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  • Servicio de Impuestos Internos destaca colaboración de instituciones de educación superior en el desarrollo de la Operación Renta 2026

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Servicio de Impuestos Internos destaca colaboración de instituciones de educación superior en el desarrollo de la Operación Renta 2026 \nSantiago, 16 de Junio de 2026\nEn actividad de cierre del Programa Núcleos de Apoyo Fiscal:\nServicio de Impuestos Internos destaca colaboración de instituciones de educación superior en el desarrollo de la Operación Renta 2026 \nEn la actividad, el SII reconoció el aporte de 15 instituciones de educación superior, cuyos estudiantes realizaron más de 55 mil atenciones a contribuyentes en todo el país, alcanzando altos niveles de satisfacción ciudadana..\nCon la participación de representantes de las 15 instituciones de educación superior que brindaron apoyo de forma presencial y en línea durante la Operación Renta 2026, el Servicio de Impuestos Internos realizó la actividad de cierre del programa Núcleos de Apoyo Fiscal (NAF) correspondiente al proceso de Renta de este año.Durante el evento, que se realizó en formato híbrido y fue organizada por la Oficina de Cultura Tributaria y Gestión de Contenidos de la Subdirección de Asistencia al Contribuyente, el Subdirector(S) de la SDAC, Christian Soto, destacó el compromiso de las casas de estudio con el programa y el valioso apoyo brindado durante la Operación Renta 2026. “Las instituciones de educación superior cumplen un rol fundamental en el desarrollo del programa NAF, permitiendo que miles de contribuyentes accedan a orientación gratuita y de calidad, al mismo tiempo que los estudiantes fortalecen sus competencias profesionales y su compromiso con el servicio público, para contribuir activamente a acercar los servicios y la información tributaria a la comunidad”, señaló.Uno de los momentos centrales de la jornada fue la entrega de certificados de reconocimiento a cada casa de estudio participante, en agradecimiento por su colaboración y aporte al fortalecimiento de la educación fiscal y tributaria en el país.Durante el encuentro también se presentaron los principales resultados obtenidos por el programa NAF durante el período de Renta 2026, destacando entre los hitos más relevantes  la realización de más de 55 mil atenciones a contribuyentes en todo el país y la aprobación de cerca de 1.700 estudiantes en el curso habilitante que les permite entregar orientación tributaria a la ciudadanía.En la presentación de resultados también se dieron a conocer los indicadores de satisfacción ciudadana obtenidos en los distintos puntos de atención NAF,  cifras que reflejaron una alta valoración por parte de las personas atendidas: un 95% señaló que su consulta fue resuelta, mientras que un 96% calificó positivamente el nivel de satisfacción con la atención y el servicio recibido. Asimismo, un 96% indicó que recomendaría este punto de atención a otras personas, evidenciando la confianza y utilidad que el programa representa para los contribuyentes.\nTrabajo colaborativoPara Iván Triviño, coordinador de los Núcleos de Apoyo Fiscal (NAF) de la Universidad de Los Lagos, “este tipo de actividades fortalecen significativamente el trabajo colaborativo entre las instituciones de educación superior y el Servicio, permitiendo que nuestros estudiantes continúen desarrollando competencias técnicas, éticas y de compromiso social, en beneficio de la comunidad y de los contribuyentes que requieren orientación tributaria. Como Universidad de Los Lagos, reafirmamos nuestro compromiso con el desarrollo y fortalecimiento de los Núcleos de Apoyo Fiscal, valorando el permanente apoyo, acompañamiento y confianza entregada por el Servicio en esta importante labor de formación y servicio a la comunidad”, señaló.Por su parte, Ana María Betanzo, coordinadora de AIEP, destacó que “fue una instancia enriquecedora, compartir buenas prácticas con un otro, siempre en pos de nuestros estudiantes de cara al desarrollo profesional y a la contribución desde la mirada profesional hacia la comunidad. Además de las redes que se generan para crear, construir y contribuir al desarrollo profesional de los futuros profesionales”.La actividad concluyó con una instancia de trabajo colaborativo orientada a identificar oportunidades de mejora y propuestas para fortalecer la gestión del programa de cara al proceso 2027, reafirmando el compromiso conjunto entre el Servicio y las instituciones educativas para seguir acercando la educación tributaria y el apoyo a los contribuyentes.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII habilita nueva alternativa para solicitar cupón de pago de Préstamo Solidario por internet y suscribir convenio con TGR

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII habilita nueva alternativa para solicitar cupón de pago de Préstamo Solidario por internet y suscribir convenio con TGR\nSantiago, 27 de Agosto de 2026\nVía Petición Administrativa\nSII habilita nueva alternativa para solicitar cupón de pago de Préstamo Solidario por internet y suscribir convenio con TGR\nEsta iniciativa se suma a otras alternativas dispuestas para que las personas pueden realizar este trámite en forma rápida y segura en el sitio web, sin tener que ir presencialmente a una de las oficinas.\n En el marco del cobro de las cuotas impagas de los Préstamos Solidarios 2020 y 2021, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dispuso en su sitio web la opción de solicitar vía Petición Administrativa un cupón de pago por cada préstamo adeudado, con el que se podrá suscribir, 8 días después, un convenio de pago ante la Tesorería General de la República (TGR) y regularizar la situación.Para ello, las personas deben entrar a sii.cl, menú “ayudas”, opción “servicios online” y seleccionar “Petición Administrativa”. Una vez ahí, deben ingresar con su clave tributaria, y elegir la alternativa “F22 Pendientes de Préstamo Solidario”. En ese punto el solicitante deberá completar la información con lo que habrá quedado ingresada su petición administrativa. Una vez recibido el cupón de pago, los contribuyentes deberán espera 8 días para solicitar el convenio de pago con TGR.Esta iniciativa se suma a otras alternativas dispuestas por el ente fiscalizador, con las que los contribuyentes pueden realizar este trámite en forma rápida y segura en el sitio web, sin tener que ir presencialmente a una de las oficinas. Entre ellas, declarar los periodos de renta correspondientes y realizar el pago directo en el sitio web con rebaja de multas e intereses en caso de que cuente con los recursos. También puede obtener, a partir del 14 de septiembre, el cupón de pago para suscribir posteriormente un convenio con TGR (8 días después).A lo dispuesto en el sitio web, el SII agregó in punto de atención presencial exclusivo para Préstamo Solidario dispuesto en San Isidro 85, Santiago, donde se estarán atendiendo consultas hasta el 10 de septiembre, entre las 9 y 14 horas.Toda la información