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  • Hoy 30 de abril vence el plazo para pagar la primera cuota de contribuciones 2026

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Hoy 30 de abril vence el plazo para pagar la primera cuota de contribuciones 2026\nSantiago, 30 de Abril de 2026\nHoy 30 de abril vence el plazo para pagar la primera cuota de contribuciones 2026\nEste 30 de abril vence el plazo para pagar la primera cuota del año de contribuciones para todos los contribuyentes que cuenten con bienes raíces afectos al impuesto territorial, como también la posibilidad de pagar todas las cuotas de contribuciones del año, evitando así la variación de IPC del segundo semestre.Para cumplir con la obligación tributaria, se recomienda el uso de la opción de pago en línea, disponible en sii.cl, en la que se han dispuesto las dos cuotas del primer semestre de 2026, y también un Listado de Propiedades para el pago de contribuciones, alternativa pensada para que los contribuyentes puedan cumplir con el trámite, digitando solo su Rut y Clave. Este pago puede realizarse también desde dispositivos móviles, a través de la App e-Contribuciones.El pago de las cuotas de contribuciones también puede ser realizado en el sitio web de la Tesorería General de la República (TGR), en bancos e instituciones financieras habilitadas para estos fines.Cabe recordar que los recursos provenientes del pago de contribuciones son destinados exclusivamente al financiamiento de bienes y servicios comunales, que buscan mejorar la calidad de vida de sus habitantes, siendo el principal ingreso de los municipios, permitiendo realizar avances en áreas como programas sociales, alumbrado público, áreas verdes, zonas de recreación, entre otras.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Proyectan recibir más de 5,1 millones de declaraciones y se ofrecerá propuestas para 4,1 millones de contribuyentes

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Proyectan recibir más de 5,1 millones de declaraciones y se ofrecerá propuestas para 4,1 millones de contribuyentes \nSantiago, 31 de Marzo de 2026\nSII y TGR inician Operación Renta 2026: \nProyectan recibir más de 5,1 millones de declaraciones y se ofrecerá propuestas para 4,1 millones de contribuyentes \nEn sii.cl ya se pueden revisar las propuestas de declaración elaboradas por el organismo, las que podrán ser enviadas solo a partir del 1 de abril.\nA quienes declaren entre el 1 y el 8 de abril, TGR les depositará en sus cuentas corrientes las primeras devoluciones de impuestos el 29 de este mismo mes.\nNuevamente se aplicará el procedimiento de retención para los deudores de pensiones de alimentos y del Crédito con Aval del Estado.\nPor primera vez el SII publicó las principales validaciones que aplica para verificar la consistencia de la información que los contribuyentes entregan tantomediante las declaraciones juradas como las declaraciones de Renta, material especialmente dirigido para intermediarios y empresas, con el objetivo de reducir al máximo posible las observaciones.\nMás de 5.120.000 declaraciones espera recibir el Servicio de Impuestos Internos durante la Operación Renta de este año, cuya etapa de declaración se inicia mañana miércoles 1 de abril. Para preparar este proceso, desde hoy, el organismo puso a disposición de más de 4,1 millones de contribuyentes (personas y empresas) una propuesta de declaración elaborada por la propia institución, quienes, una vez que verifiquen que la información está correcta, podrán aceptarla en línea y cumplir de esta manera con su obligación.  Calendario Operación Renta 2026Como una forma de apoyar a quienes presentan de manera oportuna su Declaración, nuevamente se adelantó la devolución de Renta para quienes declaren entre el 1 y el 8 de abril, los que podrán recibirla en forma anticipada el 29 de abril.En detalle, las principales fechas de la Operación Renta de este año son las siguientes: Fecha devolución según medio de pago Fecha presentación Depósito Cheque Otros vencimientos 1 al 8 de abril* Mi 29-04-2026 Vi 29-05-2026 Reemplazos Vi 24 de abril 9 al 23 de abril Vi 15-05-2026 Vi 29-05-2026 PEC Mi 29 de abril 24 de abril al 8 de mayo Mi 27-05-2026 Vi 29-05-2026 PEL Ju 30 de abril Primera emisión solo devolución para personas naturales Si el monto de la devolución es superior a $3 millones, el cheque se enviará al domicilio del contribuyente.Si es inferior a $3 millones, el cheque quedará disponible para pago en las cajas de BancoEstado.   DECLARACIONES CON PAGO FECHA PRESENTACIÓN 08 de abril al 30 de abril  El SII recomendó a personas y empresas revisar previamente su propuesta de declaración en detalle, de manera que, si detectan alguna inconsistencia, puedan comunicarse con la entidad informante respectiva, para pedir la corrección, con el objeto de que esto no afecte su declaración, recordando que, si la información es correcta, se puede aceptar en línea y enviarsolo a partir del 1 de abril.NOVEDADESEn esta Renta y a partir de los aprendizajes logrados durante 2025 y en un trabajo colaborativo con los intermediarios tributarios, el SII implementó una serie de medidas para facilitar el proceso de declaración para intermediarios y empresas. Concretamente, puso por primera vez a su disposición información sobre las validaciones o cruces informáticos que el SII realiza respecto de las principales Declaraciones Juradas de Renta, así como de las propias Declaraciones de Renta.En este marco, primero desde inicios de febrero, el Servicio puso a disposición de los profesionales tributarios, con el tiempo necesario, toda la información respecto de las validaciones más relevantes que aplica la institución para verificar si las declaraciones juradas cuentan o no con inconsistencias y, de esta forma, evitar que resulten observadas.Adicionalmente, durante marzo se agregó a este espacio la información relativa a las validaciones que operan en el formulario 22, cuáles son las validaciones más críticas, especialmente aquellas que comparan el F22 contra otras fuentes de información; el aplicativo “Información para empresas” y la propuesta de códigos del F22 para empresas de Primera Categoría, además de ejemplos concretos de validaciones y, finalmente, una breve descripción de cambios aplicados en el F22 este año.Lo que se busca con esta medida es poder resolver con tiempo las diferentes dudas que puedan tener los profesionales tributarios, para disminuir al máximo posible las observaciones en las declaraciones que recibamos en este proceso de Renta 2026.  