los feriantes que aún no se inscrito pudieron aclarar sus dudas y cumplir con esta obligación. El sistema está hecho para guiarlos paso a paso en su inscripción: Si no ha hecho inicio de actividades, el sistema lo guiará paso a paso para que pueda completar este trámite en forma simple y desde la misma aplicación. Si tiene inicio de actividades, pero no tiene registrada alguna de las actividades que corresponden a ferias libres (478100 o 478900). La aplicación ajustará lo que corresponda para que quede debidamente inscrito. Avisará si no puede registrarse porque la Municipalidad no informó que cuenta con patente al día.  En este caso debe ponerse en contacto con el Municipio para que revise y rectifique la información.  Cabe señalar que, a nivel nacional, ya se han inscrito 11.840 contribuyentes, de los cuales 8.337 corresponden a la Región Metropolitana. De los inscritos, más del 55% realizó el inicio de actividades de manera simplificada, al momento de inscribirse en este registro. Respecto de los proveedores de medios de pago autorizados para prestar sus servicios a feriantes, ya se han inscrito 5: Sumup, BancoEstado, Compraquí, TUU, y Getnet (de Banco Santander). 

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • El IVA a bienes comprados en el extranjero por hasta 500 dólares registra una recaudación de más de 48 mil millones de pesos en su segundo periodo de declaración y pago

    ANÁLISIS CONTABLE:
    El IVA a bienes comprados en el extranjero por hasta 500 dólares registra una recaudación de más de 48 mil millones de pesos en su segundo periodo de declaración y pago\nSantiago, 4 de Mayo de 2026\nEl IVA a bienes comprados en el extranjero por hasta 500 dólares registra una recaudación de más de 48 mil millones de pesos en su segundo periodo de declaración y pago\nDesde el 25 de octubre, fecha de entrada en vigencia de esta obligación, hasta marzo, se han recaudado en total más de $85 mil millones.\nEl Director del SII, Jorge Trujillo, destacó que “estos resultados confirman que vamos avanzando en el objetivo de igualar la cancha para los contribuyentes que cumplen sus obligaciones tributarias, combatiendo la evasión asociada al comercio informal”.\nMás de 48 mil millones de pesos, fueron los impuestos recaudados a partir de las declaraciones presentadas por las plataformas extranjeras y las plataformas nacionales con ventas internacionales, inscritas ante el SII para la aplicación del IVA a la compra remota de bienes por hasta 500 dólares desde el extranjero, lo que incluye la venta de bienes desde el exterior comprados a través de plataformas nacionales, en su segundo periodo de declaración y pago trimestral de este impuesto. Hay que señalar que la gran mayoría de las plataformas internacionales registradas hasta ahora ante el SII, se inscribieron para declarar y pagar el IVA a la venta de este tipo de bienes cada 3 meses, cuyo segundo plazo venció el 20 de abril. Esta medida entró en vigencia el 25 de octubre de 2025, por lo que, en los dos primeros reportes de declaración y pago de este impuesto, se logró una recaudación total de $85.161.454.535En el segundo reporte de la declaración y pago del IVA asociado a la venta de bienes por hasta US$ 500 dólares de manera remota desde el exterior, el Servicio recibió 30 declaraciones de este “IVA a bienes” y las 5 plataformas que más aportaron a la recaudación son Aliexpress, Amazon, Temu, Shein y Ebay. Estos resultados son concordantes con las estimaciones iniciales del SII, que ya había identificado a parte de estas plataformas como las que explicaban las principales transacciones que se realizaban desde el país para comprar bienes por hasta 500 dólares, desde el extranjero, a través de comercios sin domicilio ni residencia en Chile, de acuerdo con la información proveniente de instituciones financieras proveedoras de tarjetas de pago.  Periodo de declaración N° de plataformas declarantes Montos totales $ Oct – nov – dic 2025 28 36.958.141.361 Ene – feb- mar 2026 30 48.203.313.173 Total    85.161.454.535  IVA a bienes La aplicación del IVA a la venta de bienes ubicados en el extranjero, realizadas de forma remota, por hasta 500 dólares corresponde a una modificación legal establecida en la Ley N°21.713 sobre Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias. Hasta antes de la entrada en vigencia de esta norma, los bienes de hasta 41 dólares eran importados sin pagar IVA ni aranceles asociados a la importación. Así, millones de pequeños paquetes llegaban a Chile, adquiridos en algunas de estas plataformas digitales haciendo uso de la exención, y pudiendo incentivar el comercio informal y la evasión de IVA y de Renta.El Director del SII, Jorge Trujillo, destacó que “estos resultados confirman que vamos avanzando en el objetivo de igualar la cancha para los contribuyentes que cumplen sus obligaciones tributarias, combatiendo la evasión asociada al comercio informal”. En este sentido, reiteró el llamado a los clientes finales “a preferir las plataformas inscritas ante el Servicio para realizar sus compras internacionales de bienes por hasta 500 dólares, ya que eso les permitirá contar con una mayor garantía de que recibirán su compra de manera más expedita y, con ello, están aportando también a una correcta declaración y pago del IVA”. Cabe recordar que, para la implementación de esta medida, el SII desplegó un intenso trabajo para contactar y reunirse especialmente con los representantes de las principales plataformas extranjeras de intermediación con mayor alcance en Chile, para aclarar sus dudas e incentivarlos a inscribirse en este régimen simplificado para cumplir correctamente con el pago del IVA en este tipo de transacciones. Siguientes pasosEl Servicio procederá ahora a revisar que las declaraciones y pago del impuesto sean consistentes con la información de las ventas y de los envíos. Esto, en base a la información que el SII recibe de los bancos, sobre las transacciones de bienes realizadas a través de tarjetas de crédito, débito, u otros sistemas de pago similares, lo que permite potenciar la fiscalización de este impuesto. También incorpora como fuente de información los datos que entrega Aduana respecto de los envíos que señalan venir con el IVA cobrado desde el origen por la plataforma extranjera.El Director Trujillo sostuvo que con la información que el SII está recibiendo, es posible monitorear la inscripción y controlar el correcto pago de este impuesto por parte de estas plataformas, a través de procesos automatizados diseñados y construidos con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y la mayor recaudación directa que se comienza a obtener con la implementación del IVA a los bienes por hasta 500 dólares, de forma similar a como se hace con el IVA a los servicios de plataformas extranjeras. 