y ayudas, se encuentran disponibles en https://www.sii.cl/destacados/prestamo_solidario/pago/para acompañar a las personas en cada una de las etapas del proceso y que puedan regularizar su situación de forma expedita.Reintegro del Préstamo SolidarioCabe recordar que a mediados de a agosto el SII informó que cerca de un millón de contribuyentes que solicitaron algunos de los préstamos solidarios otorgados por el Estado en 2020 y 2021, no realizaron su declaración Anual de Impuestos al menos en una oportunidad, dentro del plazo establecido para el reintegro de los montos otorgados (es decir, entre 2022 y 2026), a pesar de contar con ingresos en dichos periodos.Según lo establecido por la legislación vigente, las personas que se encuentran en esta situación y que cuentan con menos ingresos (cerca de 900 mil) deberán reintegrar las cuotas del Préstamo Solidario que quedaron impagas producto de su declaración de impuesto en uno o más periodos hasta el 30 de noviembre. Préstamo Solidario 2020 y 2021La normativa estableció que este beneficio -destinado a apoyar a las personas a enfrentar las consecuencias de la pandemia del Covid- debería ser pagado en 4 cuotas anuales, a través del proceso de declaración de Renta. La primera cuota correspondía al 10% del monto total solicitado, mientras las tres restantes, equivalían a un 30% de dicho total.Cada pago anual no podía superar el 5% de los ingresos obtenidos cada año. Si por la aplicación de este límite, luego de la cuarta cuota se mantenía un saldo por reintegrar, la ley estableció que éste sería condonado.Con el objeto de facilitar el pago de las cuotas anuales asociadas a este beneficio, a través de la Declaración de Renta, se estableció también la obligación, tanto para trabajadores dependientes como independientes y empresarios individuales, de someterse a una retención adicional del 3% mensual de sus impuestos.Si producto de estas retenciones se producían excedentes, luego del pago de la cuota respectiva del préstamo, el contribuyente podía abonarlos a las cuotas siguientes o bien, solicitar su devolución en la misma Operación Renta.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII habilita plataforma para acceder a un nuevo beneficio para Micro, Pequeñas y medianas empresas destinado a apoyar el pago del aumento del sueldo mínimo

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII habilita plataforma para acceder a un nuevo beneficio para Micro, Pequeñas y medianas empresas destinado a apoyar el pago del aumento del sueldo mínimo \nSantiago, 22 de Abril de 2026\nTras publicación del Decreto N°1783 del Ministerio de Hacienda: \nSII habilita plataforma para acceder a un nuevo beneficio para Micro, Pequeñas y medianas empresas destinado a apoyar el pago del aumento del sueldo mínimo \nEl Nuevo Subsidio al Sueldo Mínimodebe solicitarse una sola vez, hasta el 30 de abril de 2026, si se cumple con los requisitos legales. El beneficio se pagará en 2 cuotas (en mayo y agosto) \nLas cuotas se calculan en base a la vigencia del contrato, el número de trabajadores o nuevas contrataciones y tamaño de la empresa. \nEste beneficio temporal, también aplica a cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades.\nYa está disponible en www.sii.cl la opción para que las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (como fundaciones) y comunidades puedan solicitar el Nuevo Subsidio al Sueldo Mínimo, beneficio que les entrega un apoyo para el pago del aumento del sueldo mínimo, luego de la publicación del Decreto N°1783 del Ministerio de Hacienda sobre esta materia.Las Mipymes, cooperativas y comunidades que cumplan con los requisitos y podrán solicitar este subsidio una sola vez, hasta el 30 de abril de 2026, a través de la plataforma disponible en sii.cl. El subsidio será pagado por TGR en 2 cuotas, correspondientes a mayo y agosto de este año.De esta manera, el SII está poniendo toda su experiencia y capacidad a disposición de las micro, pequeñas y medianas empresas del país, para que puedan solicitar este beneficio que hace posible que las trabajadoras y los trabajadores del país accedan a este mayor ingreso mínimo.Cómo funcionaEl beneficio consiste en un aporte en dinero por cada trabajador dependiente que recibió el sueldo mínimo de acuerdo a información de los trabajadores, entregada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).El monto corresponde a $9.500 al mes (considerando de enero y abril), si la empresa inició actividades hasta el 30 de abril de 2025. El monto en cambio será de $3.150 al mes (considerando de enero a abril), si la empresa informó inicio de actividades entre el 1 de mayo de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.La normativa que regula este subsidio estableció un máximo de 200 trabajadores para considerar en el pago de este subsidio. Es decir, si la AFC informa a 215 trabajadores con sueldo mínimo, solo se pagará el subsidio por 200.Cabe destacar que el monto de la segunda cuota puede ser mayor a la primera si es que la empresa registró un aumento en el número de trabajadores en los primeros meses de 2026, respecto del mes base (mes con mayor número de trabajadores contratados) de 2025; o menor, si es que se registra una disminución en el número de trabajadores.Este factor de empleo se calcula automáticamente, de acuerdo a la información que entregue la AFC, para el cálculo de la segunda cuota.¿Quiénes pueden acceder al beneficio? Empresas y cooperativas de menor tamaño que cumplan con los siguientes requisitos: Ser personas naturales y jurídicas Haber informado inicio de actividades en primera categoría ante el SII al 31 de diciembre de 2025. Contar con ingresos anuales por ventas y servicios del giro superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100 mil UF. Personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades. Se considerarán para el cálculo de este beneficio las personas trabajadoras que contaban con el Ingreso Mínimo Mensual durante 2025, de acuerdo con lo informado por la AFC.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Con foco en la asistencia al contribuyente, la formalización, el cumplimiento tributario cooperativo y el combate a la evasión, al delito tributario y al crimen organizado, el SII presenta su PGCT 2026