En la medida en que el proceso de presentación de las Declaraciones Juradas de Renta se desarrolla adecuadamente, sin mayores observaciones, estaremos garantizando un proceso de Declaración de Renta fluido y con menos observaciones.Se incorpora desde este año que los contribuyentes de Primera Categoría cuentan con un nuevo esquema declarativo basado en información tributaria efectiva que el Servicio ya posee, consistente en la propuesta de algunos códigos del Formulario 22. Este desarrollo tecnológico permitirá desde este año mostrar los montos sugeridos en determinados códigos del F22. También levantará alertas de modificación, mediante ciertas validaciones, de forma que cuando el usuario cambie un monto propuesto por el Servicio en base a las distintas fuentes de información disponibles, le mostrará la diferencia determinada. El contribuyente igualmente podrá continuar con su declaración, confirmando el monto editado (lo que podría generar una observación posterior) o bien, utilizar el código propuesto por el Servicio. El objetivo del Servicio es facilitar el cumplimiento tributario de todos los contribuyentes, por lo que este año se ajustaron y desarrollaron nuevas funcionalidades en los Asistentes que permitan presentar la Declaración de Renta de la forma más sencilla posible. Por una parte, se potenciaron las funcionalidades del asistente de Renta Presunta, que entrega una navegación personalizada según la actividad del contribuyente: Agrícola, Transporte de Pasajeros y/o Carga, y Venta de Minerales. Recoge datos de todas las fuentes de información del Servicio, como el Catastro de Bienes Raíces Agrícolas y Forestales, y de otras instituciones públicas, como el Catastro de Vehículos del Registro Civil e Identificación, para que completarlo sea simple para los contribuyentes, permitiendo a Sociedades o Personas Jurídicas acceder a la propuesta de códigos para su Formulario 22. En el ámbito de Bienes Raíces, además del asistente de arriendos, que facilita la declaración de los ingresos recibidos durante 2025 por concepto de arriendo y/o usufructos de Bienes Raíces, el Servicio adecuó el Asistente de Venta o Enajenación de bienes raíces, con el objeto de entregar nuevas facilitades para que los contribuyentes puedan declarar de manera más simple estos ingresos y facilitar el pago de impuestos, cuando corresponda. Además, el SII sigue potenciando la herramienta Escritorio Contable, creada especialmente para que quienes se desempeñan en contabilidad o asesoría tributaria, puedan realizar todos los trámites de sus clientes asociados a la Declaración de Renta en su mismo lugar. Esta herramienta permite que contadores y asesores tributarios accedan a la información de sus clientes con su propia clave, evitando el riesgo que implica que los contribuyentes compartan información tan sensible. Además, cuando los contribuyentes lo requieran, podrán revocar o ampliar la autorización. Finalmente, para acompañar en este proceso de Declaración, a los contribuyentes, el SII reforzará sus canales de atención, poniendo a disposición de los contribuyentes 115 puntos de atención presencial a lo largo del país mediante convenios con 49 instituciones educativas, culturales y públicas, los que se suman a la atención que se entrega en las 71 oficinas del Servicio y a través de su mesa de ayuda (232525575), plataforma que será reforzada este año mediante el uso de mensajería automatizada en el IVR, que considerará las preguntas más frecuentes de Renta para ser respondidas mediante este mecanismo automático.  INFORMACIÓN DISPONIBLEHasta la fecha se han recibido 2..028.095 declaraciones juradas al 30 de marzo, que son las que permiten ofrecer las propuestas de Renta a los contribuyentes.Hay que considerar que el Servicio viene recibiendo la información de saldos y abonos en cuentas financieras, cuando superan 1.500 UF al mes, a lo que se suma la información de transferencias bancarias por más de 50 Rut diferentes en un mes o 60 Rut diferentes en un semestre. Esta información no es utilizada para proponer ingresos en las declaraciones de renta, sino que para verificar posteriormente que los contribuyentes, personas o empresas, declaren ingresos consistentes con dicha información. Con este objetivo, los contribuyentes podrán revisar estos datos en nuestra página para que, en caso de detectar diferencias, se comuniquen con la institución financiera correspondiente para que las corrija y así evitar fiscalizaciones posteriores.Asimismo, el SII está disponiendo de la información recibida por inversiones en el exterior de otras administraciones tributarias, correspondientes a más de 8.000 contribuyentes con montos superiores a $10 billones en pagos recibidos en sus cuentas corrientes en el extranjero, y más de $25 billones en saldos en dichas cuentas al término del ejercicio, para que los contribuyentes puedan revisar e incorporar en sus declaraciones las rentas de fuente extranjera que correspondan.También, en base a los análisis de riesgo, hemos detectado personas naturales que podrían estar haciendo uso de bienes de sus empresas, autos de alto valor, propiedades con destino habitacional, yates o aeronaves; quienes deberían declarar y pagar los impuestos correspondientes por uso. A ellos les entregaremos la información necesaria, al momento de presentar su declaración, para orientarlos en el proceso y ayudarlos a incorporar correctamente esta información en su declaración de renta, información que también está disponible en el Portal de Renta 2026.Por otra parte, durante el mes de marzo y abril, continuaremos enviando correos electrónicos para que los contribuyentes que realizan operaciones comerciales a través de marketplace o utilizando sistemas de pago electrónico, sin haber tenido durante el año comercial 2025 inicio de actividades, incluyan esas rentas en su declaración.  