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • CNC distingue al Servicio de Impuestos internos por su rol fundamental en la defensa del comercio formal

    ANÁLISIS CONTABLE:
    CNC distingue al Servicio de Impuestos internos por su rol fundamental en la defensa del comercio formal\nSantiago, 20 de Mayo de 2026\nEn el 10° aniversario del Observatorio del Comercio Ilícito y Seguridad (OCIS)\nCNC distingue al Servicio de Impuestos internos por su rol fundamental en la defensa del comercio formal\n Durante la inauguración de la Asamblea Anual de Socios realizada el jueves 14 de mayo, la Cámara Nacional de Comercio (CNC) distinguió al Servicio de Impuestos Internos (SII) por su contribución al fortalecimiento de la legalidad y la promoción del comercio formal en el país.El galardón, entregado en el contexto de la conmemoración de los 10 años del Observatorio del Comercio Ilícito y Seguridad (OCIS), la CNC destacó la labor esencial que cumple el SII en la protección de la legalidad, la recaudación fiscal y la defensa del sector formal.A la ceremonia asistió el Director del SII, Jorge Trujillo, oportunidad en que agradeció el reconocimiento y valoró el trabajo colaborativo entre las diversas instituciones del país en beneficio del correcto cumplimiento tributario.“Este reconocimiento reafirma el compromiso con el trabajo colaborativo del SII en beneficio de un comercio justo. El trabajo del SII no solo permite asegurar los recursos necesarios para el Estado, sino que también protege a quienes cumplen con sus obligaciones tributarias, nivelando la cancha frente a la competencia desleal del comercio ilícito”, comentó Trujillo.El presidente de la CNC, José Pakomio, valoró la «permanente disposición al trabajo colaborativo» que el Servicio de Impuestos Internos ha mantenido con el sector privado para enfrentar los desafíos de la economía informal e ilícita y agradeció el trabajo conjunto desarrollado durante esta década. Pakomio relevó que el análisis riguroso y la acción coordinada con el SII han sido fundamentales para abordar problemáticas complejas como el comercio ambulante informal y la inseguridadPor su parte, el subsecretario de Seguridad Pública, Andrés Jouannet, quien también participó en la instancia, destacó que este tipo de alianzas son clave para construir políticas públicas más efectivas.En el evento también se presentó el libro “Economía en las sombras: radiografía del comercio ilícito y la seguridad en Chile”, publicación que incluye análisis sobre el impacto de estas economías en la sociedad y que servirá como base para futuras acciones de fiscalización y colaboración gremial.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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