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Con foco en la asistencia al contribuyente, la formalización, el cumplimiento tributario cooperativo y el combate a la evasión, al delito tributario y al crimen organizado, el SII presenta su PGCT 2026\nSantiago, 29 de Enero de 2026\nDe acuerdo a lo establecido en la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias: \nCon foco en la asistencia al contribuyente, la formalización, el cumplimiento tributario cooperativo y el combate a la evasión, al delito tributario y al crimen organizado, el SII presenta su PGCT 2026\nLa Ley N°21.713 estableció que una vez al año, el Servicio debe presentar el Plan con la estrategia integral para promover el cumplimiento voluntario, prevenir el incumplimiento, fiscalizar la evasión, detectar y sancionar el fraude y delito tributario, de tal forma asegurar el cumplimiento y la correcta y oportuna recaudación de los impuestos. Previamente, tal como lo señala la Ley, durante los meses de noviembre y diciembre, se compartió el Plan y recibió comentarios preliminares del Consejo Tributario, instancia creada por la misma normativa para revisar anualmente los resultados del plan y efectuar recomendaciones. \nEl Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario del SII es el marco orientador con el que el Servicio busca gestionar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con el objetivo de disminuir la evasión y asegurar la recaudación de impuestos. \nEl SII presentó su Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario 2026 (PGCT), con foco en la asistencia al contribuyente, la formalización, el cumplimiento tributario cooperativo y el combate a la evasión, delito tributario y al crimen organizado. Esto, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°21.713, de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, en el sentido de que el SII debe presentar este Plan y sus resultados tanto al Consejo Tributario, creado por la misma ley, así como ante la Comisión de Hacienda del Senado, una vez al año. La Directora (S) del SII, Carolina Saravia, explicó que “este Plan establece el marco orientador para promover el cumplimiento voluntario, prevenir el incumplimiento, disminuir la evasión y por tanto, asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la correcta y oportuna recaudación de los impuestos”. Carolina Saravia agregó que este plan se fundamenta en la gestión de riesgos y el fortalecimiento de las capacidades institucionales, con un enfoque integral de acciones de tratamiento que combina facilitación, prevención, educación tributaria, fiscalizaciones focalizadas, procesos de control masivos y la aplicación de querellas y denuncias a los contribuyentes que deliberadamente no cumplen con sus obligaciones tributarias. PGCT 2026Las temáticas incorporadas en el Plan de este año se fundamentan en los resultados y aprendizajes del Servicio del año 2025 y se estructuran en torno a 3 estrategias: la Estrategia de Facilitación y Prevención, la Estrategia de Control y Fiscalización y la Estrategia contra el Fraude y el Delito tributario. En este marco, en materia de facilitación y prevención, se abordan temáticas como la Formalización de Personas que realizan actividades comerciales, destacando las iniciativas para facilitar y promover el inicio de actividades a pequeños comerciantes, así como también el acompañamiento necesario para los vendedores de ferias libres, para que se inscriban en el Registro dispuesto para ellos. Para facilitar este proceso de formalización, el SII continuará avanzando en poner a disposición de los contribuyentes distintas ayudas focalizadas, para guiarlos en este proceso. En este ámbito también se buscará fortalecer la calidad, oportunidad y pertinencia en la atención a los contribuyentes, reforzando los protocolos de atención en oficinas, mejorando la calidad y disminuyendo los plazos de las respuestas e incorporando atención mediante videollamadas en los trámites más frecuentes como verificación de actividades y rectificatorias de las declaraciones de IVA y Renta. En los procesos masivos como la presentación de la declaraciones juradas y declaración de renta se reforzarán las ayudas en Internet para un correcto cumplimiento y se incorporarán alertas en línea con información que permita a los contribuyentes y sus asesores evitar errores en su presentación. El Servicio implementará también acciones preventivas para apoyar el cumplimiento tributario, cooperativo, simple y oportuno, como el desarrollo de un Código de Buenas Prácticas, que se realizará en conjunto con las Asociaciones y Agrupaciones de Intermediarios Tributarios y la creación de un procedimiento para la suscripción de acuerdos cooperativos con medianas y pequeñas empresas sobre la base de indicadores de sostenibilidad tributaria adaptados a estos segmentos, de tal forma de contribuir al cumplimiento oportuno. Respecto del segmento de Grupos Empresariales y Multinacionales, el Servicio incentivará la suscripción de acuerdos de cooperación con los grupos más grandes del país y con mejor comportamiento tributario, además de continuar la promoción con Multinacionales y otras administraciones tributarias de Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia (Apas y Bapas). Otra medida asociada a la asistencia apunta a la implementación de una herramienta digital que facilite la comunicación y el reporte voluntario de construcciones o ampliaciones, con el fin de promover la participación de los contribuyentes en la actualización y conocimiento de los bienes raíces registrados en el catastro del SII. Respecto la educación tributaria, el foco estará puesto en el segmento de los jóvenes de último año de enseñanza media y estudiantes universitarios o técnicos de carreras comerciales, para orientarlos respecto de cómo formalizarse y la normativa tributaria que deben conocer al momento de comenzar con sus negocios. Lo anterior, considerando el auge que tiene el emprendimiento entre los jóvenes estudiantes y profesionales. Estrategia de control y fiscalización En materia de control, continuarán siendo focos relevantes aquellos sectores de mayor impacto en la recaudación fiscal, entre los que están los Grupos Empresariales o Multinacionales, así como los contribuyentes de Altos Patrimonios. Con este objeto, el SII transparentará metodologías de valoración con el objeto de disminuir contingencias en esta materia y en la misma línea la creación una nueva área de valoración, destinada a apoyar a los equipos de fiscalización a nivel nacional en esta materia, siguiendo el ejemplo de Administraciones Tributarias reconocidas internacionalmente como por ejemplo Canadá, Reino Unido o Australia. En el caso de los contribuyentes de Altos Patrimonios, el SII seguirá utilizando diversas fuentes de información, por ejemplo, la proveniente del Common Reporting Standard (CRS), como insumo para la fiscalización de aquellos contribuyentes que presentan riesgo de subdeclaración de Impuesto Global Complementario y/o Impuestos a las Herencias y Donaciones, fortaleciendo así el control tributario y la fiscalización de incumplimientos. Otros focos de trabajo del SII apuntan a disminuir la brecha de cumplimiento asociado al Impuesto a la Renta, fortalecer las herramientas tecnológicas de apoyo a contribuyentes y a los equipos de fiscalización e intensificar el control del cumplimiento tributario en terreno incorporando nueva tecnología como cámaras en el Control de Angostura. Además, asegurar la calidad, integridad y trazabilidad de la información proveniente de los Documento Tributarios Electrónicos (DTE) creando el nuevo proceso de Operación Factura para asegurar recibir información de calidad que le permita, a través de análisis avanzados, determinar espacios de no emisión de documentos, así como también a quienes puedan estar no declarando o