MEDIDAS NO TRIBUTARIASPago del Préstamo Solidario del Estado El SII espera recibir cerca de 610 mil declaraciones asociadas al Préstamo Solidario solicitado en 2021, a los que les corresponde pagar la cuarta cuota, equivalente al 30% del monto solicitado, siempre con un tope del 5% de los ingresos anuales de quien solicitó el préstamo.Quienes tienen excedentes por concepto de retenciones del 3% mensual de los ingresos, o por prepago del préstamo, pueden solicitar su devolución al presentar la Declaración de Renta, según el siguiente calendario:   Devolución préstamo Desde – hasta Depósito cheque 01 al 21 de abril Ju 14 de mayo Vi 29 de mayo 22 al 28 de abril Vi 22 de mayo Vi 29 de mayo 29 de abril al 08 de mayo Vi 29 de mayo Vi 29 de mayo  Cotizaciones PrevisionalesEn esta Operación Renta, cerca de 535 mil trabajadoresindependientes deberán pagar sus cotizaciones previsionales (Ley N° 21.133).Tendrán la opción de hacerlo sobre el 100% de la base imponible, lo que les otorgará cobertura total, o sobre el 80%, que les entregará una cobertura parcial. RetencionesTGR informó que en la Operación Renta 2026 nuevamente aplicará el procedimiento de retención para las y los deudores de pensiones de alimentos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21.389. Asimismo, dijo que también se aplicarán retenciones para las y los contribuyentes que están con deudas vencidas del Crédito Universitario y del Crédito con Aval del Estado (CAE).Respecto de las retenciones y/o compensaciones aplicadas en la Operación Renta del año pasado, informó que alcanzaron a 625.000, por un total de $137.915 millones. De este total, 88.042 correspondieron a deudores del Crédito Universitario y 30.860 a deudores CAE.Otras retenciones aplicadas a contribuyentes que presentaron su declaración el año pasado y solicitaron devolución correspondieron a 50.296 deudores de instituciones de salud y a 43.154 deudores en obligaciones previsionales judicializadas.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII invita a participar a empresas que desarrollan software para declarar el Formulario 22 por internet

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII invita a participar a empresas que desarrollan software para declarar el Formulario 22 por internet\nSantiago, 6 de Febrero de 2026\nSII invita a participar a empresas que desarrollan software para declarar el Formulario 22 por internet\nEl Servicio de Impuestos Internos invita a las empresas de informática, asesoría tributaria y a las que desarrollan internamente softwares para generar archivos conteniendo la Declaración Anual de Impuestos a la Renta (Formulario 22), a realizar la certificación correspondiente para el año tributario 2026.El plazo de presentación vencerá a las 12:00 horas del lunes 23 de febrero de 2026.REQUISITOS PARA PARTICIPAR: Breve solicitud enviada por el representante de la empresa, mediante correo electrónico, manifestando el interés por participar del proceso de certificación correspondiente al año tributario 2026, detallando lo siguiente: Razón social y RUT de la empresa. Identificación del(las) personas(s) que la va(n) a representar ante el SII, para efectos del proceso de certificación, detallando para cada uno de ellos: Nombre Ubicación física (dirección exacta) Número de teléfono (fijo directo, anexo y/o celular) Correo electrónico Archivo escaneado (PDF), del “Certificado de deuda” fiscal, emitido por la Tesorería General de la República con una antigüedad no superior a 20 días contados desde la fecha de Recepción de Proposiciones. No se aceptará otro tipo de certificados o pantallas.No participarán en este proceso de certificación aquellas empresas que posean deuda fiscal o giro de impuestos sin convenio vigente con Tesorería. Detallar la plataforma, versión y browser a utilizar en el desarrollo de la aplicación. Archivo escaneado (PDF) del RUT de la empresa. (*) (*): Requisito exigido sólo a aquellas empresas que participan por primera vez en este proceso.CONSIDERACIONES: El SII recuerda a los participantes del proceso de certificación, que éste se realizará en forma autónoma en el sitio web habilitado para tal efecto, por lo tanto, el Servicio de Impuestos Internos acreditará la correcta recepción de la información enviada por los participantes, pero no certificará el contenido y consistencia del Formulario 22 enviado. RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES: Las solicitudes deben ser dirigidas a la casilla de correo electrónico F22upload@sii.cl. Las propuestas serán recibidas hasta las 12:00 horas del lunes 23 de febrero de 2026.  CRITERIOS DE CERTIFICACIÓN:Para que la Casa de Software sea certificada debe cumplir con el envío exitoso al menos 6 casos con declaraciones con devolución y calzadas. Declaración persona natural Declaración persona natural con préstamo solidario Declaración persona natural con cotizaciones previsionales Declaración persona natural pro pyme Declaración persona natural pro pyme transparente Declaración persona natural 14A Declaración persona jurídica Régimen pro pyme Declaración persona jurídica Régimen pro pyme transparente Declaración persona jurídica Régimen 14A Declaración persona jurídica Régimen renta presunta Declaración persona jurídica con moneda extranjera Solo será válido un envío para persona natural, por lo tanto, el resto de los envíos exitosos debe ser proveniente de las distintas opciones de personas jurídicas.Si la casa de software no cuenta con alguno de estos casos, puede solicitar su reemplazo con el equipo de renta del SII a través del correo F22upload@sii.cl  

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas\nSantiago, 3 de Junio de 2026\nSII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas\nLa medida busca controlar el cumplimiento tributario en materia de IVA respecto de servicios digitales prestados desde el exterior a usuarios en Chile, habilitando un registro para su inscripción, declaración y pago del impuesto correspondiente.\n El Servicio de Impuestos Internos emitió una resolución mediante la cual establece el sistema de inscripción y fija un mecanismo para que las plataformas sin domicilio ni residencia en Chile que prestan servicios de apuestas, juegos de azar, casinos y análogos o conexos, en línea o a través de plataformas digitales, paguen los impuestos correspondientes por las operaciones realizadas en nuestro país, cumpliendo  desde el punto de vista tributario con sus obligaciones, ya que se trata de actividades gravadas con el IVA.  