subdeclarando el IVA, para lo cual fortalecerá los equipos internos, creando un área especializada en el análisis y procesos de control de los documentos. Estrategia contra el fraude y el delito tributarioEn el combate contra el comercio ilícito, potenciando lo iniciado a finales de 2024, continuará el trabajo colaborativo mutisectorial para mejorar la detección de estos casos, con medidas como la implementación de un modelo de trazabilidad de operaciones comerciales en rubros con mayor informalidad, para controlar el origen y destino de las transacciones, por ejemplo, el acopio y venta de chatarras de cobre, entre otros. Por otro lado, el SII avanzará en seguir fortaleciendo el control en la emisión y uso de documentos tributarios para detectar a quienes emiten documentos tributarios falsos o crean empresas ficticias, a través de medidas como la implementación de indicadores de riesgo en la aplicación de inicio de actividades, verificación de actividades, o la emisión de documentos tributarios. El objetivo es detectar y controlar a los contribuyentes que sólo buscan crear empresas para defraudar el sistema tributario, distinguiendo oportunamente y entregando todas las facilidades al resto de contribuyentes que buscan realizar sus negocios, cumpliendo adecuadamente sus obligaciones tributarias. En materia de crimen organizado, la institución avanzará en la detección y análisis de actividades ilegales mediante el rastreo de información tributaria y transacciones anómalas; en la detección de sectores emergentes de la economía con comportamientos que puedan estar vinculados al crimen organizado; además de fortalecer las capacidades institucionales para promover acciones fiscales y jurídicas más efectivas y coordinadas con otros actores relevantes. Por último, en el proceso de sanción del delito tributario, el Servicio continuará fortaleciendo la capacidad operativa y generación temprana de posibles casos de ilícitos tributarios para la recopilación de antecedentes y la persecución penal oportuna y eficaz de estos delitos detectados, con especial énfasis en los casos de delitos tributarios asociados al crimen organizado. Principales resultados PGCT 2025Respecto de los resultados del Plan correspondiente a 2025, en materia de Facilitación y Prevención, destaca el aumento en un 15,4% del inicio de actividades en primera categoría durante el año 2025, respecto del año anterior. Respecto del cumplimiento tributario cooperativo, entre enero y octubre de 2025 se firmaron 8 Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia, es decir, 3 acuerdos más que los registrados durante 2024. Así, desde 2019 a la fecha, se han firmado 23 APas, de los cuales 4 son bilaterales. Nuestro país registra también resultados relevantes en la presentación electrónica de la declaración de impuestos, así como en el uso de la propuesta de declaración elaborada por el SII. Por ejemplo, mientras las propuestas de declaraciones electrónicas de Renta de personas naturales en Chile llegan al 95%, el promedio de países de la OCDE se ubica en torno al 56%. Si revisamos el uso de la propuesta de declaración de IVA, mientras en Chile es superior al 97%, el promedio de los países de la OCDE solo llega al 11%, por lo que son procesos que deben continuar operando y fortaleciendo su calidad y entrega a los contribuyentes.    El alto uso de las propuestas de declaraciones, sumado a las distintas acciones preventivas desarrolladas por el Servicio para asegurar el cumplimiento tributario, ha permitido que las situaciones detectadas sean de menor complejidad, lo que se confirma con que el 76% de los contribuyentes observados pudieron resolver sus observaciones sin la necesidad de una fiscalización, sino que rectificando directamente su declaración de renta a través del sitio web del Servicio. Estos resultados permiten focalizar las horas de fiscalización en Auditorías, donde se abordan contribuyentes con riesgos e incumplimientos mayores, lo que implica una mayor complejidad e intensidad en el proceso de fiscalización. En materia de control y fiscalización, y siguiendo las recomendaciones de la OCDE, se destaca el control a las Operaciones Internacionales, los Grupos Empresariales y los contribuyentes de Alto Patrimonio. Las acciones de control para Grupos Empresariales y Multinacionales se focalizaron en temáticas relacionadas con planificaciones tributarias internacionales (uso de pérdidas en el extranjero, uso de intangibles, correcta tributación del impuesto adicional, precios de transferencia, entre otras). La estrategia para controlar de manera integral a los Grupos Empresariales comenzó durante el año 2023 con la reestructuración de la Dirección de Grandes Contribuyentes. Luego, durante el año 2024 se abordaron 28 grupos empresariales y el año 2025 fueron 46 los grupos controlados. En el caso de Altos Patrimonios, los principales riesgos controlados fueron la subdeclaración del impuesto global complementario y las diluciones patrimoniales, fiscalizándose a 780 contribuyentes de este segmento, un 22,6% más que el año anterior. En cumplimiento tributario en terreno, se realizaron 467.860 acciones un 104,3% más que el año 2024, destacando los 202.826 controles carreteros. En ese contexto se cursaron 14.663 infracciones (el 85% por no emitir documentos tributaros) y 5.879 clausuras, un 59,7% y 73% más que el año 2024 respectivamente. Por otro lado, el mejoramiento de los modelos de análisis de datos implementados por el SII permitió identificar un 30,8% más deemisores y un 34,9% más de receptores agresivos respecto del año anterior, llegando a 18.060 emisores y 81.720 receptores detectados. Gracias a este aumento en la efectividad, con menos acciones de control intensivas se evitó el uso indebido de crédito fiscal por $189.400 millones. Respecto del combate contra el crimen organizado, se avanzó en la presentación de acciones judiciales asociadas a la comercialización ilegal de salmón robado y de vehículos robados, así como en la detección de proveedores del comercio informal. Por último, en materia de persecución penal de los delitos tributarios, durante el 2025, el SII presentó 227 querellas, con 677 imputados o querellados (un 8,6% y 3,5% más que en 2024, respectivamente), y un perjuicio fiscal total que llegó a $158.000 millones.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Mas de 1,3 millones de contribuyentes presentaron su declaración de renta al SII dentro del primer plazo para obtener la devolución anticipada de excedentes

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Mas de 1,3 millones de contribuyentes presentaron su declaración de renta al SII dentro del primer plazo para obtener la devolución anticipada de excedentes\nSantiago, 9 de Abril de 2026\nRecibirán depósito en cuenta bancaria, si corresponde, el 29 de abril:\nMas de 1,3 millones de contribuyentes presentaron su declaración de renta al SII dentro del primer plazo para obtener la devolución anticipada de excedentes\n ·         Cifra representa el 26,7% del total de declaraciones que se espera recibir en el proceso de este año.\n Un total de 1.366.253 declaraciones recibió el Servicio de Impuestos Internos dentro del primer plazo establecido para obtener la devolución anticipada de excedentes de la Operación Renta 2026, que venció este 8 de abril. Los contribuyentes que declararon en este período y que hayan solicitado el depósito en cuenta bancaria, recibirán la devolución de impuestos, si corresponde, el 29 de este mes.La cifra de declaraciones recibidas en este periodo representa un 26,7% del total esperado para el proceso de este año.En tanto, el monto de devoluciones solicitadas dentro de este primer plazo llegó a $493.320.659.759.Para este año se espera que declaren el Impuesto a la Renta 5.100.000 contribuyentes, de los cuales 4.100.000 contarán con una propuesta de declaración elaborada por el SII.La Subdirectora de Fiscalización, Carolina Saravia, recordó que la Operación Renta continúa de acuerdo a los plazos establecidos y reiteró el llamado a los contribuyentes a “revisar la información contenida en la propuesta que hemos elaborado para que, en el caso de detectar alguna diferencia, puedan complementar la información o contactar a sus agentes retenedores para que corrijan la información y recibir su devolución sin problemas”.Para acompañar en este proceso de Declaración a los contribuyentes, el SII está reforzando sus canales de atención, poniendo a disposición de los contribuyentes más de 115 puntos de atención presencial a lo largo del país mediante convenios con instituciones educativas, los que se suman a la atención que se entrega en las 71 oficinas del Servicio.Los plazos de Declaración de Renta son los siguientes: DECLARACIONES CON DEVOLUCIÓN FECHA PRESENTACIÓN FECHA DE DEVOLUCIÓN SEGÚN MEDIO DE PAGO Desde – Hasta Depósito Emisión de cheque1 9 al 23 de abril 15 de mayo 29 de mayo 24 de abril al 8 de mayo 27 de mayo 1. Si el monto de la devolución es superior a $3 millones, el cheque se enviará al domicilio del contribuyente. Si es inferior a $3 millones, el cheque quedará disponible para pago en las cajas de BancoEstado. DECLARACIONES CON PAGO FECHA PRESENTACIÓN 8 al 30 de abril  Para conocer los principales contenidos y novedades de este proceso, ingresa aquí.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII amplía el plazo para 900 mil contribuyentes que mantienen cuotas pendientes del Préstamo Solidario a fin de que puedan resolver su situación hasta el 30 de noviembre

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII amplía el plazo para 900 mil contribuyentes que mantienen cuotas pendientes del Préstamo Solidario a fin de que puedan resolver su situación hasta el 30 de noviembre\nSantiago, 20 de Agosto de 2026\nSII amplía el plazo para 900 mil contribuyentes que mantienen cuotas pendientes del Préstamo Solidario a fin de que puedan resolver su situación hasta el 30 de noviembre\nLa medida busca facilitar el pago de esta deuda por parte de los contribuyentes que originalmente debían declarar hasta el 30 de agosto.\nAdemás, a partir del 14 de septiembre a través de SII.cl se podrá declarar sin pagar en línea y generar el comprobante de deuda que permitirá pagar posteriormente o acogerse a un convenio en TGR.\n Con el objetivo de entregar mayores facilidades para que las personas que mantengan alguna deuda pendiente asociada a los Préstamos Solidarios de los años 2020 y 2021 puedan solucionar su situación y pagar la deuda correspondiente, el Servicio de Impuestos Internos informó hoy su decisión de ampliar el plazo para que 900 mil contribuyentes de menores ingresos puedan presentar las declaraciones de renta faltantes y, de esta forma, regularizar su situación. Así, los contribuyentes que podrán beneficiarse con esta ampliación de plazo (originalmente hasta el 30 de agosto), recibirán la información mediante un correo electrónico que será enviada por el SII.  De esta forma, las personas que se encuentren en esta situación podrán cumplir con esta obligación a través de internet, ingresando al sitio web del Servicio de Impuestos Internos opción: Servicios online > Declaración de renta > Declarar Renta (F22) > Seleccionar año tributario > revisar su propuesta de Formulario F22 > Realizar el pago por internet.“Declaración sin pago”En paralelo, a partir del 14 de septiembre de 2026, se habilitará en nuestro sitio web, la opción para declarar sin pagar en línea y generar el comprobante de deuda que le permita pagar posteriormente o acogerse a un convenio en TGR, para que los contribuyentes no deban asistir a las oficinas del Servicio.A quienes se encuentran en esta situación, los invitamos a visitar el portal de reintegro del Préstamo Solidario, donde podrá revisar su deuda, revisar ejemplos y encontrar orientación respecto de cómo pagar las cuotas del Préstamos pendientes, a través de internet.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

    #contabilidad #chile #tributacion #pyme #contalibre

  • SII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas\nSantiago, 3 de Junio de 2026\nSII emite Resolución para que plataformas extranjeras de apuestas en línea paguen IVA Digital por operaciones realizadas\nLa medida busca controlar el cumplimiento tributario en materia de IVA respecto de servicios digitales prestados desde el exterior a usuarios en Chile, habilitando un registro para su inscripción, declaración y pago del impuesto correspondiente.\n El Servicio de Impuestos Internos emitió una resolución mediante la cual establece el sistema de inscripción y fija un mecanismo para que las plataformas sin domicilio ni residencia en Chile que prestan servicios de apuestas, juegos de azar, casinos y análogos o conexos, en línea o a través de plataformas digitales, paguen los impuestos correspondientes por las operaciones realizadas en nuestro país, cumpliendo  desde el punto de vista tributario con sus obligaciones, ya que se trata de actividades gravadas con el IVA.  Específicamente, la Resolución 69, del 2 de junio del 2026, establece que estos prestadores podrán inscribirse en el sistema habilitado por el Servicio, debiendo sujetarse a las normas e instrucciones vigentes sobre inscripción, registro, declaración y pago del impuesto aplicables a los contribuyentes extranjeros que prestan servicios digitales gravados con IVA. De esta forma, la resolución permite fortalecer la equidad tributaria, asegurando que cuando se realizan operaciones en nuestro país de servicios digitales desde el extranjero a personas domiciliadas en Chile, siempre se declare y pague el impuesto respectivo, evitando que se generen espacios sin control y desigualdad respecto de otros contribuyentes que están cumpliendo con el pago correcto y oportuno de sus impuestos. El IVA deberá aplicarse sobre el monto total de contraprestaciones recibidas como remuneración por la prestación de estos servicios, cualquiera sea su naturaleza. Una vez inscritas en el sistema, las plataformas de apuestas online sin domicilio ni residencia en Chile que hayan prestado servicios durante los últimos treinta y seis periodos tributarios deberán pagar el IVA correspondiente adeudado, a través de F129 o formulario IVA Digital. La resolución se refiere exclusivamente al cumplimiento de obligaciones tributarias, ya que las materias vinculadas con la autorización, regulación, fiscalización sectorial o calificación de licitud de estas actividades corresponden a otros organismos competentes, conforme al marco normativo vigente. Dado que las referidas plataformas no autorizadas, en los hechos y como es de público conocimiento, se han mantenido en forma permanente realizando estas operaciones gravadas con IVA, incluso publicitando abiertamente sus operaciones, es deber de este Servicio asegurar que realicen el pago de los impuestos que les corresponden. Para acceder a la Resolución Exenta SII N°69, seleccione aquí