Específicamente, la Resolución 69, del 2 de junio del 2026, establece que estos prestadores podrán inscribirse en el sistema habilitado por el Servicio, debiendo sujetarse a las normas e instrucciones vigentes sobre inscripción, registro, declaración y pago del impuesto aplicables a los contribuyentes extranjeros que prestan servicios digitales gravados con IVA. De esta forma, la resolución permite fortalecer la equidad tributaria, asegurando que cuando se realizan operaciones en nuestro país de servicios digitales desde el extranjero a personas domiciliadas en Chile, siempre se declare y pague el impuesto respectivo, evitando que se generen espacios sin control y desigualdad respecto de otros contribuyentes que están cumpliendo con el pago correcto y oportuno de sus impuestos. El IVA deberá aplicarse sobre el monto total de contraprestaciones recibidas como remuneración por la prestación de estos servicios, cualquiera sea su naturaleza. Una vez inscritas en el sistema, las plataformas de apuestas online sin domicilio ni residencia en Chile que hayan prestado servicios durante los últimos treinta y seis periodos tributarios deberán pagar el IVA correspondiente adeudado, a través de F129 o formulario IVA Digital. La resolución se refiere exclusivamente al cumplimiento de obligaciones tributarias, ya que las materias vinculadas con la autorización, regulación, fiscalización sectorial o calificación de licitud de estas actividades corresponden a otros organismos competentes, conforme al marco normativo vigente. Dado que las referidas plataformas no autorizadas, en los hechos y como es de público conocimiento, se han mantenido en forma permanente realizando estas operaciones gravadas con IVA, incluso publicitando abiertamente sus operaciones, es deber de este Servicio asegurar que realicen el pago de los impuestos que les corresponden. Para acceder a la Resolución Exenta SII N°69, seleccione aquí

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • CNC distingue al Servicio de Impuestos internos por su rol fundamental en la defensa del comercio formal

    ANÁLISIS CONTABLE:
    CNC distingue al Servicio de Impuestos internos por su rol fundamental en la defensa del comercio formal\nSantiago, 20 de Mayo de 2026\nEn el 10° aniversario del Observatorio del Comercio Ilícito y Seguridad (OCIS)\nCNC distingue al Servicio de Impuestos internos por su rol fundamental en la defensa del comercio formal\n Durante la inauguración de la Asamblea Anual de Socios realizada el jueves 14 de mayo, la Cámara Nacional de Comercio (CNC) distinguió al Servicio de Impuestos Internos (SII) por su contribución al fortalecimiento de la legalidad y la promoción del comercio formal en el país.El galardón, entregado en el contexto de la conmemoración de los 10 años del Observatorio del Comercio Ilícito y Seguridad (OCIS), la CNC destacó la labor esencial que cumple el SII en la protección de la legalidad, la recaudación fiscal y la defensa del sector formal.A la ceremonia asistió el Director del SII, Jorge Trujillo, oportunidad en que agradeció el reconocimiento y valoró el trabajo colaborativo entre las diversas instituciones del país en beneficio del correcto cumplimiento tributario.“Este reconocimiento reafirma el compromiso con el trabajo colaborativo del SII en beneficio de un comercio justo. El trabajo del SII no solo permite asegurar los recursos necesarios para el Estado, sino que también protege a quienes cumplen con sus obligaciones tributarias, nivelando la cancha frente a la competencia desleal del comercio ilícito”, comentó Trujillo.El presidente de la CNC, José Pakomio, valoró la «permanente disposición al trabajo colaborativo» que el Servicio de Impuestos Internos ha mantenido con el sector privado para enfrentar los desafíos de la economía informal e ilícita y agradeció el trabajo conjunto desarrollado durante esta década. Pakomio relevó que el análisis riguroso y la acción coordinada con el SII han sido fundamentales para abordar problemáticas complejas como el comercio ambulante informal y la inseguridadPor su parte, el subsecretario de Seguridad Pública, Andrés Jouannet, quien también participó en la instancia, destacó que este tipo de alianzas son clave para construir políticas públicas más efectivas.En el evento también se presentó el libro “Economía en las sombras: radiografía del comercio ilícito y la seguridad en Chile”, publicación que incluye análisis sobre el impacto de estas economías en la sociedad y que servirá como base para futuras acciones de fiscalización y colaboración gremial.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Más de 104 mil personas han regularizado sus cuotas impagas de Préstamos Solidarios 2020 y 2021 por un total de $23 mil 230millones

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Más de 104 mil personas han regularizado sus cuotas impagas de Préstamos Solidarios 2020 y 2021 por un total de $23 mil 230millones\nSantiago, 1 de Septiembre de 2026\nMás de 104 mil personas han regularizado sus cuotas impagas de Préstamos Solidarios 2020 y 2021 por un total de $23 mil 230millones\nPara el Director del SII, Jorge Trujillo, estos resultados muestran dos cosas muy importantes: “el interés de las personas por regularizar su situación y la capacidad de los equipos del SII de enfrentar situaciones exigentes logrando gestionar la atención de las personas, así como también generar soluciones efectivas, lo que es muy destacable”.\nHasta el 31 de agosto, 104.916 personas que adeudaban una o más cuotas de los Préstamos Solidarios 2020 y 2021 regularizaron su situación por un total de $23.230 millones de pesos.Ello se tradujo en la presentación de 225.457 Declaraciones de Renta, dado que la normativa que rige estos beneficios estableció que la vía de pago de las cuotas era en las Operaciones Renta de los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.Las personas regularizaron su situación por dos vías: pagando su deuda aceptando la propuesta de Declaración de Renta de cada año adeudado o bien solicitando el cupón de pago o giro respectivo para realizar un convenio de pago con la Tesorería General de la República.Las regiones que registran los mayores montos regularizados son la Metropolitana ($11.345.228.567), Valparaíso ($2.235.196.922) y Biobío ($2.029.391.755). En tanto, las regiones que registraron los mayores montos solicitados a través de los Préstamos Solidarios 2020 y 2021 fueron la RM, con un monto superior a los $2.225 millones, el Maule, con más de $912 millones y Valparaíso, con más de $440 millones.Proceso de regularizaciónEl Director del Servicio de Impuestos Internos, Jorge Trujillo, recalcó que estos resultados muestran dos cosas muy importantes: “el interés de las personas por regularizar su situación y la capacidad de los equipos del SII de enfrentar situaciones exigentes logrando gestionar la atención de las personas, así como también generar soluciones efectivas, lo que es muy destacable”.En este sentido, recordó que “la entrega de estos beneficios representó siempre un desafío para nuestra institución, porque se trata de una tarea que excede lo tributario, pero que era muy necesaria dado el contexto que vivía el país en pandemia. Se realizó de la mejor forma posible con los recursos que contábamos, y hoy, en el marco del proceso de cobro de cuotas impagas, nuevamente los equipos se vieron exigidos, pero han logrado, una vez más, entregar el apoyo que las personas requieren para regularizar su situación”.Explicó que quienes solicitaron este beneficio no necesariamente estaban en contacto con el SII a través de la realización de trámites o presentación de declaraciones de impuestos. Por eso, si bien el trámite puede realizarse en línea, muchos requerían orientación y prefirieron ir a las oficinas del Servicio”. En este marco, “es más meritorio aún que los funcionarios les estén entregando apoyo y facilitando el trámite sumando esta labor a las que cumplen normalmente. Quiero reconocer este esfuerzo, porque estos resultados muestran que vale la pena su dedicación”, relevó el Director del Servicio.La autoridad indicó que “los primeros días hubo un aumento muy importante de atenciones en nuestras oficinas. Como Servicio, y en coordinación con los equipos de todo el país, fuimos adoptando medidas para mitigar esta situación y mantener la atención que requerían las personas. De esta forma, en conjunto con la Tesorería General de la República, facilitamos la obtención de los cupones de pago o giros para que las personas que hoy no pueden pagar igualmente puedan regularizar su situación a través de convenios de pago. También abrimos puntos de atención exclusivos en las zonas con más público, como Santiago Centro. Y hemos estado comunicando estas medidas en forma muy intensiva a través de distintos medios de comunicación”.El Servicio continuará siguiendo atentamente el desarrollo de este proceso para ir implementando los ajustes necesarios en cada etapa. “El compromiso de todos quienes integramos el SII es acompañar a las personas para que puedan regularizar su situación”, concluyó el Director.Opciones para regularizar la deudaCabe recordar que las personas tienen dos vías para regularizar sus cuotas impagas de los Préstamos Solidarios. Por una parte, si pueden pagar hoy, no necesitan ir a las oficinas del Servicio, dado que internet solo deben aceptar la propuesta de Declaración de Renta de cada uno de los años en que tienen cuotas impagas.Por otro lado, si no están en condiciones de pagar hoy su deuda, tienen dos opciones: Pueden esperar al 14 de septiembre, cuando podrán solicitar en el sitio web del SII el cupón de pago o giro, luego de presentar su Declaración de Renta por cada uno de los años adeudados, seleccionando la opción sin pago. Con dicho cupón, pueden suscribir un convenio de pago con la TGR. Pueden presentar una Petición Administrativa en sii.cl. Para acelerar su trámite, se creó especialmente la materia “F22 – Solicitar presentar F22 Préstamo Solidario”. Esta opción permite también obtener un cupón de pago por cada préstamo adeudado, con el que podrá suscribir, 8 días después, el convenio de pago ante la TGR y, de esta forma, regularizar su situación.

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  • Hasta el 30 de abril, el SII recibió el 90% de las Declaraciones de Renta estimadas para este año

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Hasta el 30 de abril, el SII recibió el 90% de las Declaraciones de Renta estimadas para este año\nSantiago, 6 de Mayo de 2026\nÚltimo plazo para declarar Renta vence el 8 de mayo para quienes piden devolución o declaran sin pago:\nHasta el 30 de abril, el SII recibió el 90% de las Declaraciones de Renta estimadas para este año\nEntre el 1 y el 30 de abril, la institución recibió 4.585.200 de declaraciones, de las cuales 711.442 corresponden a declaraciones con pago, por un monto superior a los $5,5 billones.\nEn tanto, las declaraciones de Renta recibidas para el periodo y a las que les corresponde devolución de impuestos, llegaron a 3.142.558 alcanzando más de $3,1 billones.\n Un total de 4.585.200 de contribuyentes presentaron su Declaración de Renta entre el 1 y el 30 de abril, las que representan el 90% del total de declaraciones de Renta estimadas para este año, las que llegan a 5,1 millones.Del total de declaraciones recibidas, 711.442 corresponden a declaraciones con pago, por un monto de más $5,5 billones. En tanto, las declaraciones con derecho de devolución recibidas llegaron a los 3.142.556, por un monto total superior a los $3,1 billones, mientras que las calzadas (sin pago ni devolución) fueron 731.200. Respecto del tipo de contribuyentes, 1.239.414 declaraciones recibidas correspondieron a empresas, lo que equivale a más del 81% de las declaraciones esperadas para este segmento, mientras 3.345.786 corresponden a personas, lo que equivale al 93% del total de declaraciones esperadas en este caso.La Subdirectora de Fiscalización, Carolina Saravia, hizo un llamado a quienes aún no presentan su declaración de Renta a “revisar la información disponible en la propuesta elaborada por el Servicio y, si está de acuerdo, presentarla dentro del plazo correspondiente. De esta forma podrán evitar multas e intereses y cumplir adecuadamente con esta obligación tributaria”.Cabe recordar que el último plazo para presentar la declaración de impuesto a la Renta para quienes tienen derecho a devolución o declaran sin pago es el viernes 8 de mayo.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII ejecutó 125 auditorías en materia de Precios de Transferencia, logrando una recaudación superior a los $94 mil millones