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • Ya se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que contiene medidas tributarias y de apoyo a Adultos Mayores

    ANÁLISIS CONTABLE:
    Ya se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que contiene medidas tributarias y de apoyo a Adultos Mayores\nSantiago, 19 de Octubre de 2026\nYa se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que contiene medidas tributarias y de apoyo a Adultos Mayores\nLa normativa contiene 14 medidas con componentes tributarios, de vigencia transitoria o permanente, con fines recaudatorios o de incentivo a la actividad económica, entre las que destacan el pago de un impuesto Único y Sustitutivo de Impuestos Finales, la rebaja de la tasa del impuesto a las donaciones, repatriación de capitales, la creación de nuevos créditos contra el impuesto de primera categoría, la Invariabilidad Tributaria, la exención de contribuciones para la primera vivienda de los Adultos Mayores de 65 años, la reducción de la tasa de Primera Categoría y la integración total del impuesto corporativo en la tributación final de los propietarios de empresas, entre otras. \nCon el objeto de orientar a los contribuyentes respecto al contenido de las medidas y de la forma de acogerse a determinados beneficios, el SII dispuso de un portal donde es posible encontrar un resumen de cada una de ellas, además del calendario de vigencia de las mismas. También difundirá en redes sociales los principales alcances de las medidas en la medida en que entren en vigencia. \n Ya se publicó en el Diario Oficial la Ley para la Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y social que contiene, entre otras, 14 modificaciones tributarias que buscan ir en apoyo del crecimiento económico del país, así como apoyar a las personas Adultas Mayores.Con el objeto de orientar a los contribuyentes respecto de la forma de acogerse a determinados beneficios y medidas, el SII dispuso de un portal donde es posible encontrar un resumen de cada cambio legal,además del calendario de implementación. También difundirá en redes sociales los principales alcances de la ley cuando entren en vigencia.Principales medidas tributarias1. La primera norma tributaria que entra en vigencia junto con la publicación de la ley, es la creación del Impuesto Único y Sustitutivo de Impuestos Finales (IUSIF), que consiste en un mecanismo opcional, con tasa única de 10%, que reemplaza a los impuestos finales (Global Complementario o Adicional) para propietarios de empresas con rentas acumuladas pendientes de tributación en el registro total de Utilidades Tributables  (STUT) y en el registro del Fondo de Utilidades Reinvertidas (FUR) o saldos de retiros en exceso pendientes de imputación.2. El primer día hábil de noviembre entran en vigencia 2 medidas tributarias:a) El Crédito por pago de remuneraciones, beneficio tributario para las empresas destinado a incentivar la contratación y mantención de trabajadores formales, asociados especialmente a la exportación de servicios vinculados con la economía digital. El beneficio es de un 20% si se trata de trabajadores de regiones, y de un 15%, para los trabajadores de la región Metropolitana.b) Modificaciones al Código Tributario. Se faculta al SII a requerir información nominada a todas las entidades de la administración del Estado, y además, se establece la obligación de entregar información a la Dipres respecto de determinados contribuyentes. 3. El primer día hábil de diciembre, entran en vigencia 2 medidas tributariasa)La exención transitoria del IVA a viviendas nuevas, su duración será de un año y consiste en una opción que permite eximir del pago del IVA a la venta de viviendas nuevas, con el fin de contribuir a dinamizar la venta de viviendas nuevas que se mantienen en stock. La norma también considera la devolución del IVA que gravó las ventas de dichos bienes ocurrida entre el 22 de abril de 2026 y la fecha de inicio de vigencia de la norma.b) La rebaja del 50% del impuesto a las donaciones, aplicable por una sola vez, desde diciembre, durante un año, sobre el impuesto a las donaciones respecto de cada donante. El valor de la donación no puede exceder el 50% del total del patrimonio del donante y se accederá a este beneficio a través de la presentación del formulario 4412. 4. El 1 de enero de 2027, entran en vigencia 7 medidas tributarias contenidas en la ley:a) Repatriación de Capitales. También es una medida transitoria, con duración de un año, que establece un mecanismo extraordinario que busca incentivar que contribuyentes (personas y empresas) con residencia o domicilio en Chile, que mantienen bienes y/o rentas en el extranjero, que no hayan sido oportunamente declarados o gravados con los impuestos correspondientes en Chile, regularicen su situación tributaria e ingresen esos recursos al país. La norma contempla la posibilidad de aplicar una tasa del 7% para aquellos contribuyentes que ingresen las rentas al país y de un 10% para aquellos que opten por no hacerlo.b) Estatuto de invariabilidad tributaria. mecanismo permanente que busca dar certeza a los inversionistas nacionales y extranjeros, respecto de las obligaciones tributarias que afectarán a un proyecto de inversión durante un periodo determinadoc) Eliminación del impuesto único para ganancias de capital, que consiste en la eliminación del Impuesto Único del 10% que se aplica a las ganancias de capital de determinados instrumentos financieros, tales como las acciones de sociedades anónimas abiertas y las cuotas de fondos mutuos o fondos de inversión acogidos al artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), dejando este tipo de ganancias como Ingresos no Rentad) Exención del impuesto territorial para adultos mayores. Que consiste en una exención que debe ser solicitada por el adulto mayor y que corresponde al 100% del Impuesto Territorial de la vivienda principal de personas naturales de 65 años o más. Esta medida complementa el beneficio del adulto mayor que se entrega en forma automática.e) Régimen especial DFL2. Es una opción aplicable a las rentas provenientes del arrendamiento de viviendas, para todas aquellas que no superen los 90 m2, las cuales pagarán un impuesto único con una tasa del 5%. Además, esta opción es extensible a