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII ejecutó 125 auditorías en materia de Precios de Transferencia, logrando una recaudación superior a los $94 mil millones\nSantiago, 24 de Agosto de 2026\nY fortalece la transparencia con nuevas estadísticas sobre operaciones internacionales en 2025: \nSII ejecutó 125 auditorías en materia de Precios de Transferencia, logrando una recaudación superior a los $94 mil millones\nLos Precios de Transferencia corresponden a valores pactados en transacciones realizadas entre empresas relacionadas que operan en diversos países. El control de este instrumento busca verificar que dichas operaciones se realicen conforme al principio de plenacompetencia, es decir, en condiciones equivalentes a las que habrían acordado empresas independientes en circunstancias similares, al tiempo que se asegura la correcta declaración y pago de impuestos.  \nJunto con la estrategia colaborativa que el SII impulsa mediante herramientas como los Acuerdos Anticipados de Precios (APA) y la reciente publicación de Indicadores de Industria en esta materia, la institución utiliza estas iniciativas como apoyo en los análisis de riesgos que realiza. \nEl creciente volumen del comercio internacional ha incrementado la relevancia de las operaciones realizadas entre empresas pertenecientes a grupos multinacionales, convirtiéndose en una materia relevante dentro de las acciones contenidas en el Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario (PGCT) del SII, donde se definen las acciones prioritarias en materia de fiscalización y facilitación.   Así, de acuerdo con la información publicada por el Banco Central y los antecedentes contenidos en la Declaración Jurada N°1907 sobre precios de transferencia, es posible afirmar que, del total de exportaciones efectuadas durante el año comercial 2024, un 36% corresponde a ingresos percibidos o devengados por exportaciones de bienes hacia empresas relacionadas, lo que equivale a un monto de 33,7 billones de pesos. Por su parte, el 32% de las importaciones nacionales provino de partes relacionadas del exterior, traduciéndose en un monto total pagado de 23,81 billones de pesos. En este contexto, en materia de control, al SII le corresponde fiscalizar que las empresas que realizan operaciones con partes relacionadas en el extranjero acrediten que los precios utilizados sean consistentes con el mercado, mediante estudios técnicos y el cumplimiento de diversas obligaciones de entrega de información. Bajo este enfoque, las principales temáticas revisadas por el SII incluyen la compraventa de bienes, la prestación de servicios intragrupo, los préstamos y operaciones financieras, el pago de regalías por uso de propiedad intelectual, las reorganizaciones empresariales, y las transacciones vinculadas con activos intangibles. La Subdirectora de Fiscalización, Carolina Saravia señaló que “estas acciones de fiscalización son complementarias a la estrategia de Cumplimiento Tributario Cooperativo que impulsa el Servicio, la que busca -mediante la colaboración y acompañamiento permanentes- incentivar y lograr el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes, quienes a su vez se benefician al evitar eventuales procesos de auditoría largos y que pueden ser complejos”. Avances en materia de fiscalización La Subdirectora de Fiscalización del SII, agregó que “la estrategia de cumplimiento cooperativo impulsada por el SII, no implica que la institución haya dejado de lado las acciones de control, enfocadas especialmente en quienes deliberadamente buscan no cumplir con sus obligaciones tributarias”. En este contexto, en los últimos años, el trabajo de fiscalización del SII se ha fortalecido mediante un enfoque basado en riesgos, utilizando herramientas de análisis de datos que permiten identificar a contribuyentes con mayores niveles de riesgos, considerando factores como pérdidas recurrentes, márgenes de utilidad fuera de los rangos de mercado, operaciones con territorios de baja tributación, cambios significativos en la estructura del negocio y diferencias entre la información financiera y las declaraciones tributarias. Para ello, el SII cruza la información obtenida a través de declaraciones juradas, estados financieros, intercambios automáticos de información con otras administraciones tributarias, tales como los reportes país por país (Country-by-Country Report), entre otras fuentes, permitiendo focalizar las acciones de auditorías en operaciones de mayor complejidad y riesgo tributario. Así, durante 2025 se cursaron 125 auditorías, con un total recaudado de $94 mil millones de pesos, cuyo rendimiento promedio superó los $752 millones de pesos. Dichas auditorías corresponden en primer lugar a revisiones integrales de esta materia, que involucran el análisis de todas las operaciones (Auditorías de Precios de Transferencia Generales); en segundo lugar, a auditorías de Precios de Transferencia asociadas a Operaciones Financieras, las que en conjunto representaron el 84,6% del total recaudado en el año 2025; y en tercer lugar, representando un 15,4%, encontramos aquellas relativas a Otras Operaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Detalle de recaudación de Precios de Transferencia en el año 2025 Programa Número de casos auditados Recaudación Monto Total Porcentaje sobre el Total Auditoría de Precios de Transferencia Generales 33 49.082.877.534 52,2% Auditoría de Precios de Transferencia en Operaciones Financieras 28 30.438.893.278 32,4% Auditoría de Precios de Transferencia Otras Operaciones 64 14.523.642.925 15,4% Totales   125 94.045.413.737 100%  Más información sobre estas operaciones se encuentra disponible en el sitio del SII, donde los contribuyentes pueden acceder a los nuevos indicadores estadísticos sobre Operaciones Internacionales con Empresas Relacionadas y Reporte País por País (CbCR). Esta publicación forma parte del Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario (PGCT) de este año, y contiene por primera vez indicadores estadísticos sobre Precios de Transferencia y Reporte País por País (Country-by-Country Report), con el objeto de fortalecer la transparencia tributaria como una de las temáticas relevantes para la política fiscal del país. Esta publicación toma como referencia la experiencia de Administraciones Tributarias relevantes a nivel mundial, como la de Australia, así como los modelos de estadísticas agregadas difundidos por la OCDE. 