las viviendas económicas nuevas de hasta 140 m2 que sean adquiridas dentro de los 12 meses siguientes a la publicación de la leyf) Crédito de financiamiento para enfermedades catastróficas.beneficio que permite al empleador financiar tratamientos de enfermedades catastróficas de sus trabajadores o de algunos familiares de este, utilizando esos desembolsos como un crédito contra el Impuesto de Primera Categoría con un tope de 150 UTM por trabajador.g) La modificación del crédito Sence, corresponde a cambios propuestos al sistema de Franquicia Tributaria (Sence), que permite a las empresas descontar de sus impuestos parte de los gastos destinados a capacitación de trabajadores, con una reducción de la franquicia del 1% al 0,7% y otras limitaciones que detalla la ley. 5. Finalmente, el 1 de enero de 2029, entran en vigencia definitiva, dos medidas tributarias:a) Reintegración del sistema tributario,que implica que el impuesto de primera categoría pagado por las empresas sujetas al régimen de la letra A) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) podrá ser utilizado íntegramente como crédito por los dueños, socios o accionistas al momento de determinar su Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional (impuestos finales). Cabe precisar que esta norma contempla una vigencia gradual a partir del año tributario 2028, la cual se materializa a través de la disminución del porcentaje de restitución que contempla la ley.   Año tributario Impuesto a restituir AT2028 30% AT2029 20% AT2030 (integración total) 0%  b) Reducción de la tasa del impuesto de primera categoría. Consiste en una reducción gradual de la tasa general del Impuesto de Primera Categoría para las empresas, desde 27% a 23%, en un lapso de 3 años. También contempla la reducción de PPM para los contribuyentes del régimen general o parcialmente integrado. Al igual que el caso anterior, esta disposición contempla una vigencia gradual a partir del año tributario 2028, la cual se materializa a través de la disminución de la tasa del impuesto de primera categoría. Aplicación de reducción del Impuesto:   Año tributario Impuesto a restituir AT2028 25,5% AT2029 24% AT2030 23%  Para el Director del Servicio de Impuestos Internos, Jorge Trujillo, “la implementación de las medidas tributarias contenidas en la Ley de Reconstrucción son un importante desafío para nuestra institución y se centra en 5 pilares centrales: información y orientación oportuna a los contribuyentes; facilitación y simplificación del acceso a los beneficios tributarios; acompañamiento y asistencia durante la implementación; coordinación interinstitucional y colaboración pública; y monitoreo y mejora continua de la implementación. A partir de ahora y durante los próximos meses el SII dictará un total de 13 Circulares y 17 Resoluciones con instrucciones específicas para asegurar la correcta implementación de las medidas contenidas en la nueva Ley, proceso en el que ha venido desarrollando un trabajo colaborativo con diversos actores del mundo tributario, como la academia, contadores, gremios y consultores, de manera de escuchar sus sugerencias y anticipar contingencias en forma previa a su publicación.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • SII avanza en resolución que transparenta metodologías de valoración de activos

    ANÁLISIS CONTABLE:
    SII avanza en resolución que transparenta metodologías de valoración de activos\nSantiago, 20 de Julio de 2026\nSegún estándares internacionales\nSII avanza en resolución que transparenta metodologías de valoración de activos\nEn la segunda mesa de trabajo, realizada el 10 de julio con cerca de 50 expertos del mundo académico, tributario y legal, el Director del Servicio, Jorge Trujillo, llamó a seguir participando en el proceso, que culminará en octubre con la publicación del documento.\n El Servicio de Impuestos Internos (SII) continúa avanzando en la elaboración de una resolución que busca transparentar las metodologías de valoración que utiliza para determinar valores normales de mercado en sus procesos de cumplimiento cooperativo y fiscalización.La iniciativa forma parte del Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario 2026 y busca entregar a contribuyentes, asesores y demás partes interesadas un marco metodológico basado en estándares internacionalmente reconocidos.El documento recogerá la experiencia del Servicio en valoración de empresas, activos tangibles e intangibles, operaciones entre partes relacionadas y otras materias tributarias relevantes, sistematizando criterios técnicos que ya son aplicados por la institución en el ejercicio de sus facultades de fiscalización.Trabajo colaborativo Para el desarrollo de la propuesta, el SII constituyó una mesa de trabajo integrada por especialistas en valoración, representantes de gremios profesionales, firmas de auditoría, academia y expertos vinculados a estándares internacionales.La primera mesa se realizó en mayo, con participación de universidades, abogados, el Colegio de Abogados, el Colegio de Contadores y las cuatro principales asesoras tributarias del país.La segunda instancia, desarrollada el viernes 10 de julio, convocó a cerca de 50 expertos del mundo tributario, académico y legal, oportunidad en la que el Servicio expuso los resultados de las observaciones recibidas y explicó cuáles fueron incorporadas a la resolución.Durante el encuentro, las autoridades del SII precisaron que la resolución no pretende innovar en materia de valoración, sino sistematizar y transparentar la forma en que el Servicio aplica estándares internacionalmente aceptados, entregando criterios técnicos consistentes para los distintos casos que puedan presentarse. Tampoco busca ser una traducción literal de un estándar internacional, un compendio exhaustivo de metodologías o un documento académico sobre teoría de la valoración. Su objetivo es constituirse en un marco metodológico común para las valoraciones que efectúa el Servicio, aportando consistencia técnica, transparencia y predictibilidad.Para la elaboración de la propuesta, se revisó literatura técnica y profesional de referencia internacional, entre ellas los estándares del International Valuation Standards Council (IVSC), publicaciones de la American Society of Appraisers (ASA), la doctrina de Aswath Damodaran, el Intellectual Property Toolkit del IP Forum de JITSIC/OCDE, además de la experiencia del Servicio en dicha instancia internacional.Certeza tributariaDurante la bienvenida a la segunda mesa, el Director del SII, Jorge Trujillo, destacó el valor del trabajo colaborativo en un escenario donde la exigencia de transparencia y certeza tributaria ha estado presente en la discusión parlamentaria y en los proyectos orientados a fomentar la inversión. Trujillo subrayó que la certeza tributaria permite “avanzar de manera cooperativa, con impuestos previsibles que eviten contingencias o controversias”.Por su parte, la Subdirectora de Fiscalización, Carolina Saravia, valoró la alta convocatoria de la industria y señaló que la “resolución busca servir tanto al Servicio como a los contribuyentes y sus asesores, entregando certeza respecto de sus actuaciones una vez publicado el documento.”Representantes del mundo privado y académico coincidieron en la relevancia de la iniciativa. Desde KPMG Chile, Felipe Flores Quiroz destacó que la “instancia entrega mayor transparencia y certeza a los contribuyentes, además de permitir al Servicio incorporar buenas prácticas del mundo privado y académico.Víctor Fenner, de EY, señaló que la valoración depende en gran medida del juicio profesional, por lo que convocar a especialistas aporta certeza jurídica y permite incorporar las inquietudes del mercado en las decisiones del Servicio.Juan Alberto Pizarro, del Colegio de Contadores de Chile, relevó la aplicación práctica de la materia en precios de transferencia, impuesto a las donaciones, enajenaciones y reorganizaciones, y su aporte para reducir controversias fiscales.Mariana Lisperguer, del comité latinoamericano del IVSC, afirmó que la resolución será bien recibida por el mercado de capitales al entregar mayor transparencia a los procesos de valorización y a las transacciones asociadas.Finalmente, Víctor Villalón, académico de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, valoró que el Servicio promueva este tipo de encuentros, señalando que permiten conocer con claridad los criterios que aplicarán los equipos de fiscalización.El proceso de participación continúa abierto y se espera que culmine en octubre de este año con la publicación de la resolución definitiva.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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  • En forma anticipada al inicio de la Operación Renta del mes de abril, SII publica por primera vez información relevante sobre validaciones y observaciones para intermediarios y empresas

    ANÁLISIS CONTABLE:
    En forma anticipada al inicio de la Operación Renta del mes de abril, SII publica por primera vez información relevante sobre validaciones y observaciones para intermediarios y empresas \nSantiago, 16 de Marzo de 2026\nDisponible desde el viernes 13 de marzo en el sitio web del Servicio:\nEn forma anticipada al inicio de la Operación Renta del mes de abril, SII publica por primera vez información relevante sobre validaciones y observaciones para intermediarios y empresas \nEl objetivo central es que estos segmentos cuenten de manera oportuna con toda la información y orientación que requieren para enfrentar el proceso de Declaración de Renta sin dificultades. \nEl contenido incluye por primera vez información detallada respecto de las validaciones más relevantes que el SII aplica durante la etapa de presentación de las Declaraciones Juradas de Renta, así como durante la presentación del Formulario 22.\nDe manera inédita, estamos entregando a las empresas propuestas de códigos que constituyen una importante base y ayuda para sus declaraciones de Renta. \nCon el objeto de resolver con tiempo las diferentes dudas que puedan tener los profesionales tributarios y las empresas respecto de la Operación Renta 2026 y, de esta forma, contribuir a que el proceso se desarrolle sin mayores dificultades, el Servicio de Impuestos Internos publicó por primera vez la información más relevante que estos sectores deben conocerpara cumplir con este proceso correctamente relacionada con las observaciones y validaciones que aplica la institución. En este marco, el Servicio ofrecerá por primera vez una propuesta de montos para determinados códigos del Formulario 22 a las empresas, en base a información tributaria efectiva que el SII ya posee sobre su situación tributaria. Hasta el año pasado, solo advertían inconsistencias en la Declaración, sin mostrar las cifras concretas. Esta propuesta permitirá desde este año mostrar los montos sugeridos en determinados códigos del F22. También levantará alertas de modificación, mediante las validaciones “K”, cuando el usuario cambie un monto propuesto por el Servicio en base a las distintas fuentes de información disponibles, mostrándole la diferencia generada. El contribuyente podrá continuar con su declaración, confirmando el monto editado (lo que podría generar una observación) o bien, utilizar la propuesta ofrecida por el Servicio. En el caso de las validaciones “J”, se activarán cuando el contribuyente intente modificar códigos relacionados a deducciones al impuesto (como PPM., retenciones o créditos, entre otros). En este caso, no podrá continuar con la declaración y deberá previamente corregir la fuente original de información (por ejemplo, los Formularios 29 o 50 o las Declaraciones Juradas correspondientes), para poder enviar la declaración.   La información publicada para intermediarios y empresas también contiene las validaciones que el Servicio aplica al Formulario 22, destacando las más críticas, especialmente aquellas que comparan la Declaración de Renta con otras fuentes de información y cómo evitar posibles observaciones. También se incluye el aplicativo “información para empresas”, donde intermediarios y empresas podrán visualizar, en un solo lugar, toda la información que el SII maneja sobre sus operaciones comerciales Esta información es necesaria para que puedas realizar tu Declaración de Renta de manera simple y sin errores. Este espacio informativo dispuesto por el SII, contiene además las principales Declaraciones Juradas de Renta que intermediarios y empresas deben presentar, y que son fundamentales para que el Servicio pueda construir las propuestas de Declaración de Renta que ofrece a las personas; las características y obligaciones tributarias por régimen tributario; y las principales observaciones y validaciones que se aplican a las Declaraciones Juradas; además de recomendaciones a considerar antes, durante y después de presentar dichos formularios. También está disponible el calendario e instrucciones de presentación de estas declaraciones juradas, y el acceso al Escritorio Contable, aplicativo que le permite a los intermediarios revisar la situación de sus clientes en un solo lugar, optimizando así su tiempo y haciendo más fluido el proceso de presentación de las declaraciones juradas, así como de las Declaraciones de Renta. Para preparar esta Operación Renta 2026, el Servicio ha sostenido desde 2025 e inicios de 2026, distintas reuniones con representantes de los principales colegios de contadores, y con más de 800 generadores de contenidos tributarios para redes sociales, con el propósito de poder resolver con tiempo las diferentes dudas que puedan tener, para disminuir al máximo posible las observaciones en las declaraciones que el Servicio reciba en este proceso de Renta 2026.  En la medida en que la presentación de las Declaraciones Juradas se desarrolle adecuadamente, estaremos garantizando un proceso de Declaración de Renta sin mayores complicaciones.

    *Este análisis ha sido elaborado basado en la perspectiva experta de Contalibre, estudio de contabilidad y tributación líder en Chile y América Latina.*

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