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • Combate contra proveedores de comercio informal en barrio Meiggs logra importantes resultados en materia de sanciones y recaudación de impuestos

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Combate contra proveedores de comercio informal en barrio Meiggs logra importantes resultados en materia de sanciones y recaudación de impuestos\nSantiago, 17 de Abril de 2026\nEn el marco de la estrategia contra el comercio ilícito y los delitos tributarios:\nCombate contra proveedores de comercio informal en barrio Meiggs logra importantes resultados en materia de sanciones y recaudación de impuestos\nRespecto de las sanciones, las acciones del SII permitieron aplicar medidas cautelares contra 5 imputados por evasión de impuestos por más de $2.300 millones. Entre estas medidas destaca la prohibición de celebrar actos y contratos respecto de una propiedad en Lampa, una cuenta bancaria y 5 vehículos de alta gama, con el objeto de garantizar que la responsabilidad pecuniaria derivada del delito pueda ser efectivamente ejecutada.\nEn materia de recaudación de impuestos, en tanto, el SII ha seleccionado en la zona a más de 100 comerciantes que presentaban diferencias de impuestos, para la aplicación de procesos de auditorías. De ellos, 14 rectificaron sus declaraciones de impuestos de manera voluntaria, por lo que el SII logró recuperar más de $4 mil millones, en los primeros meses de este año\nEl Director del Servicio de Impuestos Internos, Jorge Trujillo, destacó los avances que estamos teniendo como institución en el combate contra los proveedores del comercio informal, especialmente del barrio Meiggs, lo que ha permitido la aplicación de medidas cautelares y avances relevantes en materia de recaudación de impuestos. La autoridad señaló que “estos resultados son fruto del intenso trabajo desarrollado por la institución, a través de la Dirección Metropolitana Santiago Centro en el combate contra la evasión de impuestos y el comercio ilícito en el Barrio Meiggs”, destacando, en primer término, la aplicación de importantes medidas cautelares contra las 5 personas contra las cuales el SII presentó una querella por delitos tributarios, en enero pasado. La Directora Regional Metropolitana Centro del SII, Paola Pacheco, explicó que este caso partió a raíz de un programa de fiscalización llevado a cabo por dicha DR, asociado a la Sobredeclaración de IVA Crédito Fiscal por compras a emisores agresivos y que corresponderían a operaciones con facturas falsas o no fidedignas, en el que se seleccionó para una auditoría a una de las sociedades comerciales asociada a los imputados en esta querella. En dicha querella “solicitamos que se investigara la evasión de impuestos realizada por dos sociedades comerciales que operaban como “mall chinos” en el barrio Meiggs, y que ocasionaron un perjuicio fiscal de $ 2.357.627.710, mediante la omisión de ingresos por $13 mil millones”, señaló la Directora Regional.   Medidas cautelaresEntre las medidas cautelares, que fueron aplicadas por el Juzgado de Garantía de Santiago considerando los antecedentes aportados por el SII, destacan la prohibición de celebrar actos y contratos sobre una propiedad en Lampa, 5 vehículos de alta gama y una cuenta corriente Bancaria, con el objeto de garantizar que la responsabilidad pecuniaria derivada del delito pueda ser efectivamente ejecutada. El Director Jorge Trujillo destacó que “como institución continuaremos aplicando el máximo rigor de la ley para perseguir la informalidad, la evasión y los delitos tributarios, lo que nos permitirá generar también un efecto ejemplarizador en el entorno”.Del mismo modo, afirmó que el trabajo desplegado por los distintos equipos de fiscalización en terreno ha permitido reforzar y avanzar en el combate contra la evasión de impuestos y especialmente en la identificación de los proveedores de comercio informal, porque consideramos que es muy relevante emparejar la cancha, para que quienes están cumpliendo con todas sus obligaciones tributarias y pagando sus impuestos oportunamente no se vean afectados por la competencia desleal que genera la informalidad.Auditorías y mayor recaudaciónEl Director del SII agregó que, tanto en Santiago como en regiones, se han desarrollado una serie de auditorías utilizando la información disponible a partir de la Declaración Jurada sobre información de saldos y abonos en cuentas bancarias, que nos entrega la información necesaria para abordar a contribuyentes que pueden estar operando como proveedores de comercio informal.“Un ejemplo concreto lo observamos en el Barrio Meiggs, donde seleccionamos para procesos de auditoría a 100 contribuyentes, de los cuales 14 ya han rectificado sus declaraciones de impuestos de manera voluntaria, lo que ha permitido recuperar más de $4 mil millones en los primeros meses de este año”, relevó.  “Este caso es un ejemplo también de que las distintas acciones de control que estamos realizando a nivel nacional, como las revisiones de información de manera focalizada, la fiscalización en terreno y las actuaciones conjuntas con otras instituciones, entre otras, están rindiendo frutos. Además, permiten y fomentan, por una parte, el desarrollo de actividades de quienes cumplen adecuadamente con sus obligaciones tributarias y, por otra, incentivan el cumplimiento tributario de quienes presentan riesgos de incumplimientos asociados a la evasión del IVA”, concluyó la autoridad.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Ya se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que contiene medidas tributarias y de apoyo a Adultos Mayores

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Ya se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que contiene medidas tributarias y de apoyo a Adultos Mayores\nSantiago, 19 de Octubre de 2026\nYa se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que contiene medidas tributarias y de apoyo a Adultos Mayores\nLa normativa contiene 14 medidas con componentes tributarios, de vigencia transitoria o permanente, con fines recaudatorios o de incentivo a la actividad económica, entre las que destacan el pago de un impuesto Único y Sustitutivo de Impuestos Finales, la rebaja de la tasa del impuesto a las donaciones, repatriación de capitales, la creación de nuevos créditos contra el impuesto de primera categoría, la Invariabilidad Tributaria, la exención de contribuciones para la primera vivienda de los Adultos Mayores de 65 años, la reducción de la tasa de Primera Categoría y la integración total del impuesto corporativo en la tributación final de los propietarios de empresas, entre otras. \nCon el objeto de orientar a los contribuyentes respecto al contenido de las medidas y de la forma de acogerse a determinados beneficios, el SII dispuso de un portal donde es posible encontrar un resumen de cada una de ellas, además del calendario de vigencia de las mismas. También difundirá en redes sociales los principales alcances de las medidas en la medida en que entren en vigencia. \n Ya se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y social que contiene, entre otras, 14 modificaciones tributarias que buscan ir en apoyo del crecimiento económico del país, así como apoyar a las personas Adultas Mayores.Con el objeto de orientar a los contribuyentes respecto de la forma de acogerse a determinados beneficios y medidas, el SII dispuso de un portal donde es posible encontrar un resumen de cada cambio legal,además del calendario de implementación. También difundirá en redes sociales los principales alcances de la ley cuando entren en vigencia.Principales medidas tributarias1. La primera norma tributaria que entra en vigencia junto con la publicación de la ley, es la creación del Impuesto Único y Sustitutivo de Impuestos Finales (IUSIF), que consiste en un mecanismo opcional, con tasa única de 10%, que reemplaza a los impuestos finales (Global Complementario o Adicional) para propietarios de empresas con rentas acumuladas pendientes de tributación en el registro total de Utilidades Tributables  (STUT) y en el registro del Fondo de Utilidades Reinvertidas (FUR) o saldos de retiros en exceso pendientes de imputación.2. El primer día hábil de noviembre entran en vigencia 2 medidas tributarias:a) El Crédito por pago de remuneraciones, beneficio tributario para las empresas destinado a incentivar la contratación y mantención de trabajadores formales, asociados especialmente a la exportación de servicios vinculados con la economía digital. El beneficio es de un 20% si se trata de trabajadores de regiones, y de un 15%, para los trabajadores de la región Metropolitana.b) Modificaciones al Código Tributario. Se faculta al SII a requerir información nominada a todas las entidades de la administración del Estado, y además, se establece la obligación de entregar información a la Dipres respecto de determinados contribuyentes. 3. El primer día hábil de diciembre, entran en vigencia 2 medidas tributariasa)La exención transitoria del IVA a viviendas nuevas, su duración será de un año y consiste en una opción que permite eximir del pago del IVA a la venta de viviendas nuevas, con el fin de contribuir a dinamizar la venta de viviendas nuevas que se mantienen en stock. La norma también considera la devolución del IVA que gravó las ventas de dichos bienes ocurrida entre el 22 de abril de 2026 y la fecha de inicio de vigencia de la norma.b) La rebaja del 50% del impuesto a las donaciones, aplicable por una sola vez, desde diciembre, durante un año, sobre el impuesto a las donaciones respecto de cada donante. El valor de la donación no puede exceder el 50% del total del patrimonio del donante y se accederá a este beneficio a través de la presentación del formulario 4412. 4. El 1 de enero de 2027, entran en vigencia 7 medidas tributarias contenidas en la ley:a) Repatriación de Capitales. También es una medida transitoria, con duración de un año, que establece un mecanismo extraordinario que busca incentivar que contribuyentes (personas y empresas) con residencia o domicilio en Chile, que mantienen bienes y/o rentas en el extranjero, que no hayan sido oportunamente declarados o gravados con los impuestos correspondientes en Chile, regularicen su situación tributaria e ingresen esos recursos al país. La norma contempla la posibilidad de aplicar una tasa del 7% para aquellos contribuyentes que ingresen las rentas al país y de un 10% para aquellos que opten por no hacerlo.b) Estatuto de invariabilidad tributaria. mecanismo permanente que busca dar certeza a los inversionistas nacionales y extranjeros, respecto de las obligaciones tributarias que afectarán a un proyecto de inversión durante un periodo determinadoc) Eliminación del impuesto único para ganancias de capital, que consiste en la eliminación del Impuesto Único del 10% que se aplica a las ganancias de capital de determinados instrumentos financieros, tales como las acciones de sociedades anónimas abiertas y las cuotas de fondos mutuos o fondos de inversión acogidos al artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), dejando este tipo de ganancias como Ingresos no Rentad) Exención del impuesto territorial para adultos mayores. Que consiste en una exención que debe ser solicitada por el adulto mayor y que corresponde al 100% del Impuesto Territorial de la vivienda principal de personas naturales de 65 años o más. Esta medida complementa el beneficio del adulto mayor que se entrega en forma automática.e) Régimen especial DFL2. Es una opción aplicable a las rentas provenientes del arrendamiento de viviendas, para todas aquellas que no superen los 90 m2, las cuales pagarán un impuesto único con una tasa del 5%. Además, esta opción es extensible a las viviendas económicas nuevas de hasta 140 m2 que sean adquiridas dentro de los 12 meses siguientes a la publicación de la leyf) Crédito de financiamiento para enfermedades catastróficas.beneficio que permite al empleador financiar tratamientos de enfermedades catastróficas de sus trabajadores o de algunos familiares de este, utilizando esos desembolsos como un crédito contra el Impuesto de Primera Categoría con un tope de 150 UTM por trabajador.g) La modificación del crédito Sence, corresponde a cambios propuestos al sistema de Franquicia Tributaria (Sence), que permite a las empresas descontar de sus impuestos parte de los gastos destinados a capacitación de trabajadores, con una reducción de la franquicia del 1% al 0,7% y otras limitaciones que detalla la ley. 5. Finalmente, el 1 de enero de 2029, entran en vigencia definitiva, dos medidas tributarias:a) Reintegración del sistema tributario,que implica que el impuesto de primera categoría pagado por las empresas sujetas al régimen de la letra A) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) podrá ser utilizado íntegramente como crédito por los dueños, socios o accionistas al momento de determinar su Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional (impuestos finales). Cabe precisar que esta norma contempla una vigencia gradual a partir del año tributario 2028, la cual se materializa a través de la disminución del porcentaje de restitución que contempla la ley.   Año tributario Impuesto a restituir AT2028 30% AT2029 20% AT2030 (integración total) 0%  b) Reducción de la tasa del impuesto de primera categoría. Consiste en una reducción gradual de la tasa general del Impuesto de Primera Categoría para las empresas, desde 27% a 23%, en un lapso de 3 años. También contempla la reducción de PPM para los contribuyentes del régimen general o parcialmente integrado. Al igual que el caso anterior, esta disposición contempla una vigencia gradual a partir del año tributario 2028, la cual se materializa a través de la disminución de la tasa del impuesto de primera categoría. Aplicación de reducción del Impuesto:   Año tributario Impuesto a restituir AT2028 25,5% AT2029 24% AT2030 23%  Para el Director del Servicio de Impuestos Internos, Jorge Trujillo, “la implementación de las medidas tributarias contenidas en la Ley de Reconstrucción son un importante desafío para nuestra institución y se centra en 5 pilares centrales: información y orientación oportuna a los contribuyentes; facilitación y simplificación del acceso a los beneficios tributarios; acompañamiento y asistencia durante la implementación; coordinación interinstitucional y colaboración pública; y monitoreo y mejora continua de la implementación. A partir de ahora y durante los próximos meses el SII dictará un total de 13 Circulares y 17 Resoluciones con instrucciones específicas para asegurar la correcta implementación de las medidas contenidas en la nueva Ley, proceso en el que ha venido desarrollando un trabajo colaborativo con diversos actores del mundo tributario, como la academia, contadores, gremios y consultores, de manera de escuchar sus sugerencias y anticipar contingencias en forma previa a su publicación.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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